Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 150

Martes 30 de junio de 2020

Segundo. Suspender el plazo de presentación de solicitudes en vigor.
Tercero. Proceder a la publicación de la modificación en el Boletín Oficial de la provincia, abriendo con dicha publicación el plazo de veinte días previsto en la Base Tercera.
Cuarto. Se considerarán admitidas las solicitudes presentadas a la fecha del inicio del nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
En Mairena del Alcor a 24 de junio de 2020.El Alcalde-Presidente, Juan Manuel López Domínguez.
6W-3390

MONTELLANO
Don Curro Gil Málaga, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que he tenido a bien aprobar mediante Decreto de Alcaldía 529/2020 de fecha 23 de junio de 2020, el padrón municipal correspondientes a la tasa por recogida de basura para el bimestre mayo/junio 2020, estableciendo el periodo de pago en voluntaria previsto en la Ley General Tributaria. Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo del 20% de apremio, intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan.
Se expone al público por plazo de 15 días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, pudiendo los interesados interponer recurso de reposición en el plazo de un mes cuyo cómputo comenzará el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública. Ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Montellano a 23 de junio de 2020.El Alcalde-Presidente, Curro Gil Málaga.
6W-3392

MONTELLANO
Don Curro Gil Málaga, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Montellano de la sesión ordinaria del día 28 de noviembre de 2019, se aprobó inicialmente modificación parcial del Reglamento de Organización y Servicios del Cuerpo de la Policía Local de Montellano publicándose en el Boletín Oficial de la provincia n.º 38 de fecha 15 de febrero de 2020 y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento del 17 de febrero al 1 de abril de 2020 sin que en el plazo de información pública y audiciencia se hayan presentado alegaciones, por lo tanto, de no haberse presentado se considera definitivamente aprobada, sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno y procediéndose por la presente a la publicación del texto integro de las mismas, a los efector de su entrada en vigor, rezando el mismo como sigue:
Modificación:
Sección 5. Felicitaciones y recompensas.
Artículo 78. Concesión de cruz al mérito profesional.
Se concederá a los funcionarios del Cuerpo de la Policía Local de Montellano que en el desempeño de su labor se hayan destacado por el interés, eficacia y profesionalidad o por sus trabajos publicados en materia de investigación y divulgación policial.
Igualmente podrá ser concedida a los miembros de otros Cuerpos de Seguridad, que se hayan distinguido por su colaboración con la Policía Local de esta ciudad.
Medalla al Mérito de la Policía Local de Montellano con distintivo Blanco.
Requisitos exigidos:
Encontrarse en situación administrativa de servicio activo en la fecha de su propuesta.
Ser funcionario de carrera perteneciente a la plantilla del Cuerpo de Policía de Montellano.
Sin necesidad de ajustarse a los requisitos anteriores, al ser merecedor de este merito por su especial colaboración a Criterio del Sr. Jefe de la Policía Local o el Sr. Alcalde.
Haber realizado servicios de carácter destacado, cuya prestación de servicio hubiese Entrañado, notorio riesgo físico y que, habida cuenta de la importancia de los resultados obtenidos, dichos servicios puedan ser considerados como especialmente relevantes.
Modificación del artículo 78. Donde dice Igualmente podrá ser concedida a los miembros de otros cuerpos de seguridad, que se hayan distinguido por su colaboración con la Policía Local de esta ciudad.
Se modifica por: Igualmente podrá ser concedida a los miembros de otros Cuerpos de Seguridad, y otras personas no perteneciendo a ningún cuerpo de Seguridad, que se hayan distinguido por su colaboración con la Policía Local de esta localidad.
Medalla al Merito de la Policía Local de Montellano con distintivo Blanco.
Requisitos exigidos:
Encontrarse en situación administrativa de servicio activo en la fecha de su propuesta.
Ser funcionario de carrera perteneciente a la plantilla del Cuerpo de Policía de Montellano.
Sin necesidad de ajustarse a los requisitos anteriores, al ser merecedor de este merito por su especial colaboración a Criterio del Sr. Jefe de la Policía Local o el Sr. Alcalde.
Haber realizado servicios de carácter destacado, cuya prestación de servicio hubiese Entrañado, notorio riesgo físico y que, habida cuenta de la importancia de los resultados obtenidos, dichos servicios puedan ser considerados como especialmente relevantes.
Donde dice: Medalla al Mérito de la Policía Local de Montellano con distintivo Verde.
Requisitos exigidos:
Encontrarse en situación administrativa de servicio activo en la fecha de su propuesta.
Ser funcionario de carrera perteneciente a la plantilla del Cuerpo de Policía de Montellano.
Haber obtenido tres felicitaciones publicas en acuerdo plenario

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha30/06/2020

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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