Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 23/6/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

4

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 144

Martes 23 de junio de 2020

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgados de lo Social
SEVILLA.JUZGADO NÚM. 6
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 428/2019 Negociado: L
N.I.G.: 4109144420190004525
De: D/D. JOSE GARCIA ALBARRAN
Contra: D/D. SOLUCIONES INTEGRALES DE ANDALUCIA SLU y FONDO DE GARANTIA SALARIAL
EDICTO

D/D DIANA BRU MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 6 DE SEVILLA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 428/2019 a instancia de la parte actora D/D. JOSE
GARCIA ALBARRAN contra SOLUCIONES INTEGRALES DE ANDALUCIA SLU y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Decreto de fecha 11/02/20 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:
- Tener por desistido a D. JOSE GARCIA ALBARRAN de su demanda frente a SOLUCIONES INTEGRALES DE
ANDALUCIA SLU y FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
- Archivarlas actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación.
Art. 188 y 189 de la LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado número abierta en BANCO
SANTANDER, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 SocialRevisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 SocialRevisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación al demandado SOLUCIONES INTEGRALES DE ANDALUCIA SLU y al Administrador Concursal D. ANTONIO DÍAZ DE MERA LOZANO actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 11 de febrero de 2020.La Letrada de la Administración de Justicia, Diana Bru Medina.
4W-1144

SEVILLA.JUZGADO NÚM. 6
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 192/2018 Negociado: K
N.I.G.: 4109144S20170007782
De: D/D. INMACULADA SANCHEZ CABEZA
Abogado: JESUS HERNANDEZ REY
Contra: D/D. CATERING ALJARAFE BRENS SL, ALJARAFE SABOR SL y FOGASA
EDICTO

D/D DIANA BRU MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL
NUMERO 6 DE SEVILLA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 192/2018 a instancia de la parte actora D/D.
INMACULADA SANCHEZ CABEZA contra CATERING ALJARAFE BRENS SL, ALJARAFE SABOR SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 18/12/2018 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA

1º DECLARO EXTINGUIDA en esta fecha la RELACIÓN LABORAL que ligaba a D. Inmaculada Sánchez Cabeza con las empresas Catering Aljarafe Brens, S.L. y Aljarafe Sabor, S.L..
2º CONDENO, solidariamente, a las empresas Catering Aljarafe Brens, S.L. y Aljarafe Sabor, S.L. a que paguen a D.
Inmaculada Sánchez Cabeza, como INDEMNIZACIÓN, la cantidad de 18.139,80 euros.
3º CONDENO, solidariamente, a las empresas Catering Aljarafe Brens, S.L. y Aljarafe Sabor, S.L. a que paguen a D.
Inmaculada Sánchez Cabeza, en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la del presente Auto, la cantidad de 58.429,90 euros.
Esta resolución no es firme, pues contra la misma CABE RECURSO DE REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 23/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha23/06/2020

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones