Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 123

Viernes 29 de mayo de 2020

La Dirección General de Movilidad adoptó igualmente medidas excepcionales y organizativas coincidiendo con los momentos de restricción de movimientos, y de reducción drástica de la movilidad en vehículo privado y transporte público, y con tal objeto de evitar los desplazamientos de la población, y fruto de la prórroga del estado de alarma en su momento, fue dejado sin efecto mediante Decreto de 31 marzo 2020, la obligación que existe en diversos viarios en la ciudad con aparcamiento alterno por quincenas, ya que como consecuencia del cambio de quincena obligaba a las personas usuarias de los mismos a tener que desplazar los vehículos de forma masiva.
Con motivo de la reanudación progresiva de la actividad dentro del proceso de desescalada en toda España, y en particular tras completar dos semanas en la fase 1 y la entrada a partir del 25 de mayo de la ciudad en la fase 2.
Resuelvo Primero. Restablecer la obligación de estacionamiento alterno por quincenas establecida en los viarios de titularidad municipal a partir del día 1 de junio 2020, debiendo estacionar en el lado de la calle correspondiente al periodo que se indica en la señal de tráfico según la quincena que corresponda.
Segundo. Publíquese la presente resolución en la página web, y en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, y dese traslado a la Policía Local, Distritos Municipales, la Agencia Tributaria de Sevilla, Servicio de Proyectos y Obras, al Coordinador General de Gobernación y Fiestas Mayores, Coordinador General de Alcaldía, y Gabinete de Comunicación Municipal, para su difusión.
Lo que se le notifica a los efectos de su conocimiento y se le indica que de conformidad con la DA 3.º del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, los plazos para presentar los recursos correspondientes quedan suspendidos. Una vez pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas, se le indica que contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante órgano competente por el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Sevilla a 26 de mayo de 2020.El Jefe del Servicio Administrativo de Tráfico y Transportes, Diego Gómez García.
8W-2677

SEVILLA
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el día 30 de abril de 2020, se ha servido aprobar propuesta del siguiente tenor literal:
Por acuerdo de Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 31 de octubre de 2019, se designaron los miembros titulares y suplentes del Consejo de Gobierno del Instituto del Taxi en representación de los Grupos Políticos de la Corporación Municipal, los expertos y las organizaciones y asociaciones representativas de los consumidores y usuarios del Municipio de Sevilla, que actuarán en turnos rotatorios anuales. Al respecto, se ha presentado recurso de reposición a dicho acuerdo, por parte de la entidad Asociación de Consumidores en Acción de Sevilla-FACUA, el 15 de enero de 2020.
Habiéndose desarrollado las actuaciones administrativas correspondientes, y concluido el proceso para determinar las entidades representativas de los titulares de licencia en el Municipio de Sevilla, así como de los asalariados o autónomos colaboradores del taxi, según el procedimiento contenido en el acuerdo de Junta de Gobierno precitado y en las normas de aplicación, procede elevar a acuerdo de este Órgano Municipal la designación del resto de representantes.
Al respecto, se ha tenido en cuenta el pronunciamiento del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 14 de Sevilla, Pieza Separada n.º 1.01/2020, en relación con el recurso interpuesto por la Unión Sevillana del Taxi contra el acuerdo de Junta de Gobierno mencionado y en virtud del cual se acuerda no suspender el acto administrativo impugnado. En su virtud, de conformidad con los informes incorporados al expte.: n.º 38/19, y en uso de las facultades conferidas por Resolución de Alcaldía n.º 507 de 19 de junio de 2019, el Teniente de Alcalde, Delegado de Gobernación y Fiestas Mayores, propone la adopción del siguiente acuerdo:
Primero. Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la Asociación de Consumidores en Acción de Sevilla-FACUA, contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, el 31 de octubre de 2019, por el que se determina la composición del Consejo de Gobierno del Instituto del Taxi, por considerar que dicho acuerdo está ajustado a derecho, conforme a la dispuesto en el art. 11.3 c de los Estatutos vigentes del Instituto del Taxi, habiendo optado la Junta de Gobierno, en su acuerdo de 31
de octubre de 2019 por una de las opciones previstas legalmente, esto es, el turno rotatorio anual.
Segundo. Tener por desistida, en el proceso de determinación de las entidades representantes de los titulares de licencia de taxi en el Consejo de Gobierno del Instituto del Taxi, a la Asociación Foro de Taxi Libre, al no haber cumplimentado, en su totalidad, el requerimiento efectuado, quedando sin subsanar las deficiencias detectadas.
Tercero. Inadmitir la solicitud de la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores FESMC-UGT en relación con la representación de los asalariados o autónomos colaboradores del taxi, por haberse presentado fuera de plazo.
Cuarto. Aprobar la cuota de representación y número de vocales de las entidades representantes de los titulares de licencia de taxi, resultante de la aplicación del método de Restos Mayores, aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, el 31 de octubre de 2019, conforme se determina, seguidamente:
Asociación Unión Sevillana del Taxi.
Número de socios: 971.
Cuota de representación q: 2,53.
Número de vocales: 2.
Asociación Hispalense Solidaridad del Taxi.
Número de socios: 312.
Cuota de representación q: 0,81.
Número de vocales: 1.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 29/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha29/05/2020

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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