Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 22/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 117

Viernes 22 de mayo de 2020

3. Experiencia: se acreditará mediante certificación de la Administración donde el solicitante haya prestado servicios en la que conste denominación, área de adscripción, funciones y en su caso, grupo de clasificación, nivel y titulación requerida del puesto desempeñado.
4. Cursos y seminarios que tengan relación directa con la descripción del puesto tipo, actividades y habilidades del puesto solicitado Doc. n.º 4. Se acreditarán mediante certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación. Si se aportan dos o más documentos relacionar como 4.1, 4.2, 4.3, etc.
5. Antigedad reconocida Doc. n.º 4 Se acreditará mediante modelo Anexo I
En el caso de necesitar más hojas en alguno de los apartados, utilice la hoja modelo de ampliación de currículo, numerándola correlativamente e indicando su número en el apartado que haya resultado insuficiente. Con respecto a los méritos que se aleguen en el presente currículum, deberán ser documentalmente acreditados, numerándose los mismos doc n.º 1, 2, 3, 4 o 5, tanto en las hojas anexas al curriculum vitae detalladas de los méritos como en el propio documento acreditativo del mérito, en el orden correspondiente que figura en esta solicitud-curriculum.
En Sevilla a 3 de marzo de 2020.El Secretario General, P.D. El Jefe de Servicio, Francisco Javier Muñoz León.
6W-1779

ALCALÁ DE GUADAÍRA
Extracto del Acuerdo del 11 de mayo de 2020 del Pleno del Ayuntamiento sobre aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas económicas a trabajadores autónomos del municipio dirigidas a paliar efectos económicos producidos por la crisis sanitaria del COVID-19.
BDNS Identif.: 506458.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index Primero.Beneficiarios.
1. Los empresarios trabajadores individuales autónomos que cumplan los siguientes requisitos:
a Que tengan su domicilio fiscal y el establecimiento de la actividad afectada por la suspensión en Alcalá de Guadaíra.
b Que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, manteniendo aquélla, de forma ininterrumpida.
2. Que su actividad empresarial ejercida mediante la apertura al público de locales y establecimientos minoristas haya sido suspendida, según lo dispuesto en el artículo 10 del R.D. 463/2020, modificado por el apartado dos del artículo 1 del R.D. 465/2020, mediante la resolución de reconocimiento provisional del derecho de prestación extraordinaria por cese de actividad por parte de la mutua gestora o cualquier organismo oficial autorizado de la Seguridad Social.
En caso de que el trabajador autónomo no haya solicitado dicha prestación extraordinaria por cese de actividad deberán justificar mediante resolución o certificado del organismo autorizado que acredite dicha situación de suspensión.
3. Que su actividad se encuadre dentro de algunos los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que figuran en anexo III delas bases.
4. Quedan expresamente excluidas de las presentes ayudas los autónomos societarios, en cualquiera de sus formas, de asociaciones, de comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, de las congregaciones e instituciones religiosas, así como de las comunidades de bienes, herencias yacentes y entidades carentes de personalidad jurídica.
Segundo.Objeto.
La subvención tiene como objeto ayudar al mantenimiento de la actividad empresarial de la persona beneficiaria como trabajadora autónoma, de forma que pueda afrontar los gastos estructurales y del negocio durante el cierre para, una vez finalizado el periodo de alarma, reanudar la actividad con la apertura del establecimiento en los plazos establecidos en las bases reguladoras.
Tercero.Bases reguladoras.
Las bases reguladoras fueron aprobadas por el Pleno mediante acuerdo del día 11 de mayo de 2020 y se encuentran publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla n.º 112 de 16 de mayo de 2020.
Cuarto.Cuantía.
El importe de la subvención a conceder se establece en una cantidad fija máxima de 1.000 euros € para cada una de las solicitudes aprobadas. No obstante, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra se reserva el derecho a repartir equitativamente el presupuesto disponible en función del número de solicitudes presentadas, con el fin de atender el mayor número de solicitudes.
Quinto.Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación exigida, será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia B.O.P. de Sevilla.
Sexto.Otros datos.
La solicitud deberá formalizarse utilizando obligatoriamente el modelo de solicitud establecido en las bases, en el anexo I, que estará disponible en la web del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra en https www.alcaladeguadaira.es.
El abono de la ayuda concedida, una vez aprobada, se realizará en un solo pago en el plazo de quince días desde su concesión como pago previo anterior a la justificación, mediante transferencia bancaria y por el importe íntegro de su cuantía.
Una vez finalizado el periodo de alarma y levantada la suspensión, el beneficiario deberá reanudar la actividad con la apertura del establecimiento en un plazo máximo de cuatro meses desde la fecha del levantamiento.
Alcalá de Guadaíra a 19 de mayo de 2020.El Secretario General, José Antonio Bonilla Ruiz.
4W-2569

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 22/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha22/05/2020

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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