Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Sábado 18 de enero de 2020

Número 14

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO

Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental Pago de tasaciones motivados por expedientes de expropiación forzosa.
Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican:
Ayuntamiento de Dos Hermanas. Día 14 de febrero de 2020.
11-SE-4720 Justiprecio del Jurado Autovía del Sur A-4 de Madrid a Cádiz. Duplicación de la N-IV, PP.KK. 558,5 al 566,5.
Tramo: Dos Hermanas-Los Palacios. Término municipal: Dos Hermanas. Provincia de Sevilla.
10:00 horas, finca núm.: 41-190.0024, CIF núm.: B91358986.
Independientemente de la forma de pago que los propietarios elijan deberán presentar nota simple del Registro de la Propiedad de la finca afectada expedida con fecha próxima al pago en caso de intereses de demora y sentencias no es necesario su aportación siempre que se le haya efectuado el pago del principal de dicha finca con anterioridad. En caso de no tener la finca registrada ésta deberá figurar en el catastro a nombre del propietario y deberá aportar Certificado del Registro de la Propiedad indicando que la finca no está registrada, así como cualquier documentación que demuestre la propiedad de la misma.
Los interesados podrán elegir entre solicitar el pago por transferencia bancaria o cobrar mediante cheque bancario:
1. Si el pago se realiza en el lugar en que se les cita, será imprescindible la aportación del D.N.I. ó Pasaporte que le identifique.
Si actúan por representación deberán aportar además: Poder Notarial, ya sea general o especial y fotocopias para su compulsa.
Cuando se trate de personas jurídicas, aportarán D.N.I. del compareciente y documentación acreditativa de la representación con la que actúa y fotocopia de todo ello para su compulsa y unión al expediente.
2. Si solicitan el pago a través de transferencia bancaria, dicha solicitud deberá ser recibida en esta Demarcación de Carreteras antes de la fecha indicada para el pago, siendo en este caso necesario aportar la siguiente documentación:
2.1.Solicitud original de trasferencia firmada por todos los propietarios o en su caso por el representante, Si actúan por representación deberán aportar además: Poder Notarial, ya sea general o especial y fotocopias para su compulsa, siendo conveniente indicar en dicha solicitud un teléfono y/o correo electrónico de contacto. Se adjunta modelo de solicitud.
Cuando se trate de personas jurídicas, aportarán D.N.I. del compareciente y documentación acreditativa de la representación con la que actúa y fotocopia de todo ello para su compulsa y unión al expediente.
2.2. Fotocopia del D.N.I. o pasaporte, de todos los titulares de la finca afectada 2.3.Certificado de la entidad bancaria donde se encuentre la cuenta en la que se va a realizar dicha transferencia, indicando dicha Entidad que existe la cuenta a nombre de los titulares del citado expediente, debiendo constar el código IBAN.
En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento.
Si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.
En caso de fallecimiento de uno de los titulares deberá acreditarse la titularidad por herencia mediante la presentación de copia debidamente compulsada de testamento, declaración de herederos o aceptación de la herencia, así como copia de la presentación a efectos del impuesto de sucesiones.
De no solicitar el pago por transferencia éste se efectuará en el lugar indicado al principio mediante cheque bancario a nombre del titular de la expropiación que entre todos los propietarios así lo decidan y comuniquen en el acto del pago a los representantes de la Administración.
En caso de querer que se divida el importe entre los diversos titulares de la expropiación deberán solicitar el pago por transferencia, debiendo indicar en la solicitud el importe que a cada propietario le corresponde justificadamente, mediante nota simple o cualquier otra documentación acreditativa, así como presentar la documentación requerida para el caso de los pagos por transferencia anteriormente indicado.
De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación requerida.
En Sevilla a 10 de enero de 2020.La habilitada pagadora, María Dolores Rueda Román.
36D-176

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.Sevilla
SALA DE LO SOCIAL
N.I.G.: 4109144S20150011078
Negociado: I
Recurso: Recursos de Suplicación 2615/2018
Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº5 DE SEVILLA
Procedimiento origen: Seguridad Social en materia prestacional 1024/2015
Recurrente: ROSA MARIA ESPINAR RAMOS
Representante: ISABEL MENA MORENO
Recurrido: AGRICOLA ESPINO SLU y SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha18/01/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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