Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 13/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 9

Lunes 13 de enero de 2020

advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.
Y para que sirva de citación a IMESAPI SA para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios.
En Sevilla a 5 de diciembre de 2019.La Letrada de la Administración de Justicia, Isabel María Roca Navarro.
4W-9138

HUELVA.JUZGADO NÚM. 1
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 403/2017 Negociado: CP
N.I.G.: 2104144S20170001582
De: D/D. JOSÉ GARRIDO GÓMEZ
Abogado: LUIS OCAÑA ESCOLAR
Contra: D/D. CONSERJES RSR SLU
Abogado:
EDICTO
D/D MANUELA MONTEMAYOR GARRIDO SANTOS, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 403/2017 a instancia de la parte actora D/D. JOSÉ
GARRIDO GÓMEZ contra CONSERJES RSR SLU sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 27/11/19 cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
ESTIMANDO la demanda interpuesta por DON JOSÉ GARRIDO GÓMEZ frente a CONSERJES RSR, S.L. ; debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la suma de 11.085,57 euros, más el interés por mora, debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por tal declaración, en los términos del art. 33 del ET.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme establecen los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, de la Jurisdicción Social , debiendo de anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo.
También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado social colegiado, o representante ante este juzgado, dentro del indicado plazo. Asimismo, deberá consignar la recurrente como depósito, con la interposición del recurso y con las excepciones previstas en el artículo 229 del texto citado, la suma de 300 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado.
Con la excepción prevista en el artículo 230 del texto mencionado, será indispensable acreditar en el momento del anuncio del recurso, tener consignado en la cuenta anteriormente citada, la cantidad objeto de condena, si bien puede procederse a asegurar la suma por medio de aval bancario, con responsabilidad del avalista.
Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN. La presente sentencia fue leída y publicada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez que la suscribe mediante lectura íntegra en el día de su fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado CONSERJES RSR SLU actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva a 2 de diciembre de 2019.La Letrada de la Administración de Justicia, Manuela Montemayor Garrido Santos.
4W-8948

HUELVA.JUZGADO NÚM. 3
Procedimiento: 657/2018 Ejecución de títulos judiciales 41/2019 Negociado: BJ
N.I.G.: 2104144420180003089
De: D/D. LUCIA MARIA RONCERO CRUZ
Contra: D/D. PELUQUERIA ROSARIO Y URSULA SL
EDICTO
D/D MARIA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 41/2019 a instancia de la parte actora D/D. LUCIA
MARIA RONCERO CRUZ contra PELUQUERIA ROSARIO Y URSULA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO de fecha 03-12-19 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Ilma. DIJO: Procédase a despachar ejecución frente a PELUQUERÍA ROSARIO Y URSULA S.L. y, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada PELUQUERÍA ROSARIO Y URSULA
S.L. en cantidad suficiente a cubrir la suma de 17.168,91 euros en concepto de principal 2.317,01 euros en concepto de indemnización, 14.397,25 euros correspondientes a salarios de tramitación y 454,65 euros acordada en Sentencia más la de 3.450 euros calculadas para intereses y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los TRES DIAS hábiles, siguientes a su notificación, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cta. nº 1932000030004119 abierta a nombre de este Juzgado, en la oficina de Banco Santander Calle Concepción nº 27 de esta

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 13/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha13/01/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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