Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Miércoles 20 de noviembre de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 269

37

Días 21 y 24 de agosto del año 2020.
Lo que se publica para conocimiento general y efectos.
En El Real de la Jara a 4 de noviembre de 2019.El Alcalde-Presidente, José Manuel Trejo Fernández.
34W-8046
LA RINCONADA
Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa:
Hace saber: Que el Pleno de esta Corporación municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de octubre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar inicialmente la Modificación Vigésimo Tercera número 23, de carácter no estructural, del Documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada por iniciativa de la Sociedad Proyectista MLOPEZ Arquitectos, S.L.P., con CIF: B-90425349 y número Col. SP-0188 del COAS, y con domicilio en calle Cultura número 25-B. El equipo redactor del mismo está formado por los Arquitectos don Manuel López Sánchez, Arquitecto número Col. 4754 COAS, don José Carlos Oliva Gómez, Arquitecto número Col. 5278 COAS y don Jorge Rafael Ramos Hernández, Arquitecto número Col. 5831 COAS.
Son varios los objetos de esta modificación, el primero de ellos es adecuar la normativa vigente de las condiciones generales de uso y de ordenación de algunas categorías de suelo urbano, residencial e industrial, y en particular, el de las zonas casco histórico, unifamiliar manzana cerrada, colectiva en manzana cerrada, colectiva en bloque abierto, a las necesidades actuales, ampliando el rango de usos compatibles y por lo tanto susceptibles de autorización en dichas zonas de suelo, de manera que se permitan determinadas actividades terciarias en planta baja de edificios de uso residencial, concretamente apartamentos turísticos, en aquellos casos en los que así esté recogido en este plan, así como las condiciones que deben cumplir la implantación de espacios no vivideros en planta baja en algunas de estas categorías.
Por otro lado, se pretende también flexibilizar las condiciones en las que se posibilita la clase de vivienda plurifamiliar en determinados solares clasificados como unifamiliar manzana cerrada.
Otro de los objetivos que se plantean en el presente documento es establecer la posibilidad de la sustitución o compensación del pago en metálico de las contraprestaciones económicas para la adquisición y ejecución de los sistemas generales, ejecución de los sistemas locales y otros fines propios del patrimonio municipal del suelo establecidas por el PGOU para los suelos urbanizables sectorizados, mediante convenio urbanístico, por otros medios que garanticen el desarrollo o la finalidad para los que se establecen las citadas contraprestaciones.
La presente modificación también busca facilitar la adecuación en materia de accesibilidad de edificios existentes, matizándose la situación en la que se quedan las construcciones edificadas con licencia al amparo de un planeamiento anterior.
Por último, se propone controlar la imagen de ciudad potenciando la implantación de actividades más compatibles y vinculadas con el uso residencial, en parcelas de uso industrial que lindan con un ámbito de suelo residencial, así como controlar las diferencias de alturas de las edificaciones en una misma calle.
Artículos modificados de la normativa del PGOU: El artículo 11.18, 11.51 y 11.52 del Título XI. Condiciones Generales de Edificación y Usos, Capítulo II. Condiciones Generales de los Usos; los artículos 14.2.21, 14.2.40, 14.2.48, 14.2.70, 14.2.84, 14.2.86, 14.2.96, 14.2.103 del Título XIV Condiciones de Ordenación de las Distintas Clases y Zonas de Suelo; el artículo 14.4.10
del Capítulo IV: La Ordenación Pormenorizada del Suelo Urbanizable Ordenado, el artículo 14.5.28 del Capítulo V: La Ordenación Pormenorizada del Suelo Urbanizable Sectorizado y la Disposición Transitoria Primera.
Por lo que se somete el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, en el tablón de edictos municipal y en uno de los diarios de los de mayor circulación de la provincia. Igualmente se publicará en la página web municipal, en la sesión de noticias como medios de difusión complementarios a la información pública a fin de que la población de éste reciba la información que pudiera afectarle. Se publicará igualmente el expediente, en el portal de la transparencia.
En La Rinconada a 21 de octubre de 2019.El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.
8W-7641-P
LA RINCONADA
Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar inicialmente la modificación número 1 del proyecto de reparcelación del SUO API 1.02 Las Ventillas en La Rinconada, redactado por el Arquitecto, don Alberto Ballesteros Rodríguez, colegiado número 3.190 del Colegio de Arquitectos de Sevilla, y el Convenio Urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de La Rinconada, Servicios Inmobiliarios Inmova, S.L., propietario del 97,687% y don Francisco Pérez Donaire propietario del otro 2,313%, para la correspondiente tramitación de los documentos de gestión urbanística.
La aprobación definitiva de este proyecto de reparcelación queda condicionada a la aprobación definitiva de la modificación puntual número 1 Plan Parcial Las Ventillas SUO/API-SUP 1.02, aprobada inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebra el día 17 de septiembre de 2019.
El ámbito de actuación es la superficie que ocupan los terrenos del Plan Parcial Las Ventillas SUO/API-SUP 1.02. El objeto del Convenio Urbanístico consiste en que los dos propietarios, don Francisco Pérez Donaire y la mercantil Servicios Inmobiliarios Inmova 2004, S.L., están dispuestos a asumir conjuntamente la entera actividad de ejecución y en este supuesto la aplicación del sistema de compensación mediante Convenio Urbanístico que se llevará a efecto conforme a la regulación establecida para el supuesto de propietario único, siendo tramitado dicho sistema a través de la parcelación voluntaria. La vigencia del convenio será hasta la recepción de las obras de urbanización.
Lo que se somete el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio del citado trámite en el Boletín Oficial de la provincia, en el tablón de edictos municipal e igualmente se publicará en el portal de la transparencia.
En La Rinconada a 30 de octubre de 2019.El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.
8W-7951-P

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 20/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha20/11/2019

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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