Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Jueves 31 de octubre de 2019

Número 253

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Hacienda, Industria y Energía
Delegación del Gobierno en Sevilla Instalación eléctrica Resolución de esta Delegación Territorial por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de la instalación eléctrica que se cita.
Visto el expediente incoado en esta Delegación Territorial a instancia de la entidad José María Pérez Romero, que presentó solicitud, en fecha 17 de agosto de 2018, completada el 8 de agosto de 2019, de Autorización Administrativa Previa así como de Autorización Administrativa de Construcción de una instalación de distribución de energía eléctrica en el término municipal de La Campana; consistente en línea subterránea/aérea de 0,055//2,012 km de longitud mediante un tipo de conductor RHZ1 18/30 kV/27AL 1/4-ST1A LA-30 con tensión de servicio de 15 kV, que tiene su origen en CTI Haza Noria y final en CT proyectado descrito en proyecto de proyecto de L.S.M.T., línea aérea y CT. intemperie 100 kVA que incluye celdas compactas, en bucle, l/O/P SF6, para ceder a distribuidora de zona. Ubicada en paraje Majalverde y alrededores, según proyecto, La Campana, CP 41429; y un presupuesto de 88.086,64 euros, cuya referencia es Exp.: 280355 y R.A.T: 113896, así como de la posterior Autorización de Transmisión de la instalación a la empresa distribuidora de energía eléctrica de la zona.
Visto el informe emitido por el Departamento de Energía de esta Delegación, correspondiente al proyecto especificado más arriba.
Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la sección I del capítulo II, y el capítulo III del título VII del R.D. 1955/2000
de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y de acuerdo con la resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones de la citada Consejería.
La competencia para resolver este expediente la tiene otorgada esta Consejería en virtud de las siguientes disposiciones:
Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación esta Delegación Territorial resuelve:
Exp: 280355.
R.A.T.: 113896.
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación eléctrica citada, así como la posterior transmisión de la misma a la empresa distribuidora de energía eléctrica de la zona, con las condiciones especiales siguientes:
1.Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que será emitida por ésta Delegación Territorial, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000, art. 20 de R.D. 223/2008 de 15 de febrero y art. 20 de R.D. 337/2014, de 9 de mayo.
2.En lo referente a la transmisión de la instalación a una empresa distribuidora, se establece un plazo de seis meses para la citada transmisión, debiendo presentar el correspondiente convenio o contrato con la empresa distribuidora. Transcurrido el periodo de seis meses sin la presentación del citado documento se producirá la caducidad de la presente autorización en lo que a ello se refiere.
3.Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a ésta Delegación.
4. La presente autorización administrativa de construcción habilita al titular a la construcción de la instalación proyectada.
5.Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.
6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación Territorial.
7.El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, que podrá practicar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre el terreno de la instalación.
8.Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por él.
9.La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr.
Consejero, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla a 13 de agosto de 2019.El Delegado del Gobierno, Ricardo Antonio Sánchez Antúnez.
4F-5994-P

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha31/10/2019

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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