Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Miércoles 16 de octubre de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 2405

La convocatoria respetará los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como los requisitos de eficacia en el cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos, así como los principios establecidos en los Reglamentos que rigen el Fondo Social Europeo Reglamento UE 1304/2013 y las disposiciones comunes a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos de este periodo de programación Reglamento UE 1303/2013 y demás normativa de desarrollo. Asimismo, le será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones LGS, el Reglamento que la desarrolla aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público LCSP y el Reglamento para la concesión de subvenciones por parte de la Diputación de Sevilla, e igualmente respetándose los principios de protección de datos y derechos de las personas contenido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
Prodetur SAU., Sociedad Instrumental de la Corporación, dispone de un Área específica de trabajo centrada en la promoción del autoempleo y el emprendimiento en la provincia de Sevilla, teniendo una amplia experiencia acreditada en la gestión de proyectos financiados por el Fondo Social Europeo en programas operativos anteriores, por lo que cuenta con personal cualificado y experimentado para la gestión y desarrollo de los mismos, lo que se desprende del Informe emitido por los Departamentos Jurídicos y Económicos de la citada Entidad de fecha 1 de febrero de 2019.
El coste efectivo del equipo de trabajo destinado a la ejecución de este Encargo ha sido evaluado en un importe de 81.175,07€, costes suscritos por los Departamentos de Recursos Humanos y Empleo y Formación de Prodetur SAU de fecha 2 de julio de 2019, que servirá de referencia en ausencia de tarifas aprobadas por la Entidad Pública de la que depende el medio propio personificado, conforme a lo dispuesto en el artículo 32.2 a del párrafo tercero de la LCSP.
En este sentido, de acuerdo con los artículos 31.1 y 32.2 de la LCSP y entendiendo que Prodetur SAU, cumple con todos los requisitos para ser considerado medio propio personificado de esta Corporación, de acuerdo al Marco establecido para los encargos de ejecución de proyectos y actividades de la Diputación y Entes Locales de la provincia a los Entes Instrumentales provinciales y de las encomiendas de gestión solicitadas a la Diputación Provincial, aprobado por Resolución de la Presidencia núm. 924/2018, de 5 de marzo, por lo que visto informe de la Intervención de Fondos de fecha 26 de agosto de 2019, vengo a resolver:
Primero.Aprobar el Encargo de las actuaciones que permitan la ejecución del proyecto Proempléate y justificación de la subvención concedida a esta Corporación por Resolución de 11 de junio de 2019 de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local del Ministerio de Política Territorial y Función Pública en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo ayudas EMP-POEJ 2014-2020, al amparo de las disposiciones contenidas en el Reglamento UE núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo Convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la provincia núm. 242 de 6 de octubre de 2018.
Segundo.Objeto del encargo.
La Sociedad Prodetur SAU, medio propio personificado de esta Diputación, realizará las siguientes actuaciones en el encargo de ejecución:
1. Fase de diseño y planificación.
1.1 Elaboración cronograma y Senda Financiera del Proyecto.
En esta fase, Prodetur SAU deberá elaborar un cronograma de actuaciones que permita el correcto desarrollo de la ejecución del Programa y facilite a la Diputación de Sevilla cumplir con el calendario de actuación y la Senda Financiera establecidas en el Documento en el que se establecen las condiciones de la ayuda D.E.C.A., dichos documentos una vez elaborados serán remitidos al Área de Concertación.
1.2 Redacción borrador de las Bases Reguladoras de las subvenciones.
Corresponderá a Prodetur SAU redactar un borrador de las Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones, ajustadas a los requisitos y objetivos del Proyecto aprobado, y cuya finalidad será fomentar la creación de empleo autónomo entre los beneficiarios del Programa.
Redactado el borrador de las citadas Bases, será remitido al Área de Concertación, para su tramitación administrativa y aprobación por Resolución de la Presidencia, así como para la apertura de la Convocatoria de ayudas.
1.3 Comité Permanente de Proempléate a partir de ahora El Comité.
Se designará y notificará por escrito al Área de Concertación, las personas de Prodetur SAU que integrarán el Comité Permanente de Proempléate, cuyas funciones vendrán determinadas por su participación como personal técnico en el desarrollo de la convocatoria de subvenciones, conforme a lo regulado en las Bases de la misma.
2. Fase de ejecución.
2.1 Campaña de Promoción y Difusión del Proyecto para la captación de beneficiarios/as.
Se realizará por Prodetur SAU una campaña de difusión y sensibilización del Proyecto, con objeto de captar a los/as beneficiarios/as, que deberá permanecer activa a lo largo del periodo en que se encuentre abierta la convocatoria de ayudas, la misma se realizará a través de Redes Sociales y cualquier otro medio que permita la correcta información pública, debiendo cumplirse los requisitos de publicidad para la ejecución de proyectos financiados con fondos europeos.
Asimismo, se realizará sesiones informativas en los diferentes Ayuntamientos para la promoción del Proyecto a ejecutar, del que se deberá dejar constancia gráfica y documental.
Todo ello deberá tramitarse al Área de Concertación, para su documentación en el expediente, a fin de acreditar ante futuras inspecciones el cumplimiento de la obligación de publicidad que la financiación Europea conlleva.
2.2 Procedimiento de concesión de ayudas.
Durante el periodo en se mantenga abierta la convocatoria de subvenciones, corresponderá a Prodetur SAU, la realización de las funciones de asesoramiento, información y atención a los solicitantes.
De las solicitudes y documentos presentados por aquellos, se dará copia a Prodetur SAU para la comprobación, por parte de los miembros del Comité, si reúnen los requisitos y elevarán al Área competente informe con propuesta de la ayuda que corresponda, o bien su denegación y la causa de la misma, o la necesidad de requerir cualquier documentación, a fin de que se proceda a tramitarse la resolución de concesión.
En caso de interponerse recurso sobre la misma, deberá el Comité Permanente de Proempléate, a la vista del expediente, emitir informe sobre las alegaciones presentadas al mismo, que sirvan de base a la resolución de aquellas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha16/10/2019

Nro. de páginas74

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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