Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 2/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 229

Miércoles 2 de octubre de 2019

TOMARES
Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: De conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público que, por medio de diferentes Decretos de esta Alcaldía y en atención con lo dispuesto en la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, así como en la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y Notariado sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, se ha resuelto delegar la autorización de los matrimonios civiles siguientes en los Concejales que se citan:
EXP Nº
CONTRAYENTES

CONCEJAL

FECHA

D. Miguel Lagares Rivera 22/2019
D. Nicolás Borreguero Sánchez 16-08-2019
D. Mónica Fernández González D. José Bernardo Cabrera Ramírez 33/2019
D. M. del Carmen Ortiz Laynez 29-08-2019
D. Yamileth Ruiz Villada D. Alberto Lora Sánchez 16/2019
D. Alejandro García Casares 30-08-2019
D. Cristina Bustamante Gutiérrez D. Carlos Román Martínez 38/2019
D. Alejandro García Casares 30-08-2019
D. Beatriz Arreciado Charlo D. José Daniel Mediavilla Ferrer 17/2019
D. Nicolás Borreguero Sánchez 03-09-2019
D. María del Mar Franco García D. Antonio Martín Guisado 03/2019
D. M. del Carmen Ortiz Laynez 04-09-2019
D. M. del Carmen Castilla Barrientos D. Daniel Pérez Bejarano 07/2019
D. M. del Carmen Ortiz Laynez 09-09-2019
D. Antonio Salado Sánchez De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, contra el presente acto/acuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto/acuerdo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias, en el plazo de seis meses, contados desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias, en el plazo de dos meses, contados, igualmente, a partir del siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo.
No obstante, podrá interponerse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Tomares a 13 de septiembre de 2019.El Alcalde-Presidente, José Luis Sanz Ruiz.
8W-6555

VALENCINA DE LA CONCEPCIÓN
acordó:

El Pleno del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción Sevilla, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de agosto de 2019,
En virtud del artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local, el Pleno de la Corporación, con cargo a los Presupuestos anuales de la misma, podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos y otro variable, en función del número de miembros de cada uno de ellos, dentro de los límites que, en su caso, se establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la Corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
Visto el informe de la Intervención municipal, de 8 de agosto de 2019, por todo ello, desde Alcaldía se propone la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.Establecer, al amparo de lo dispuesto en el artículo 73 LRBRL, el siguiente régimen de asignaciones a los Grupos políticos municipales:
Grupo político 10 €/mes.
Segundo.Publicar el presente acuerdo de forma íntegra, en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.
Tercero.Notificar dicho acuerdo a los interesados, y Secretaría e Intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
En Valencina de la Concepción a 19 de septiembre de 2019.El Alcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.
15W-6899

EL VISO DEL ALCOR
Don Gabriel Antonio Santos Bonilla, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que una vez finalizado el plazo para la subsanación de defectos y presentación de reclamaciones contra resolución n.º 697/2019, de 8 de mayo, por la que se aprobó provisionalmente la lista de admitidos y excluidos al proceso selectivo para cubrir en propiedad una plaza de personal funcionario de este Ayuntamiento perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica Media, Grupo A2, denominada Graduado Social, la cual fue publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla número 112, de 17 de mayo de 2019.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 2/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha02/10/2019

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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