Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 24 de julio de 2018

Número 170

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Economía y Conocimiento - Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Ayuntamiento de Lebrija personal laboral al servicio de Ayuntamiento de Lebrija.
Expediente: 41/01/0078/2018.
Fecha: 30 de mayo de 2018.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Victoriano Romero Caro.
Código: 41000352011981.
Visto el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Lebrija, Código 41000352011981, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia en los términos pactados en el art. 2 del texto convencional, finalizando el 31 de diciembre de 2020.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., de acuerdo con el cual los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósitos de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del R.D. 713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 342/2012
de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero. Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Lebrija, Código 41000352011981, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia en los términos pactados en el art. 2 del texto convencional, finalizando el 31 de diciembre de 2020.
Segundo. Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 4 de junio de 2018.El Delegado Territorial, Juan Borrego Romero.
Convenio colectivo para el personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Lebrija para el período 2017-2020
Preámbulo El presente Convenio es fruto del acuerdo de la Mesa General de Negociación constituida al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, sobre regulación de los Órganos de Representación, Determinación de las condiciones de trabajo y Participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y cumpliendo los requisitos de representación y capacidad de firma establecidos por los artículos 87 y 88 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores. Es voluntad de las partes, que dicho acuerdo suponga un compromiso mutuo en la mejora de los servicios públicos municipales, alcanzando los niveles de eficacia y eficiencia necesarios en su gestión, y estableciendo un marco normativo común para el personal laboral y funcionarios.
Las partes negociadoras de este Convenio Colectivo del personal laboral; los Sindicatos suficientemente representativos en el Ayuntamiento de Lebrija, UGT, CSIF y CC.OO, y la Corporación municipal del Ayuntamiento de Lebrija, tras negociar desde los principios de buena fe, mutua lealtad y cooperación, toman conciencia del importante esfuerzo presupuestario que supone para el Ayuntamiento de Lebrija hacer frente a los gastos de personal con porcentajes muy importantes del presupuesto global, por lo cual tienen muy presentes los elevados costes que soporta el Ayuntamiento, así como las necesidades de mejorar en la eficiencia y eficacia de los Servicios Municipales que demandan los ciudadanos, al efecto de una adecuada regulación de las condiciones de trabajo de los empleados municipales que compagine, en la medida de lo posible, el prioritario interés de la mejora del servicio público municipal, con la búsqueda de la optimización de las condiciones del personal municipal que debe prestarlo.
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación para concertar el presente Convenio Colectivo.
Por lo que tras el proceso de negociación llevado a cabo, se han llegado con los representantes de los empleados municipales -miembros de UGT, CSIF y CC.OOa los entendimientos que a continuación se articulan:
Garantizar la igualdad de trato, oportunidades y derechos entre mujeres y hombres empleados del Ayuntamiento de Lebrija En nuestro país, se ha dado un importante paso en la consecución de la igualdad legal entre mujeres y hombres, y si bien es importante reconocerlo, también lo es el hacer visible que aún queda mucho camino por recorrer para que la igualdad de trato sea una realidad.
La sociedad en la que estamos tiende a tratar a mujeres y hombres de forma desigual, según los principios tradicionales del reparto de tareas que se suponen deben desempeñar unos y otras. Esto se traduce en un reparto desequilibrado de poder, responsabilidad y carga del trabajo, en donde las mujeres contemporáneas desempeñan dobles y triples jornadas de trabajo al tener que añadir al cuidado de la familia y las tareas domésticas, el trabajo remunerado. Y aunque aún, muchos varones no se plantean cambios en este ámbito, son también muchos a los que les gustaría implicarse más en el ámbito del cuidado familiar, o poder optar, sin levantar sospechas, por rebajar la exigencia de tener que seguir siendo el máximo responsable del bienestar económico de la familia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha24/07/2018

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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