Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 7/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 156

Sábado 7 de julio de 2018

En ningún caso podrá presumir el Tribunal la concurrencia de mérito alguno distinto de los alegados y justificados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección, siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante la falta o defecto en la acreditación de los méritos por alegados que impida al Tribunal su valoración en términos de igualdad con respecto al resto de los aspirantes.
La puntuación máxima a obtener mediante los méritos será de 10 puntos.
8. Exposición pública de los resultados de calificación.
Mediante resolución de la Alcaldía y a propuesta del Tribunal, se aprobará la lista con el orden de calificación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo que dará lugar a la bolsa de trabajo. Indicándose las calificaciones correspondientes, en orden de mayor a menor puntuación. Dicha lista se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y página web municipal.
9. Ámbito temporal de la bolsa.
La bolsa de trabajo tendrá una vigencia de dos meses y podrá ser prorrogable por resolución expresa de la Alcaldía.
10. Régimen de funcionamiento de la bolsa.
1. El llamamiento se realizará por correo electrónico o por otro medio que procurando la mayor agilidad se garantice tener constancia de la recepción. Se llamará al primer clasificado y así sucesivamente a los siguientes hasta completar el número de contratos que exija el servicio.
2. La aceptación o rechazo de la oferta deberá producirse en el plazo de dos días hábiles y se realizará también mediante correo electrónico enviado a la dirección que se indicará por el Ayuntamiento, o por otro medio que permita tener constancia de su recepción.
El candidato al que se llame deberá presentar en el plazo máximo de dos días hábiles, los documentos necesarios para proceder a su contratación o los documentos que justifiquen las circunstancias que imposibiliten la contratación o nombramiento o su renuncia a ser contratado. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado tales documentos se procederá automáticamente al llamamiento del siguiente aspirante en la bolsa.
3. La falta de contestación de un candidato será considerada como renuncia a la oferta y pasará a ocupar el último lugar de la lista. En caso de rechazo expreso de la oferta, el candidato pasará también a ocupar el último lugar de la lista, salvo que concurra alguna de las circunstancias previstas en estas bases, en cuyo caso se mantendrá el mismo orden en la bolsa.
4. La persona encargada de estas comunicaciones dejará constancia de las mismas con indicación del procedimiento de llamamiento, día y la hora en que se realicen y resultado. Los interesados deberán facilitar un número de teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico y mantenerlos actualizados durante toda la vigencia de la bolsa, mediante escrito presentado en el Registro de Documentos del Ayuntamiento .
5. No tendrá la consideración de renuncia y se mantendrá el mismo orden en la bolsa, la no aceptación de un contrato en los siguientes casos:
Por enfermedad grave del candidato, maternidad o riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora, que deberá justificarse con el correspondiente certificado médico.
Por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos del candidato; en este caso la justificación deberá de realizarse con un informe médico, acreditación de convivencia con el familiar y dependencia de este.
6. Por otra parte, si en el momento del llamamiento el candidato se encuentra trabajando, deberá acreditarlo, preferentemente con un certificado de vida laboral, pasando a la situación de no disponible. Para poder pasar a la situación de disponible, el interesado deberá acreditar la finalización de relación laboral, una vez se produzca la misma.
7. Cuando un integrante de la bolsa finalice su relación laboral con el Ayuntamiento pasará automáticamente a ocupar la última posición de la lista.
Los aspirantes que resulten definitivamente excluidos y no participen en el proceso selectivo, tendrán derecho a la devolución del importe ingresado, previa solicitud por escrito dirigida al Sr. Alcalde Presidente, presentada en los 15 días siguientes a la publicación de la lista definitiva de admitidos.
12. Régimen de recursos.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo dispuesto en el art. 55.2 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes de Régimen Local.
Contra las presentes bases, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el órgano que dictó el acto, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
El Alcalde, José María Martín Vera.
Anexo 1
Solicitud de admisión a pruebas selectivas para bolsa de Monitores de Natación-Socorristas o Monitores de Voleibol D/D. _______________________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en ___________________, c/ _________________________________________, n.º ___, con DNI n.º _____________, teléfono________________________, dirección de correo electrónico____________________________________________
El abajo firmante, solicita ser admitido en las pruebas selectivas a las que se refiere la presente solicitud.
Monitores de Natación-Socorristas Monitores de Voleibol

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 7/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha07/07/2018

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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