Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 6 de julio de 2018

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 155

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comidas o bebidas ni de los residuos de la actividad, salvo lo indicado anteriormente sobre papeleras y ceniceros y sin perjuicio de lo que se establece en el apartado siguiente.
5. La licencia prevista en esta Ordenanza no autoriza la instalación en la terraza de máquinas expendedoras de productos, frigoríficos o vitrinas para venta de helados o cualquier otra mercancía, cabinas telefónicas o máquinas o instalación de juego o de recreo, tarimas, tablados, tinglados o artefactos o armazones similares para lo que, en su caso, habrá que obtener las concesiones o autorizaciones que en cada caso sean necesarias de conformidad con las normas que regulen esas instalaciones y actividades.
6. Quedan terminantemente prohibidas las actuaciones en directo, así como la instalación de equipos audiovisuales o la emisión de audio o vídeo en los espacios e instalaciones de la terraza, sin autorización municipal previa. En todo caso, dichas autorizaciones serán de carácter ocasional y no permanentes.
En Olivares a 14 de junio de 2018.El Alcalde, Isidoro Ramos García.
2W-4690

SALTERAS
Don Antonio Valverde Macías, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que el Pleno de la Corporación, en su sesión ordinaria celebrada el 31 de mayo de 2018, al tratar el punto quinto del orden del día en votación ordinaria, por la mayoría de once votos a favor, el de los miembros del grupo político PSOE ocho, Grupo Popular dos, y Grupo IU uno y el voto en contra de la Concejal del Grupo Cs, la Sra. Sastre Zalamea, adoptó, Acuerdo, comprensivo de las siguientes disposiciones:
Primera. Aprobar inicialmente el plan municipal de vivienda y suelo de Salteras 2018-2022, corrigiendo la errata advertida en la página 22 del Plan, eliminando cualquier referencia a la empresa Prodesa, S.L., en el punto 6.1 del programa de actuación.
Segunda. Someter el expediente a información pública mediante la inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la provincia por un plazo de treinta días, durante los cuales los interesados podrán presentar reclamaciones y sugerencias.
Simultáneamente recabar alegaciones o sugerencias de los agentes económicos y sociales más representativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como de las asociaciones profesionales, vecinales, de los consumidores y de demandantes de vivienda protegida.
Tercera. Remitir el Plan al órgano competente de la Consejería competente en materia de vivienda para recabar el informe a que se refiere la disposición adicional tercera de la Ley 2/2012, de 30 de enero.
Cuarta. De no producirse alegaciones, o en el caso de que la Consejería competente en materia de vivienda no exigiera en su informe la modificación del Plan, se entenderá elevado automáticamente a definitiva la aprobación hasta entonces provisional, publicándose el Plan en el Boletín Oficial de la provincia para su entrada en vigor.
Quinta. Remitir el plan aprobado a la Consejería competente en materia de vivienda, para su conocimiento y efectos oportunos.
Lo que se hace público para general conocimiento, informando a los interesados que pueden acceder al contenido del plan en el Tablón electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Salteras, en URL: http salteras.sedelectronica.es.
En Salteras a 18 de junio de 2018.El Alcalde-Presidente, Antonio Valverde Macías.
8W-4768

TOMARES
Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que por medio de diferentes Decretos de esta Alcaldía y de conformidad con lo previsto en la Ley 35/1994, de 23
de diciembre, así como en la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y Notariado sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, se ha resuelto delegar la celebración de los matrimonios civiles siguientes en los Concejales que se citan:
Rexp, n.º
Contrayentes
Concejal
Fecha
38/2017

Don Juan Daniel Becerra Carcamo Doña Isabel Carlota Pérez
Doña María Dolores Vallejo Torcelly
11-05-2018

03/2018

Don Manuel Montes Bastida Doña M. Concepción Medina Gordillo
Don Antonio Muñoz Canela
06-06-2018

02/2018

Don Antonio Bellido Romero Doña María de la Luz Martínez Alfaro
Don Nicolás Borreguero Sánchez
07-06-2018

10/2018

Don Gabriel Oliver Chamero Banks Doña Ximena Sartori Mana
Doña M. Rocío García Montañés
14-06-2018

05/2018

Don Manuel Ángel Ramírez Rodríguez Doña Paula Rey Sánchez
Don Alberto M. Mercado de la Higuera
16-06-2018

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, contra el presente acto/acuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto/acuerdo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias, en el plazo de seis meses, contados desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha06/07/2018

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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