Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 11/6/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Lunes 11 de junio de 2018

Número 133

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

Área del Empleado Público Autorizado por 2677/18, de 28 de mayo.
Bases por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo extraordinaria de Especialista de 2. de Detección de Fugas:
El objeto de la presente convocatoria es la selección de personas aspirantes para la constitución de una bolsa de empleo extraordinaria, con el objeto de realizar futuras contrataciones temporales o nombramientos interinos, de la categoría de Especialista de 2. de Deteccción de Fugas, perteneciente al Grupo de II de Clasificación, según las necesidades que pudieran surgir en la Corporación.
1. Requisitos generales:
A Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de la posibilidad de participación de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, con las excepciones establecidas en el art. 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
B Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
C Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
D No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de no Estado, no hallarse inhabilitado/a, o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al Empleo Público.
E Estar en posesión de uno de los siguientes títulos: Título de Enseñanza Secundaria Obligatoria LOE, o Graduado en Educación Secundaria LOGSE, o Graduado Escolar, o Bachiller Elemental o Formación Profesional de Primer Grado.
2. Requisito específico.
Estar en posesión del Permiso de conducir de la clase B/B-1.
3. Solicitudes:
Las personas interesadas deberán solicitar su participación en la convocatoria presentando el modelo de instancia publicado con las presentes Bases, en el Registro General de la Diputación Provincial de Sevilla o en el Registro del Área de Empleado Público, ambos sitos en Avda. Menéndez y Pelayo, 32, de Sevilla, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, indicando que reúne todos y cada uno de los requisitos que figuran en las Bases de la convocatoria.
Igualmente, podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de las formas que determina el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de dicho Organismo antes de ser certificadas.
En todo caso, a la solicitud habrá de adjuntarse la siguiente documentación:
1. Justificante impreso de haber realizado el ingreso de las tasas por derechos de examen en la Entidad Bancaria colaboradora que se indica en el modelo de solicitud.
2. Copia compulsada de la titulación académica correspondiente.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las siguientes personas:
a Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior, teniendo como referencia para el cómputo de dicho mes el día primero del plazo establecido para la participación en la convocatoria de estas pruebas selectivas.
Será requisito para el disfrute para la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
Estas personas, deberán acompañar a la solicitud estos dos documentos:
Certificado emitido por los Servicios Públicos de Empleo sobre su condición de demandante de empleo con los requisitos señalados en la Orden APU/3416/2007, de 14 de Noviembre.
Declaración jurada o promesa escrita de la persona solicitante, de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
c Aspirantes con condición de familia numerosa en los términos del art. 12.1c de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial, y a una bonificación del 50% los miembros de familias de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia compulsada del correspondiente Título o carnet actualizado, que deberá ser adjuntada a la solicitud.
d Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos, como consecuencia de la actividad terrorista, y así lo acrediten mediante Sentencia Judicial firme o en virtud de Resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 11/6/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha11/06/2018

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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