Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/11/1999

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Página núm. 9958

B.O.P.

NÚM. 274

26 de noviembre de 1999

NO DO

D ISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, y comenzará a aplicarse a partir del día primero del año dos mil, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1
de la meritada Ley, el presente Acuerdo provisional, así como la correspondiente Ordenanza fiscal anexa al mismo, se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Municipio durante el plazo de treinta días, con inserción de edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO.- De no formularse reclamaciones contra el presente acuerdo dentro del plazo de exposición al público a que se refiere el apartado anterior, de conformidad con lo establecido en el apartado 3
del mismo artículo 17, quedará elevado a definitivo junto con la Ordenanza provisionalmente aprobada.
Lo que se pone en conocimiento para general conocimiento.
Casariche a 2 de noviembre de 1999.El Alcalde, José Ramón Parrado Cano.
9-N. 14998

CASARICHE
Don José Ramón Parrado Cano, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 20 de octubre del presente año, con el quórum de mayoría absoluta, adoptó el siguiente acuerdo:
EXPEDIENTE AMPLIACIÓN DE CAPITAL SOCIEDAD MUNICIPAL PROCASARICHE: INCOACIÓN.
PRIMERO.- Aprobar la incoación y tramitación de expediente de aportación a la Empresa Municipal Unipersonal Procasariche Sociedad Limitada, para su ampliación de capital social, de los siguientes bienes inmuebles: PARCELAS INDUSTRIALES POLÍGONO INDUSTRIAL
LA ZARZUELA, adjudicadas al Ayuntamiento de Casariche, por título de cesión obligatoria en cumplimiento de lo establecido en el Proyecto de Reparcelación del Plan Parcial nº. 5 "La Zarzuela", tramitado en desarrollo de la Modificación Puntual nº. 2 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Casariche, aprobado por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día dieciocho de Junio de 1.998, con un montante total de 14.641.508 pesetas.
S EGUNDO.- Se someta el presente expediente a información pública por plazo de quince días, mediante la inserción de anuncios en el tablón municipal y en el Boletín Oficial de la provincia, y demás trámites reglamentarios para su consideración y aprobación definitiva por el Pleno.
Lo que se hace público para su general conocimiento y a los efectos oportunos, significando que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaría Municipal.
Casariche a 2 de noviembre de 1999.El Alcalde, José Ramón Parrado Cano.
9-N. 14999

CASARICHE
Don José Ramón Parrado Cano, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de octubre del presente año, con el quórum de mayoría absoluta, adoptó el siguiente acuerdo:
La necesidad de los ingresos que producen las tasas viene plenamente justificada por imperativo legal, para la cobertura como máximo de los gastos derivados de la prestación singularizada a los vecinos de servicios municipales y actividades administrativas que se realizan a petición de parte, así como por la utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes e infraestructuras de uso general.
A esta Memoria se unen las modificaciones que se proponen de las Ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas antes indicadas, que, junto con los preceptivos informes de Secretaría-Intervención que deberán emitirse, se someterán a la consideración del Pleno de la Corporación para la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.- En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15.1, 16 y 17 de la Ley 39/88, reguladora de las Haciendas Locales, se aprueba provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por Expedición de Documentos Administrati-

vos, dando nueva redacción a los artículos afectados en los términos y con el alcance que asimismo se recoge:
Artículo 5º.- Cuota tributaria. 1. La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza del documento o expediente de que se trate, de acuerdo con la tarifa que contiene el apartado siguiente.
2. Las tarifas de esta tasa serán:
Epígrafe 6º LICENCIA APERTURA ESTABLECIMIENTOS
Por la tramitación de cada licencia de establecimiento destinado a desarrollar una actividad no sujeta al Reglamento de Actividades, Molestas, Peligrosas, ni a la Ley 7/1994, de Protección Ambiental de Andalucía: el 75% del importe de la cuota municipal del Impuesto sobre Actividades Económicas de la actividad de que se trate.
Por la tramitación de cada licencia de establecimiento destinado a desarrollar una actividad sujeta al citado Reglamento de Actividades Molestas y Nocivas Peligrosas y la Ley 7/1994, de Protección Ambiental de Andalucía: el 100% del importe de la cuota municipal del Impuesto sobre Actividades Económicas de la actividad de que se trate Disposición Final.- La presente Ordenanza fiscal, que fue aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 29 /
Octubre / 1999, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día 1
de enero del 2000, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el citado art. 17, el presente acuerdo provisional, junto con la nueva redacción de las normas de las Ordenanzas fiscales afectadas, se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, por término de treinta días, insertándose anuncio del mismo en el Boletín Oficial de la provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Tercero.- Que se dé cuenta a este Pleno de las reclamaciones que, en su caso, se formulen, que se resolverán con carácter definitivo, o, en caso de que no se presentaran, este acuerdo provisional se entenderá elevado a definitivo, según lo dispuesto en el apartado 3 del citado art. 17 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedando facultado expresamente el Sr. Alcalde para proclamar aprobadas definitivamente las expresadas Ordenanzas fiscales por resolución.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Casariche a 2 de noviembre de 1999.El Alcalde, José Ramón Parrado Cano.
9-N. 15000

CASARICHE
Don José Ramón Parrado Cano, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de octubre del presente año, con el quórum de mayoría absoluta, adoptó el siguiente acuerdo:
Dentro del cuadro tributario de este municipio se encuentra el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, cuya ordenanza fiscal, tras el establecimiento del impuesto con la entrada en vigor de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 28 de diciembre de 1988, fue modificada por última vez con efectos del año 1992.
Desde entonces a la fecha, se han producido diversas circunstancias de índole técnico-jurídicas como también sociales, que aconsejan la nueva modificación de dicha ordenanza para adecuarlas a las necesidades actuales.
Entre las circunstancias de naturaleza jurídica nos encontramos con la facultad de establecer bonificaciones en la cuota atendiendo a especiales circunstancias apreciadas por la entidad local de que se trate, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 50/1998.
En cuanto a las circunstancias de índole social o económicas, debemos apreciar la necesidad de adoptar medidas de cualquier índole, incluidas las de carácter tributario, que venga a incentivar, de forma directa o indirecta, la creación de empleo.
Atendiendo a lo anterior; es por lo que, a la consideración del Pleno se eleva la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO.- En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15.2
de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 26/11/1999

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha26/11/1999

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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