Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/10/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe Edición del 24 de octubre de 2022

DECRETO N 2163

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 20 OCT 2022
VISTO
El Expediente N 00320-0005375-9 del Registro del S.I.E. relacionado con la actualización de los montos de las retribuciones convenidas para el personal contratado; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo acordado con las entidades sindicales en el ámbito paritario, y mediante la emisión del Decreto N 1913/22, se otorgó una recomposición salarial para aquellos agentes de la planta permanente incluidos en el Escalafón Decreto-Acuerdo N 2695/83 y sus análogos, cuyos alcances no resultaban extensivos a quienes hayan suscripto un contrato de locación de servicios personales con el Poder Ejecutivo;
Que como consecuencia de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 799/22, se incrementó, a partir del 1
de mayo de 2022, el monto mínimo establecido para el canon locativo en concepto de servicios personales, disponiendo que, en ningún caso, el mismo debía resultar inferior a la suma de pesos sesenta mil $ 60.000
para los agentes que desarrollen tareas de índole administrativa, y de pesos sesenta y siete mil quinientos $
67.500 para aquellos que desempeñen tareas para las cuales se requiera poseer una formación profesional;
Que en consonancia con lo expresado en los Considerandos precedentes, se estima oportuno actualizar, a partir del 1 de octubre de 2022, el monto mínimo mensual que como retribución por sus servicios personales percibirán las personas que posean un vínculo contractual con el Gobierno provincial, el que deberá alcanzar la suma de pesos ochenta y cuatro mil $ 84.000 para los agentes que desarrollen tareas de índole administrativa, y de pesos noventa y cuatro mil quinientos $ 94.500 para aquellos que desempeñen tareas para las cuales se requiera poseer una formación profesional;
Que asimismo, se pondera adecuado fijar en el cuarenta por ciento 40%, el porcentaje de incremento que resultará aplicable respecto de aquellos contratos cuyo vencimiento opere a partir del dictado del presente, independientemente M importe fijado en dichos instrumentos para el canon locativo, dejándose sin efecto el porcentaje establecido en el artículo 2 del Decreto N 799/22;
Que, a los efectos de instrumentar los incrementos habilitados conforme los Considerandos anteriores, se deberá aplicar el procedimiento administrativo previsto en el artículo 4 del Decreto N 99/21;
Que las Jurisdicciones elaborarán, mediante pedido de contabilización, las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de las disposiciones del presente Decreto;
Que la presente gestión se encuadra en las facultades que le confiere al Poder Ejecutivo el artículo 72 inciso 1 de la Constitución Provincial como Jefe Superior de la Administración Pública Provincial, no excediendo la autorización de gastos habilitada por la Ley Anual de Presupuesto N 14.075;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/10/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha24/10/2022

Nro. de páginas132

Nro. de ediciones513

Primera edición03/05/2002

Ultima edición18/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2022>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031