Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/8/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Dr. María Silvia Beduino, notifica al Sr. Galvan, Gregorio, DNI N 8.301.992, lo declarado en autos: ELECTRONICA
MEGATONE S.A. c/GALVAN, GREGORIO s/Ejecutivo CUIJ N 21-12626980-0: Rosario, 15106/2022. 1 Ordenar llevar adelante la ejecución contra Gregorio Galván, DNI N 8.301.992, hasta tanto Electrónica Megatone se haga íntegro el cobro de la suma $46.793,52 con los intereses fijados en los considerandos precedentes. 2
Imponer las costas a la parte demandada Art. 251 C.P.C.C.. Insértese, agréguese copia y hágase saber.
Firmado: Dr. María Silvia Beduino Juez, Dra. Ma. Amalia Lantermo Sec.. Dr. Aguzzi, Prosecretario.
$ 35 483087 Ago. 25 Ago. 29


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N 2 de la ciudad de Rosario, Dr.
Eduardo Horacio Arichuluaga, notifica al Sr. Rico, Juan Alonso, DNI N 8.494.981, lo declarado en autos:
ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RICO, JUAN ALONSO s/Ejecutivo CUIJ N 21-12618204-7: Rosario, N 673
Rosario 26/05/2022, Y Vistos Y Considerando Fallo: Ordenar llevar adelante la ejecución contra Juan Alonso Rico, hasta que la parte actora perciba el importe íntegro de pesos cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y seis con setenta y tres centavos $49.246,73.-, con mas los intereses desde la mora y hasta su efectivo pago, según lo establecido en el considerando de la presente. Costas a la demandada. Difiérase la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto se practique la planilla de liquidación correspondiente. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dr. Javier Matías Chena Secretario - Dr. Eduardo H. Arichuluaga Juez.
$ 35 483088 Ago. 25 Ago. 29


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N 1 de la ciudad de Rosario, Dr. Daniel Humberto González, notifica al Sr. Sánchez, Nicolás, DNI N 40.453.812, lo declarado en autos: ELECTRONICA
MEGATONE S.A. c/SANCHEZ, NICOLAS s/Ejecutivo CUIJ N 21-12628229-7: N 563 - Rosario 24/06/2022, Y
Vistos Y Considerando Fallo: 1 Ordeno que se lleve adelante la ejecución contra Nicolás Sánchez hasta tanto la parte actora perciba el importe íntegro del crédito admitido en este pronunciamiento, con mas los intereses fijados, sin perjuicio de la aplicación de dicha tasa de interés en caso de incumplimiento y hasta el momento de su efectivo pago. Impongo las costas de la ejecución respecto de los importes admitidos a cargo de la parte demandada art. 251 C.P.C.C.- 2 Regulo los honorarios de la Dra. Roxanna Knafel, en la suma de $29.322,53.- equivalentes a 2,34 Jus - art 7 inc 2 b y art 32 Ley 6767. Dejo establecido que a partir de que los mismos queden firmes se convertirá esta deuda de valor JUS a pesos. A partir de dicho momento y hasta su efectivo pago se le aplicara un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para las operaciones de descuento de documento cfr. C.S.J.S.F. en autos MUNICIPALIDAD DE SANTA FE
c/BERGAGNA EDGARDO s/RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CUIJ N 21-00508159-6 de fecha 01/08/17 y C.S.J.S.F. en autos PEREYRA MARIO SIMON C/MUNICIPALIDAD DE RAFAELA - RECURSO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCIÓN S/INCIDENTE DE APREMIO POR HONORARIOS regulación de honorarios Expte. N 135/11 de fecha 18/12/18 y el Art. 772 Código Civil y Comercial. 3 Vista a Caja Forense.
Insértese y hágase saber. AUTOS: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/SANCHEZ, NICOLAS s/Demanda Ejecutiva CUIJ: 21-12628229-7 - Firmado: Dra. Elisabet Felippetti Secretaría subrogante - Dr. Daniel Humberto González, Juez. Rosario, 27 de Julio de 2022. Dra. Felipetti, Secretaria Subrogante.
$ 35 483089 Ago. 25 Ago. 29


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N 4 Dr. Ragonese Claudia Alejandra, notifica al Sr. Righi, Ovidio Andrés, D.N.I. N 14.007.113 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A.
c/RIGHI, OVIDIO ANDRES s/Ejecutivo - CUIJ N 21-02896999-3: Rosario, 15 de Octubre de 2021. Puestos los autos a despacho en el día de la fecha, se provee: Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial. Notifíquese por edictos. Firmado: Dr. Ragonese Claudia Alejandra Juez, Dra. Marcela Norma Barro Sec..

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/8/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha25/08/2022

Nro. de páginas101

Nro. de ediciones695

Primera edición03/05/2002

Ultima edición24/05/2024

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