Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 9/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3435

Santa Rosa, 9 de octubre de 2020

Decreto N 2159 -2-IX-20- Art. 1.- Apruébase el modelo de contrato de locación de servicios equiparado a la Categoría 7 -Rama AdministrativaLey N 643- a suscribirse con el señor Ariel Alejandro VICENTE -D.N.I.
N 34.173.400 -Clase 1989-, que como anexo forma parte del presente decreto, de conformidad a lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley N 643.
La contratación aprobada precedentemente, tendrá vigencia entre la fecha del presente decreto y hasta el 31
de diciembre de 2020.
Decreto N 2160 -2-IX-20- Art. 1.- Apruébase la adjudicación a la empresa CEDI CONSULTING S.R.L.
por la provisión de 6 Notebook, de acuerdo a lo normado en el Artículo 8 del Decreto N 521/20 y Artículo 34
Inciso C apartado 1 de la Ley N 3 de Contabilidad, según detalle obrante de Orden de Provisión de Bienes y/o Servicios N 225741, por el monto de su oferta que asciende a la suma de $ 555.594,00.
Decreto N 2370 -10-IX-20- Art. 1.- Apruébase la Licitación Pública N 30/20, tramitada por el Departamento Compras y Suministros y, consecuentemente adjudícase al señor Pablo David PEDERNERA, C.U.I.T. N 20-27212871-6, la contratación de los servicios de limpieza y jardinería en el Colegio Secundario 9 de Julio ubicado en la calle 9 de Julio N 375 de la ciudad de Santa Rosa, en la suma mensual de $ 366.363,09 de Febrero a Diciembre.
Decreto N 2380 -15-IX-20- Art. 1.- Increméntase en la suma de $ 300.000.000 el total erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2020, establecido por el artículo 1 de la Ley N 3211 y sus modificatorias, de acuerdo al Anexo I
del presente Decreto.
Art. 2.- Increméntase en la suma de $ 300.000.000
el total del cálculo de recursos destinados a atender erogaciones a que se refiere el artículo 1, de acuerdo a la distribución que se indica en el Anexo II del presente Decreto, incrementándose en consecuencia el monto estimado por el artículo 2 de la Ley N 3211 y sus modificatorias.
Art. 3.- Comuníquese a la Cámara de Diputados en la forma prevista en el último párrafo del artículo 3 de la Ley N 1388.
Decreto N 2428 -16-IX-20- Art. 1.- Transfiérase $
176.000.000, a favor de los Municipios detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto, cuyos montos en cada caso se consignan.

COD
024-0
153-7
204-8

ANEXO
MUNICIPALIDAD
SANTA ROSA
GENERAL PICO
TOAY

IMPORTE
100.000.000,00
55.000.000,00
10.000.000,00

012-5
041-4

Pág. N 3

MACACHIN
CATRILO
TOTAL

6.000.000,00
5.000.000,00
176.000.000,00

Decreto N 2434 -18-IX-20- Art. 1.- Apruébase la compra directa tramitada bajo Expediente N 10370/20
por la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Salud, y autorizase al señor Ministro de Salud a suscribir las Ordenes de Provisión N 906.501, para la adquisición de tapabocas destinado a cubrir las necesidades derivadas del COVID-19, con encuadre legal en la excepción prevista en el Artículo 34, inciso c subinciso 1 de la Ley Provincial N 3 de Contabilidad modificada por Norma Jurídica de Facto N 930, por imperio de lo establecido por el Artículo N 8 del Decreto N 521/20 y consecuentemente adjudíquese a las firmas:
SERRON S.A.: Ítem 1 por la suma de $ 684.600,00, que serán abonados contra la recepción de conformidad de los bienes dentro de los 30 días corridos.
Decreto N 2436 -18-IX-19- Art. 1.- ESTABLÉCESE
que, previa las pertinentes evaluaciones y debida comunicación al Comité de Crisis Provincial, los comités de crisis de cada localidad podrán limitar o dejar sin efecto en forma total o parcial las medidas dispuestas por el artículo 1 del Decreto N 2265 - habilitación de reuniones familiares y sociales en domicilios particulares - y por el artículo 1 del Decreto N 2432 - habilitación de reuniones sociales en domicilios particulares por el día del estudiante.Art. 2.- El presente Decreto entrará en VIGENCIA a partir de las 00:00 horas del día 19 de septiembre de 2020.
Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.

Decreto N 2437 -21-IX-20- Art. 1.- Apruébase la documentación confeccionada por la Administración Provincial del Agua en el Expediente Administrativo N
6759/20 caratulado MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
ADMINISTRACIÓN
PROVINCIAL DEL AGUA S/ IMPLEMENTACIÓN
DEL PROPAYS EN LA LOCALIDAD DE ARATA; y en consecuencia facúltase al señor Administrador Provincial del Agua para que en nombre y representación de la Provincia de La Pampa, suscriba el proyecto de Convenio que como Anexo forma parte del presente Decreto.
Art. 2.- Contaduría General de la Provincia por intermedio de la Habilitación de Obras y Servicios Públicos, procederá a transferir, con carácter de subsidio, a la Municipalidad de Arata, la suma $ 1.195.326,86 para renovación, ampliación o adecuación de las obras existentes y de acuerdo a lo manifestado en el Convenio mencionado en el Artículo 1 del presente Decreto, encuadrando el procedimiento en lo establecido en la Norma Jurídica de Facto N 835.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 9/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha09/10/2020

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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