Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/8/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 12

Santa Rosa, 7 de agosto de 2020

Res. N 484 -29-VII-20- Art. 1.- Acuérdanse subsidios a favor de las personas que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, por los montos que se consignan en cada caso, comprendidas en el Programa Acompañantes Domiciliarios Personas correspondiente al mes de julio de 2020.Res. N 485 -30-VII-20- Art. 1.- Transfiérase la suma de $100.000,00, a la Municipalidad de Catriló, destinada a solventar parcialmente los gastos del Centro Cumelén.Res. N 486 -30-VII-20- Art. 1.- Otórgase un subsidio a favor del Club Sportivo Independiente de General Pico, con sede en la ciudad de General Pico, Personería Jurídica Nº 168, por la suma de $100.000,00
destinado a solventar gastos de funcionamiento, en el marco del Decreto Nº 999/20.Art. 2º.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social liquidará y pagará la suma mencionada a la entidad citada en el artículo anterior con cargo:
Jurisdicción E - Carácter 0 - Cuenta 0 - U.O.30 - F.y F.
440 - Sección 1 - P.P. 30 - p.p. 06 - p.s.p. 06 - C.L. 00 S.C.L. 000, del Presupuesto vigente.Art. 3º.- Comuníquese a la Institución Club Sportivo Independiente de General Pico, que dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde la recepción del beneficio que se acuerda por el artículo 1º, deberá presentar ante la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social la pertinente rendición documentada de cuentas, justificativa de la inversión del subsidio otorgado, para su elevación al Tribunal de Cuentas de la provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Provincial y 1º inciso d del Decreto Ley Nº 513/69, para su fiscalización.Res. N 487 -30-VII-20- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social transferirá a la Municipalidad de General Pico la suma de $ 714.000,00, correspondiente a la primera cuota del convenio celebrado.Res. N 488 -30-VII-20- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social, liquidará y pagará las sumas indicadas en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, a las personas incorporadas en el Programa Familias de Contención para Adultos Mayores, correspondiente al mes de julio de 2020.-

BOLETÍN OFICIAL N 3426

Ministerio de Desarrollo Social transferirá a la Municipalidad de Alta Italia, la suma de $ 30.000,00, para solventar gastos de adquisición de material deportivo para las distintas actividades que se desarrollan en la localidad.Res. N 493 -3-VIII-20- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social transferirá la suma de $110.000,00, a favor de las Comunas que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según los montos que en cada caso se consignan, destinados a solventar gastos de funcionamiento en el área social.ANEXO
Código
Localidad
172/7

MIGUEL CANE

072/9

LA HUMADA

Importe
TOTAL

$30.000,00
$80.000,00
$110.000,00

Res. N 494 -3-VIII-20- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social transferirá a la Municipalidad de General Pico, la suma de $ 60.000,00, para solventar gastos de elementos deportivos para el Básquet Adaptado que se desarrolla en la ciudad.-

MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE SALUD
Disp. N 327 -12-VI-20- Art. 1.- AUTORIZAR a partir de la fecha de la presente, a la Terapista Física Florencia LOHIDOY D.N.I. Nº 25.033.938 M.P. Nº 2.934, para atender pacientes ambulatorios en el Centro Médico GICC PREVENCIÓN S.R.L., ubicado en calle Marcelo T. de Alvear Nº 154 de esta ciudad, en la modalidad para la que su título la habilita.Disp. N 359 -29-VI-20- Art. 1.- DAR DE BAJA a partir del 22/06/20, el Gabinete de Nutrición ubicado en calle Balcarce Nº 238 de la localidad de Toay.Disp. N 360 -29-VI-20- Art. 1.- DAR DE BAJA a partir del 22/06/20, el Laboratorio de Análisis Clínicos perteneciente a la Licenciada en Bioquímica Elvira Angélica BASUALDO D.N.I. Nº 4.590.843 M.P. Nº 28
ubicado en calle Balcarce Nº 238 de la localidad de Toay.-

Res. N 489 -30-VII-20- Art. 1.- La Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social transferirá a la Municipalidad de Doblas la suma de $ 60.000,00, para solventar gastos de las distintas actividades deportivas que se desarrollan en la localidad.-

Disp. N 362 -29-VI-20- Art. 1.- DAR DE BAJA a partir del 19/06/20, la autorización de la Odontóloga Daiana.Anahí BUELA D.N.I. Nº 35.354.541 M.P. Nº 640 para atender pacientes ambulatorios en el Consultorio Odontológico particular perteneciente a la Odontóloga María Graciela PRIETO, ubicado en calle Belgrano Nº 251 de la localidad de Catriló.-

Res. N 492 -3-VIII-20- Art. 1.- La Habilitación del
Disp. N 363 -29-VI-20- Art. 1.- DAR DE BAJA a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha07/08/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031