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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 3/7/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa
Pág. N 2
Santa Rosa, 3 de julio de 2020
BOLETÍN OFICIAL N 3421
LEY N 3240: APROBANDO EL CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA
NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN LA PROVINCIA DE LA
PAMPA, CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE NACIÓN Y EL MINISTERIO DE SALUD
DE LA PROVINCIA
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de LA CÁMARA DE DIPUTADOS
La Pampa - Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La SANCIONA CON FUERZA DE
Pampa.
LEY
Artículo 1: Apruébase el Convenio Marco para la Implementación del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en la provincia de La Pampa, celebrado entre el Ministerio de Salud de Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia, el día 23
de agosto de 2018 y ratificado mediante Decreto N
4722/19, que forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2: En el marco de lo previsto en la cláusula sexta del Convenio Marco que se ratifica por el artículo anterior, facúltase al Poder Ejecutivo a suscribir acuerdos territoriales, protocolos específicos y/o al dictado de todos los actos administrativos necesarios y pertinentes a los fines de asegurar su ejecución.
Artículo 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
EXPEDIENTE N 6286/20
SANTA ROSA, 19 JUN. 2020
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N 1303/20
Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa Dr.
Mario Rubén KOHAN, Ministro de Salud.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:
19 JUN. 2020
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los cuatro días del mes de junio de dos mil veinte.
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL
DOSCIENTOS CUARENTA 3240.
REGISTRADA BAJO EL N 3240
José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación.
LEY N 3241: APROBANDO EL CONVENIO ESPECÍFICO CELEBRADO, ENTRE LA AGENCIA
NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS ANLAP Y LA PROVINCIA DE LA PAMPA.LA CÁMARA
DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
La Pampa - Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
Artículo 1: Apruébase el Convenio Específico celebrado, el día 16 de septiembre de 2019, entre la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos ANLAP y la provincia de La Pampa, representada por el señor Ministro de la Producción, que tiene por objeto la construcción y puesta en funcionamiento del "Depósito de Medicamentos" en el Laboratorio de Medicamentos La Pampa, ubicado en la ciudad de General Pico. Dicho instrumento fue ratificado mediante el Decreto N 724/19 y forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
EXPEDIENTE N 6283/20
SANTA ROSA, 19JUN. 2020
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los cuatro días del mes de junio de dos mil veinte.
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N 1304/20
Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa Dr.
Mario Rubén KOHAN, Ministro de Salud, C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas, Dr.
Ricardo Horacio MORALEJO, Ministro de la Producción.
REGISTRADA BAJO EL N 3241
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:
19 JUN. 2020
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL
DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO 3241.