Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 8/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 32

Santa Rosa, 8 de marzo de 2019

mismos. De no ser así, la totalidad de los cargos permanecerá a la lista que hubiera obtenido mayor cantidad de votos.
c Si alguna lista no hubiera obtenido la mayoría del inciso anterior, pero si el veinticinco por ciento de los sufragios emitidos, los tres primeros cargos serán ocupados por los candidatos de la lista ganadora, en el orden presentado y los restantes por los de las listas que obtuvieren el porcentaje indicado en este inciso, también en el orden presentado, observándose el mismo procedimiento hasta completar la totalidad de los cargos titulares y suplentes a cubrir.
d En el caso de que más de una lista obtuviera el porcentaje del veinticinco por ciento de los sufragios válidos emitidos sin lograr la mayoría, el porcentaje mayor excluye al menor en la distribución de los cargos que menciona el inciso anterior.
ARTÍCULO 45: En el supuesto de los dos incisos anteriores, habiéndose presentado una sola lista la proclamación será automática.
ARTÍCULO 46: No podrán ser candidatos a cargos públicos electivos los que se encuentren comprendidos en las inhabilidades establecidas en el Art. 38 con excepción del inciso a.
TITULO VI
CAPITULO UNICO
DE LOS LIBROS DEL PARTIDO
ARTÍCULO 47: A fin de asegurar el control de los actos de Gobierno del Partido, la Mesa Directiva, deberá llevar los siguientes libros: inventario, Caja de Actas y Resoluciones.
ARTICULO 48: En el libro del inventario se detallaran todos los bienes que componen el patrimonio del partido y deberá ser actualizado anualmente.
ARTÍCULO 49: En el libro de Caja constara todos los ingresos y egresos que se realicen.
ARTICULO 50: En el libro de actas y resoluciones deberán constar las actas que contengan las deliberaciones de la Mesa Directiva y las resoluciones que emanen de sus organismos.
ARTICULO 51: Los libros que se mencionen en este capítulo serán rubricados y sellados por el Tribunal Electoral.

BOLETÍN OFICIAL N 3252

TITULO VII
CAPITULO UNICO
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTICULO 52: En oportunidad de la primera elección que realice el Partido para elegir sus autoridades partidarias, no serán de aplicación las cláusulas contenidas en esta carta orgánica, que impone exigencias de antigedad a los afiliados para votar o ser elegidos.

CONCURSOS
RESULTADOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
Res. Pres. N 34 -27-II-19.- Art. 1.- Publicar en el Boletín Oficial por una vez, la nómina de los concursantes y puntaje obtenido por los mismos, correspondientes al CONCURSO INTERNO de antecedentes y oposición convocado por Resolución de Presidencia Nº 250/2018, que como Anexo I
forma parte integrante de la presente.ANEXO I
CONCURSO INTERNO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA
CUBRIR UN CARGO CALCULISTA A COMPUTOS Y
PRESUPEUSTOS CLASE XII DE LA CARRERA PERSONAL
TECNICO EN LA DIRECCIÓN PRINCIPAL DE ESTUDIOS Y
PROYECTOS
CALCULISTA A COMPUTO Y PRESUPUESTO

Puntaje
ASPIRANTE: ALIAGA, Federico Oscar.
Antecedentes Evaluables Concurso de Oposición TOTAL

IMPRENTA OFICIAL BOLETÍN OFICIAL

2,55/10
6,90/10
9,45/20

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 8/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha08/03/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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