Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 18/5/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 2736

Santa Rosa, 18 de Mayo de 2007

Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de
Pág. N 1021

la Gobernación.-

LEY Nº 2331: CREANDO CARGOS EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL, LOS
QUE SERÁN DESTINADOS A LA COORDINACIÓN DE POLÍTICA PARA ADULTOS
MAYORES.LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Articulo 1.- Créanse en el ámbito del Ministerio Bienestar Social, 3 tres cargos del escalafón de la Ley N 643: en la categoría 7 Rama Administrativalos que serán destinados a la Coordinación de Política para Adultos Mayores.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a las partidas del presupuesto vigente.Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los tres días del mes de mayo de dos mil siete.Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa; Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

EXPEDIENTE Nº 5530/07.SANTA ROSA, 9 de Mayo de 2007.POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 990/07.Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa.- Sergio Raúl ZILIOTTO, Ministro de Bienestar Social.- C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas.SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 9 DE MAYO DE 2007.Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y
UNO 2.331.Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

LEY Nº 2332: CREANDO CARGOS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNA CASA DE PIEDRA.LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Créanse, en el ámbito de la Comuna Casa de Piedra los siguientes cargos del escalafón de la Ley N 643:
-Trece 13 cargos categoría 16, Rama Servicios Generales, Ley N 643.-Tres 3
cargos categoría 14, Rama Administrativa, Ley N 643.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas específicas del presupuesto vigente.Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los tres días del mes de mayo de dos mil siete.Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa; Dr. Mariano Alberto
FERNÁNDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.EXPEDIENTE Nº 5536/07.SANTA ROSA, 9 de Mayo de 2007.POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 991/07.Ingº. Carlos Alberto Pampa.- Dr. Rodolfo Gobierno, Justicia y Osvaldo FRANCO, Finanzas.-

VERNA, Gobernador de La Mauricio GAZIA, Ministro de Seguridad.- C.P.N. Ernesto Ministro de Hacienda y
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 9 DE MAYO DE 2007.Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y
DOS 2.332.Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 18/5/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaísArgentina

Fecha18/05/2007

Nro. de páginas167

Nro. de ediciones919

Primera edición09/06/2000

Ultima edición30/12/2020

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