Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 22 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 143

LEYES - DECRET OS - RESOLUCIONES
DECRETO Nº 90-G/2023.EXPTE. Nº 0400-4378/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2023.EL GOBERANDOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otorgase Asueto Administrativo y Escolar en todo el territorio de la Provincia de Jujuy los días 22 y 29 de Diciembre de 2023, de conformidad a los motivos expresados en el exordio.ARTICULO 2º.- Instrúyase a los distintos organismos provinciales, para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de servicios esenciales.ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros, Jefe de Gabinete, de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y Educación.ARTICULO 4º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión y gírese al Ministerio de Educación para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos a sus demás efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8209-S/2023.EXPTE. Nº 777-62/2011.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por designado en carácter interino al Dr. Víctor Manuel Valdez, CUIL N 20-11227446-5, quien revestía en el cargo Docente con tres 3 horas cátedras semanales - Nivel Terciario-, en el Instituto Superior "Dr. Guillermo Cleland Paterson", para el dictado de la materia de "Microbiología y Parasitología" del 1er año de la Carrera de Enfermería en la Filial San Pedro de Jujuy durante el periodo comprendido entre el 05 de mayo de 2011 al 29 de febrero de 2012, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atendió con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N 6325, que a continuación se indica:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26-0: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12218-S/2023.EXPTE. Nº 777-62/2011.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rectificase parcialmente el Artículo 2º del Decreto N 8209-S-2023 de fecha 08 de mayo de 2.023, "Donde Dice: atendió Debe decir:
atenderá, ".ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 11607-S/2023.EXPTE. Nº 721-1854/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Salud, a imputar la erogación derivada del Expte. N 721-1854/2019, caratulado: "SOLICITUD DE
RECONOCIMIENTO DEL ADICIONAL POR CIRCUITO CERRADO PARA LA SRA: FLAVIA BETINA ALARCON" cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 "Para el Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de RecursosEjercicio 2.023- Ley N 6325, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha22/12/2023

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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