Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/6/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 28 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 71

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8181-S/2023.EXPTE. Nº 713-1549/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Promuévase a partir del 01 de enero de 2023, a la Sra. Solís, Rufina CUIL Nº 27 -16569154-2, al cargo categoría B5, Agrupamiento Profesional. Escala fón Profesional, Ley N 4413, personal de planta permanente de la Unidad de Organización R6 -01-01- Centro Sanitario, en el marco de lo dispuesto por la Ley N 5502, y su Decreto Reglamentario N 8865 -H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2º.- La erogación emergente del Presente Decreto se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023
La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N 6325, para la Unidad de Organización "R 6-01-01" Centro Sanitario, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesorodenominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley N 5502".ARTÍCULO 3.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párra fo del artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a tuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N 3161/74 modificada por Ley N 5748.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. ARTICULO 5.- Regístrese. Tomen Razón Fiscalía de Estado y el Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para su conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8184-S/2023.EXPTE. Nº 729-308/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Téngase por reconocido el adicional por permanencia en el servicio de guardia del 60 % sobre la categoría de ingreso, a favor del Dr.
Garzón, Carlos Daniel CUIL N 20-28543001-2, cargo categoría B J-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R6 01-17 Hospital "Dr. Jorge Uro" a partir del 30 de mayo del 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr.
Garzón, Carlos Daniel, correspondiente al 60 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 30 de mayo del 2021, a las partida s presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023
La partida de Gastos en Personal, asignada en la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6 -01-17 Hospital "Dr. Jorge Uro". EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial, "03-10-15-01-26-0 para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Publica. ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. ARTÍCULO 4.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Saluda sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8192-E/2023.EXPTE. Nº 1053-722-21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada - del Expediente Administrativo N 1053-722-21, caratulado: "SRA.
ALCIRA SULCA S/PAGO POR SUBROGANCIA EN DIFERENCIA DE ASIGNACION Y CATEGORIA Y ADICIONALES EN EL CARGO DEL
AGENTE", cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26-0 "P/Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N 6325, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8273-ISPTyV/2023.EXPTE. Nº MA-641-105/2004.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/6/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha27/06/2023

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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