Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/3/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 10 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 29

acreditar su cumplimento y exigencias que establece el Art. 27 de la LCQ, bajo apercibimiento de tenerla por desistida Art. 14 inc. 4 y Art. 30 LCQ. 13.Hacer saber al Síndico que resulte designado que deberá emitir un informe mensual sobre la evolución de la empresa unipersonal, si existen fondos líquidos disponibles y el cumplimiento de las normas legales y fiscales Art. 14 inc. 12 LCQ. 14.- Notificar por cédula la presente resolución y las ulteriores por Ministerio de Ley Art. 26 LCQ. Fdo. Dra. MARISA E. RONDON - JUEZ - Ante mi: Esc. SILVIA INES TABBIA - SECRETARIA.- San Salvador de Jujuy, 01 de Diciembre de 2022.-Atento al sorteo efectuado por la Secretaría de Superintendencia, designase como SINDICO TITULAR del presente concurso al CPN JOSÉ DANIEL CONDORÍ, D.N.I. N 26.451.921, quien deberá recibirse del cargo dentro de los CINCO días de notificado por barandilla de Mesa de Entradas de ésta Secretaría N6, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, designase como síndicos suplentes a las CPN Sonia Gladis Leis, D.N.I. N 17.595.121
Primer suplente y a la CPN Gilda Esther Valdiviezo, D.N.I. N 12.006.949 Segunda suplente.- Notifíquese Art. 154 y 156 del C.P.C.- Fdo. Dra. MARISA
E. RONDON - JUEZ - Ante mí: Esc. SILVIA INES TABBIA - SECRETARIA.- San Salvador de Jujuy, 13 de Diciembre de 2022.01/03/06/08/10 MAR. LIQ. Nº 31500 $2.000,00.-

EDICTOS DE MINAS
DR. PABLO GABRIEL READ, Juez Administrativo de Minas, en el Expte. Nº 279-V-2004 ha dispuesto la publicación de la ANOTACIÓN del CATEO en el Registro de Exploraciones sobre una superficie de CUATRO MIL TRESCIENTAS OCHENTA Y DOS HECTÁREAS con CUARENTA AREAS 4.382 ,40
ha., en el Departamento RINCONADA, para exploración de MINERALES de PRIMERA y SEGUNDA CATEGORÍA, a favor de MINA PIRQUITAS SA., CUIT Nº 30-67989306-4, sobre terrenos de titularidad del ESTADO PROVINCIAL, FRANCISCO BASALE, DESSY SILVERIO, FERNANDO MALENCHINI, FRANCISCO BARES, y MINA PIRQUITAS INC. Informes de la Dirección Provincial de Inmuebles fs. 226/232 y 239/244 vta., en terrenos ocupados por la COMUNIDAD ABORIGEN DE COYAHUAIMA Informe de la Secretaria de Pueblos Indígenas, fs. 186, en los qu e no se afecta parcela con trámites individuales para regularización de tierras fiscales rurales Informe de Instituto Jujeño de Colonización, fs.182, conforme ubicación e informe de Registro Gráfico fs. 156 y 210, con las siguientes coordenadas: P.1: X 7495152 Y 3439990, P.2: X 7495152 Y 3448543.36, P.3: X 7494019.05
Y 3448543.36, P.4: X 7494019.05 Y 3443844.4, P.5: X 7494127.48 Y 3443845.75, P.6: X 7494130.5 Y 3443602.92, P.7: X 7494137.94 Y 3443002.97, P.8:
X 7494019.05 Y 3443001.49, P.9: X 7494019.05 Y 3442990, P.10: X 7493079.29 Y 3442990, P.11: X 7493083.74 Y 3442632.67, P.12: X 7493088.72 Y
3442232.7, P.13: X 7492188.77 Y 3442211.48, P.14: X 7492183.81 Y 3442621.47, P.15: X 7492179.88 Y 3442937.57, P.16: X 7491221.65 Y 3442925.64, P.17: X 7490621.7 Y 3442918.18, P.18: X 7490626.68 Y 3442518.21, P.19: X 7489726.74 Y 3442507.01, P.20: X 7489721.77 Y 344290 6.98, P.21: X
7490321.72 Y 3442914.45, P.22: X 7490316.75 Y 3443314.42, P.23: X 7490320.78 Y 3443314.83, P.24: X 7490319.64 Y 3443803.78, P .25: X 7489937.48Y
3443803.25, P.26: X 7489929.19 Y 3444193.51, P.27: X 7489937.76 Y 3444193.63, P.28: X 7489939.19 Y 3446193.8 2, P.29: X 7490344.92 Y 3446200.94, P.30: X 7490344.92 Y 3446794.69, P.31: X 7490095.4 Y 3446513.23, P.32: X 7490132.82 Y 3446480.06, P. 33: X 7489436.28 Y 3445 694.35, P.34: X
7489473.69
Y 3445661.18, P. 35: X 7488976.17 Y 3445099.96, P. 36: X 7488920.05 Y 3445149.71, P.37: X7489417.57 Y 3445710.94, P. 38: X
7489380.16 Y 3445744.1, P.39: X 7490076.69 Y 3446529.81, P.40: X 7490039.28 Y 3446562.98, P.41: X 7490304.62 Y 3446862.3, P.42: X 7490267.21
Y 3446895.47, P.43: X 7490344.92 Y 3446983.13, P.44: X 7490344.92 Y 3447990, P.45: X 7487152 Y 3447990 y P.46: X 7487152 Y 3439990, debiendo los titulares sus herederos o toda persona que se considere con derecho, deducir oposición en el plazo de VEINTE DÍAS 20 días contados desde la última publicación, con los requisitos exigidos por el Art. 8 del C.P.M. y bajo apercibimiento de otorgar el Permiso de Exploración Cateo solicitado. - Publíquese por DOS 2 veces en DIEZ 10 días, en el Boletín Oficial y Diario Local.- San Salvador de Jujuy, 16 de febrero de 2023.01/10 MAR. LIQ. Nº 31461 $2.400,00.-

EDICTOS DE USUCAPION
Dr. Gustavo Alberto ToroVocal Pte. de la Cámara Civil y Comercial - Sala IVVocalía 12 del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D-034024/2020 caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: BENITEZ, ANSELMO y otros c/ ESTADO PROVINCIAL, procede a notificar el siguiente proveído:- San Pedro de Jujuy, 2 de diciembre de 2022. I.- -II.- -III.- Previo a correr traslado de la demanda, cítese como terceros interesados al presente proceso a la MUNICIPALIDAD DE CAIMANCITO, con domicilio en Catamarca 473 y a los colindantes Sres. 1. - Yolanda CASAS, con domicilio en manzana 15, lote 01, calle Mendoza; 2.- sr. Juan Andrade con domicilio en Lote 3, manzana 15, calle Mendoza; 3.-Analía Brepe LOPEZ con domicilio en lote 04, manzana 15, calle Mendoza y a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble en cuestión; para que tomen conocimiento del juicio y si consideran afectados sus derechos soliciten en forma expresa, clara y concluyente y en el plazo de quince 15 días hábiles la participación como demandados, haciéndoles saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos art. 534 Cód. Proc. Civil. IV.- Sin perjuicio de lo precedente, ordénese - con la intervención de juez de paz de la localidad de Caimancito - la colocación en lugar visible del acceso al inmueble, de Cartel Indicativo que deberá expresar las referencias necesarias de la existencia del juicio, cuyas medidas no podrán ser menor a 2,00 m x 1,50 m, debiendo acreditarse su emplazamiento con tomas fotográficas y acta de constatación labrada al efecto art. 536 Cód. Proc. Civil.- V.- Asimismo, y en razón del principio de publicidad dispuesto en el art. 7 del Cód. Proc. Civil, y dispónese la publicación de edictos por tres 3 veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble art.531 2do. párrf. del Cód. Proc. Civil.- Además, y conforme lo dispuesto en el art.535, los edictos deberán ser exhibidos en el local del Juzgado de Paz correspondiente a la ubicación del inmueble, en el Municipio y/o Comisión Municipal, y se trasmitirán mediante radiodifusión local, durante 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva.- VI.- Finalmente, una vez transcurridos quince 15 días hábiles, contados a partir de la última notificación de los individualizados en apdo. III precedente, se correrá traslado de la demanda conforme lo previsto en el art. 537 del Cód. Proc. Civil, proveyéndoseen su caso- , los requisitos establecidos en el art.531 del Cód. Proc. Civil respecto a los propietarios ignorados o indeterminados.- VII.-Notifíquese por cédula.- Firmado: Dr. GUSTAVO ALBERTO TORO.- Vocal Presidente de Trámite.- Ante mi Dra. Romina Y. Alejandra Pérez.- Prosecretaria.- Publíquese por tres 3 veces en cinco 5 días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 22 de diciembre de 2022.08/10/13 MAR. LIQ. Nº 31514-31551 $1.650,00.Dra. María Del Huerto SapagJuez de la Cámara Civil y ComercialSala IIVocalía Nº 6 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-105489/03
caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: LOPEZ VALERIANO, ISAAC; MONZON FLORES, NORAH c/ ARRAYA, PEDRO HOY

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha10/03/2023

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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