Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Abril, 29 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 49

ARTÍCULO 3.- Regístrese. Notifíquese. Torne razón Fiscalía de Estado, y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a Secretaria de la Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5198-G/2022.EXPTE Nº 200-60-2021.c/agr. 300-459/20.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rechazase por Improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. ORTIZ, ALDO RUBÉN, DNI N 25.613.063, con el patrocinio letrado de las Doctoras Sara Rueda y Silvana Lorena Ramos, en contra de la Resolución Nº 82 -FE-2020 Fiscalía de Estado de fecha 05 de junio de 2020, de conformidad a lo expuesto en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Gobierno y Justicia, procédase a notificar la parte dispositiva del presente al recurrente, en el domicilio legal constituido.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado. Publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5230-MS/2022.EXPTE Nº 1414-873/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir del 20 de Julio del 2018, la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTÍA al SARGENTO AYUDANTE ROTONDO ALFREDO LUIS, D.N.I. N 22.874.291, LEGAJO N 13.263, por haber infringido lo dispuesto en el artículo 15
inc. d del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme a las previsiones del artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTÍCULO 2º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1.886/48.ARTICULO 3º.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a la Direcció n Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5232-MS/2022.EXPTE Nº 1414-877/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir del 02 de agosto del 2018, la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al CABO PRIMERO GUANUCO ANIBAL JESÚS LUCIANO, D.N.I. N 28.704.989, Legajo Nº 14.858, por haber infringido lo dispuesto en el artículo 15º inc. d del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme el artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1886/48.ARTICULO 3º.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a la Direcció n Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5233-MS/2022.EXPTE Nº 1414-1519/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispóngase, a partir del 23 de Octubre del 2018, la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTÍA al SARGENTO PEREZ JOSÉ ROGELIO, D.N.I. Nº 28.875.201, Legajo N 13.480, por haber infringido lo dispuesto en el artículo 15 inc. d del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme las previsiones del artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1886/48.ARTICULO 3º.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a la Dir ección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

620

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha29/04/2022

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones