Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/4/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Abril, 11 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 42
Retenciones
ORDEN
Concepto
Tratamiento especial
Alícuota Gral.

Comitente con establecimiento en Jujuy. No se aplica el mínimo de retención
a
Comisionistas, consignatarios, mandatarios, corredores, representantes y/o cualquier tipo de intermediación
Comitente con establecimiento fuera de la Provincia de Jujuy.
No se aplica el mínimo de retención
Alícuota No Inscripto
100% de la alícuota
1%

Comitente con actividad que liquida según artículo 13 del Convenio Multilateral. No se aplica el mínimo de retención Se aplica el mínimo de retención art. 13
del Tít. I

Alícuota Cont de CM

Reducción del 50% de la alícuota
Doble de la Alícuota Gral.

15% de la alícuota Según Padrón General
4,5%

b
Actividad agropecuaria
c
Tarjetas de crédito y servicios de tickets
d
Obras sociales, mutuales y entidades de medicina prepaga
No se aplica el mínimo de retención
1,00%

0,50%

Doble de la Alícuota Gral.

e
Colegios, consejos y asociaciones profesionales, clínicas, sanatorios y demás entidades que efectúen pagos a profesionales
No se aplica el mínimo de retención
1,80%

0,90%

Doble de la Alícuota Gral.

f
Juegos de azar
No se aplica el mínimo de retención
6,00%

3,00%

7%

g
Compañías de seguros
Regulado por la Resolución General 1579-2020.

Pagos a productor de seguros con domicilio en Jujuy por seguros de bienes o personas localizados en Jujuy. No se aplica el mínimo de retención
100% de la alícuota
Pagos a productor de seguros con domicilio en Jujuy por seguros de bienes o personas localizados fuera de la Provincia de Jujuy.
No se aplica el mínimo de retención
20% de la alícuota
Pagos a productor de seguros con domicilio fuera de la Provincia de Jujuy por seguros de bienes o personas localizados en Jujuy.
No se aplica el mínimo de retención
Según Padrón General
Pagos a personas o sociedades con domicilio en la Provincia de Jujuy por retribución de servicios prestados sobre bienes asegurados. No se aplica el mínimo de retención h
Organismos públicos
ORDEN

100% de la alícuota
Según Padrón General
4,5%

Retenciones Concepto
i
Se aplica el mínimo de retención art. 13
del Tít. I

4,5%.
80% de la alícuota
Tratamiento especial
Alícuota Gral.

Alícuota Cont de CM

Alícuota No Inscripto
Entidades financieras
Se aplica el mínimo de retención art. 13
del Tít. I

Según Padrón General
4,5%

j
Producción de espectáculos públicos
No se aplica el mínimo de retención
3,50%

1,75%

4,5%

k
Inmobiliarias
1,00%

0,50%

Doble de la Alícuota
No se aplica el mínimo de retención
387

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha11/04/2022

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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