Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 29 de 2020.-

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Boletín Oficial Nº 90

RESUELVE:
ARTICULO 1: Aplicar al Sr. HORACIO MARCELO SILVA, D.N.I. N 45.765.031 domiciliado en Manzana 23, Lote 6 del Barrio Libertad de la Localidad de San Pedro de Jujuy, conductor del rodado marca Chevrolet, dominio VDA903; al Sr. IGNACIO MARCELINO TOLEDO, D.N.I. N 21.620.944
domiciliado en Avenida Uruguay N 73 del Barrio Santa Rosa de la Localidad de San Pedro de Jujuy, conductor del rodado marca Dodge, dominio XIG145 y al Sr. JOSÉ MELGAR ALCARAZ, con domicilio en Block C B 137 Viviendas Dpto. 1 de la Localidad de San Pedro de Jujuy, propietario y/o poseedor de los rodados antes referidos, una MULTA equivalente a Pesos Treinta y Dos Mil Ciento Cincuenta y Cinco con 00/100CVOS $32.155,00, como responsables del transporte de productos forestales sin guía forestal que los ampare por transgresión a las disposición de la Resolución N 06DPB/2013, Artículo 14, sancionado por el Artículo 20, de conformidad a las constancias de las Actas de Inspección de Bosques N 00001415 y N 00001416 de fecha 15 de noviembre de 2018 con informe complementario y demás motivos expuestos en el considerando.ARTÍCULO 2º: Notifíquese a los Sres. HORACIO MARCELO SILVA, IGNACIO MARCELINO
TOLEDO y JOSÉ MELGAR ALCARAZ de la presente Resolución condenatoria haciéndole saber que el monto dinerario de la sanción impuesta por el Artículo precedente se debe hacer efectivo en la Dirección General de Administración del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Jujuy sito en calle República de Siria Nº 147 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.
ARTÍCULO 3º: El cumplimiento de las disposiciones de este Acto Administrativo deberá hacerse efectivo en el plazo de CINCO 05 DÍAS HABILES contados a partir de su formal notificación, vencido el cual se precederá a hacer efectivo su cobro por la vía de apremio.ARTÍCULO 4º: El incumplimiento a lo dispuesto por el presente Acto impedirá la autorización de la emisión de Guías a favor del infractor, hasta tanto se verifique su efectivo cumplimiento, sin perjuicio de la inclusión de los datos del infractor en el Registro de Infractores Forestales.ARTÍCULO 5º: Se le hace saber que puede interponer los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos N1886.ARTÍCULO 6: La Dirección de Bosques Manejo y Uso de Suelo deberá cumplir con la información que permita identificar al Sr. Paco García, nombrado en las Acta de Inspección de Bosques N
00001415 y N 00001416 y continuar el trámite a su respecto. ARTÍCULO 7º: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaria, notifíquese a los Sres.
HORACIO MARCELO SILVA, IGNACIO MARCELINO TOLEDO y JOSÉ MELGAR ALCARAZ, a la Dirección de Bosques, Manejo y Uso de Suelo y al Área Guías y Multas Forestales. Cumplido.
Archívese. -

solicitada en el capítulo IV, líbrese oficio Ley 22.172, al Banco Central de la República Argentina conforme lo solicita.- III. Fecho y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 118 de la Ley N 5791, líbrese Mandamiento de pago y ejecución en contra de LOS PRIMOS S.R.L.- CUIT N 30-71011820-1, en el domicilio denunciado por la suma de Pesos Dos Millones Quinientos Veintiún Mil Trescientos Veintiséis con Sesenta y Siete centavos $2.521.326.67 en concepto de Capital, con más la suma de Pesos Setecientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Noventa y Ocho $756.398 calculada para responder a ulteriores del Juicio.- IV. En defecto de pago, hágase saber que el Embargo trabado en autos, se convertirá en definitivo, cítesela de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas, previstas en el Art. 118 de la Ley N 5791 si las tuviere, dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- V. Córrasele Traslado del pedido de Intereses y costas, con las copias respectivas por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- VI. Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimará a la demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kms.
del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de seguirse el Juicio en rebeldía y notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley Art. 10 del ídem.- VII Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase a los Sres. Oficiales de Justicia Ad-Hoc: GONZALEZ BRUNO RAMIRO, D.N.I. N
27.493.502, CONTRERAS ALBERTO VICTOR, D.N.I. N 8.338.862, y VIDOVIC EDUARDO
NICOLAS, D.N.I. N 22.747.604, con las facultades inherentes del caso y a quienes se librará el correspondiente Mandamiento.- VIII. Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado.- IX. Atento las facultades conferidas en el primer párrafo del Art. 72, impónese al proponente la carga de confeccionar las diligencias para su posterior control y firma del Juzgado, el deberá presentarse en Secretaría en el término de cinco días.- X. Notifíquese por cédula.Fdo. Dra. Marisa E. Rondon, Juez, Ante Mi, Dra. María G. Sequeiros, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 29 de Julio de 2019.- Atento a lo manifestado en el escrito que antecede, notifíquese del decreto de fs. 26 mediante la Publicación de Edictos en el Boletín Oficial y un Diario de Circulación local a LOS PRIMOS S.R.L. CUIT N 30-71011820-1 tres veces por el término de cinco días, contados a partir de la última publicación, en conformidad con lo dispuesto en el Art. 162 del C.P.C., bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C. Fdo. Dra. Marisa E. Rondon, Juez, Ante Mi, Dra. María G. Sequeiros, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 11 de Mayo de 2020.-

Antonio Horacio Alejo Secretario de Desarrollo Sustentable Ministerio de Ambiente
Policía de la Provincia de Jujuy: AREA SUMARIO-UNIDAD REGIONAL CINCO LA QUIACA, Rfte. EXPTE. Nro. 031/18 Act. Sum. Administrada por infracción Art.15 inc. a,c,d, y z del R.R.D.P. donde resulta s/infractor Sgto. Primero Leg. 14311 DANTE ARIEL SOTAR, Con motivo de labrarse Actuaciones Sumarias Administrativa al tenor del art. 15º inc.: A, C y D del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial registradas bajo Expte. Nº 031/18, en donde resulta infractor Sgto.
Primero Leg. 14.311 DANTE ARIEL SOTAR, Nacido el 21-06-1977 en La Quiaca, Dpto. de Yavi, Prov. De Jujuy, hijo de Padre: PASTOR SOTAR y de LAURA ANTONIO SOLIS, con D.N.I. nro 25.751.197. Hecho Iniciado de prevención y ocurrió el 01-08-2018, y desde el 15 al 18 de Agosto del 2.018, en la ciudad de La Quiaca, con intervención del Sr. Jefe de Policía, por intermedio de la presente y de conformidad al artículo 18º,47º y siguientes del Reglamento de Normas para Sumarios Administrativos, se cita al Sgto 1º DANTE ARIEL SOTAR, a presentarse ante esta preventora sito en Av. Teniente Farías esquina calle Soldado Aguirre del Barrio Alto Comedero, dentro de las cuarenta y ocho horas 48 de su notificación, a efectos de hacerle conocer causa de imputación administrativa y recepcionarsele Declaración Indagatoria por la causa aludida, todo ello de acuerdo a las previsiones de los artículos 47º, 50º y siguientes del R.N.S.A., y conforme Resolución nro. 1.986-DP/17, deberá presentarse con el original y la fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, a los fines sean agregadas en los presentes obrados, haciéndolos saber que estando en todo su derecho y previsto en el capítulo XV y Capitulo XX de R.N.S.A Art. 8 y 112 del Código Procesal Penal de la Provincia de Jujuy, y El Art. 29 inciso 5º apartado 4,6, y 7 e inciso 9º De la Constitución de la Provincia de Jujuy, el citado puede presentarse en esta Área de Sumarios UR-5, juntamente acompañado con el patrocinio de su Letrado y/o defensor oficial fines tramitarse las diligencias del presente emplazamiento, APERCIBIMIENTO: En caso de no concurrir dentro del término establecido en el emplazamiento de 48 horas ante el secretario de actuaciones Oficial Principal RUBEN ALBERTO CONDORI e Instructor Comisario Inspector GUSTAVO C. LAUREANO, sin causa debidamente justificada, se proseguirá con el trámite del Sumario previa DECLARACION DE REBELDIA, de la que se notificará de acuerdo y mediante cédula conforme lo que prevé el artículo 48º del R.N.S.A. Publíquese en el boletín Oficial de la Provincia de Jujuy por tres veces en cinco días. Fdo José C. Laureano, Comisario Inspector.-

LICITACIONES - CONCURSO DE PRECIOS
AGUA POTABLE DE JUJUY S.E.TIPO DE CONTRATACION: LICITACION PUBLICA Nº 06/2020.OBJETO: ADQUISICION DE MATERIALES, CAÑERIAS Y PIEZAS ESPECIALES PARA
OBRAS SANITARIAS EN SAN SALVADOR DE JUJUY.EXPTE N: 622-090/2020.FECHA Y HORA DE APERTURA: 10/08/2020- HS 10:00
VALOR DEL PLIEGO: 20.000 MAS IVA.LUGAR DE APERTURA DE PLIEGOS: Oficina Central Agua Potable de JujuyAlvear 941- San Salvador de Jujuy.CONSULTA DE PLIEGOS: www.aguapotable.jujuy.gob.ar link Licitaciones, o en oficinas de calle Alvear Nº 941 Box Atención al Público, o al mail compras_apsj@aguapotablejujuy.com.ar.COMPRA Y RETIRO DE PLIEGOS: Atención al Cliente en oficinas de calle Alvear Nº 941.24/27/29/31 JUL. 03 AGO. LIQ. N 20979.-

EDICTOS DE USUCAPION

24/27/29 JUL. S/C.-

24/27/29 JUL. S/C
El Dr. Enrique R. Mateo, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Vocalía IV, en el Expte. Nº C-003293/2013, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: GERONIMO INOCNCIA LUISA, Y OTRO c/ ESTADO
PROVINCIAL, se ha dictado el siguiente decreto: A despacho hoy 27 de Abril de 2020 informando a V.S. que los presentes obrados se encontraban en despacho de auxiliares sin decretar, a su vez dejo constancia que el Dr. Ramón Harman se presentó a fs. 97 por la empresa EJESA y que atento a constancias de fs. 103 se encuentra vencido el plazo para manifestar su interés sobre el inmueble e usucapir. A su vez los SRES. SABINO GERONIMO y ELEUTERIO FARFAN y la COMISION
MUNICIPAL DE PUMAHUASI quienes fueron notificados en persona caracterizada atento notificaciones agregadas a fs. 111, 112 y 108 respectivamente, no comparecieron en autos encontrándose vencido el plazo para hacerlo.- San Salvador de Jujuy, 27 de Abril de 2020.- Téngase presente lo informado por la Actuaria.- Atento las constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento efectuado a fs. 80 a los colindantes COMISION MUNICIPAL DE PUMAHUASI, EJESA y a los SRES. SABINO GERONIMO y ELEUTERIO FARFAN, en consecuencia, téngase por no afectados sus derechos sobre el inmueble a usucapir.- Ampliase el tercer párrafo de la providencia de fs. 415 y en consecuencia, dese por decaído el derecho a contestar demanda a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, notifíquese la providencia mencionada y la presente por edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días Ley N 5486, oportunamente y si correspondiere se designará al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en su representación.- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dr. Enrique R. MateoJuezAnte mí: Dra. Marcela Vilte-Secretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 21 de Mayo del año 2019.-

EDICTOS DE CITACION
El Dr. Aldo Hernán Lozano, Agente Fiscal, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 203 del Código Procesal Penal, en la causa Nº P-213826-MPA, carat. BENICIO, ISRAEL ALEJANDRO;
CHUICHUY, DANIEL ALBERTO y Personas a establecer p.s.a. HURTO, PALPALA, procede por la presente a notificar al llamado ISRAEL ALEJANDRO BENICIO que en la causa de mención se ha dictado el siguiente Decreto: San Salvador de Jujuy, 15 de Julio de 2020.- Asimismo, y conforme constancias obrantes de fs. 91 y 93, de donde surge el desconocimiento del domicilio y actual paradero del imputado ISRAEL ALEJANDRO BENICIO, con último lugar de residencia conocido en Mza. 25
lote 03 del Barrio Punta Diamante de esta ciudad, corresponde citarlo por edictos que se publicaran en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, para que se presente a estar a derecho en la presente causa que se tramita por ante esta Fiscalía Especializada en Delitos Menores, sita en calle Urquiza N 462 de esta Ciudad, en el término de cinco 5 días, a partir de la última Publicación que se hará por tres 3
veces en cinco 5 días, en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad a lo establecido por el Art.
203 del Código Procesal Penal, todo ello bajo apercibimiento de solicitar al Sr. Juez de Control que declare su rebeldía y pedido de captura Art. 203 del C.P.P..- Cúmplase.- Fdo.: Aldo Hernán Lozano, Agente FiscalAnte mí: Dr. Guillermo D. Navarro, Secretario.29/31 JUL. 03 AGO. S/C.-

24/27/29 JUL. LIQ. N 20936-20973 $801,00.-

EDICTOS SUCESORIOS
EDICTOS DE NOTIFICACION
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3, Secretaria N 6, de la Provincia de Jujuy en el Expte. C-064637/16, Apremio: ESTADO PROVINCIAL, DIRECCION PROVINCIAL DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY c/ LOS PRIMOS SRL, procede a notificar la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 09 de mayo de 2.016.- 1. Por presentada la Dra. Andrea Szecsi, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación del ESTADO PROVINCIAL y de la DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY, a mérito de la copia juramentada de poder general para juicios que acompaña.- II. De la Medida Precautoria de Embargo,
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
En el Expte. N D-017271/17, caratulado: Sucesorio Ab-Intestato de Don HILARIO CEBALLO, El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8, Secretaría N 15, de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, cita y emplaza por el término de treinta días, a herederos y acreedores de: Don HILARIO
CEBALLO D.N.I. N 10.886.542.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- Ante mí: Dra. Natalia Andrea Soletta-Secretaria.- San Pedro de Jujuy, 02 de Marzo de 2020.29/31 JUL. 03 AGO. LIQ. Nº 20863 $267,00

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha28/07/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1171

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/04/2024

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