Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 23 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 109

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 8882-ISPTyV/2019.EXPTE Nº MA-641-149/2010.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 MAR. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Ratificase la Resolución N 29/2013-1JC de fecha 31 de Julio de,2013, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase por Regularización Posesoria y a título oneroso, al Sr. Francisco Bernardo Sosa, DNI N
11.227.211, el Lote Fiscal Rural N 632, Padrón F-4368 con una superficie de 1 Ha. 0015,88
m2, ubicado en la Localidad de Vinalito, Departamento Santa Bárbara, Provincia de Jujuy, según plano de Mensura de Fracción y División aprobado bajo el N 940114, por la Dirección General de Inmuebles en fecha 21 de Julio de 1994.ARTICULO 2.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Articulo 15
primer apartado del Convenio N 169 de 0.I.T.ARTICULO 3.- Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N 456/97, Artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTICULO 4.- Por Escribanía de Gobierno procédase a tender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de los adjudicatarios.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9427-E/2019.EXPTE. Nº 1050-1086-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto en todos sus términos el Decreto N 7733-E-18 de fecha 9
de octubre de 2018, por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Modificase parcialmente el Artículo 1 del Decreto N 7264-E-18 de fecha 30 de julio de 2018, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1.- Facúltese al Ministerio de Educación para ampliar, como excepción, la subvención de ayuda económica prevista por el Artículo 150 del Decreto N 6000-E-18, al ciento por ciento 100%, puntualmente, para los jardines de Infantes: "Pbro. Francisco Contamin", "Niño Jesús", "Niños de Belén", "Juan XXIII", "Virgen Niña" y "Santa Teresita", desde el 01 de marzo de 2018, de conformidad a lo expresado en el exordio".
ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9457-MS/2019.EXPTE. Nº 1414-250/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase a, partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del Sargento Primero PALACIOS JULIO MANUEL
HERNAN, D.N.I. N 22.420.625, Legajo N 12.798, de acuerdo a las previsiones del artículo 93º inc. c de la Ley Nº 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTICULO 2º.-Dispóngase a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del Sargento Primero PALACIOS JULIO MANUEL HERNAN, D.N.I. N 22.420.625, Legajo N 12.798, por encontrarse comprendido en las disposiciones artículo 14 inc. n de la Ley N 3759/81.ARTICULO 3.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9509-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 600-1109/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el CONVENIO suscripto en fecha 12 de octubre de 2018, entre la República Federal de Alemania y la Provincia de Jujuy, de conformidad con lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2.- Por Secretaría General de la Gobernación dese intervención a la Legislatura de la Provincia Art. 137, inc. 7, Constitución Provincial.ARTÍCULO 3.- Por Escribanía de Gobierno se procederá a la protocolización del Convenio de mención.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9596-S/2019.EXPTE. Nº 733-122/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

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ARTICULO 1º.- Téngase por reconocido el Adicional por Permanencia en el Servicio de Guardia del 60 % sobre la categoría de ingreso a favor de la Dra. Ana María Loza, CUIL 2717879558-4, Categoría B j-2, Agrupamiento Profesional Ley N 4418 de la U. de O.: R6-0123 Hospital Wenceslao Gallardo, a partir del 12 de febrero de 2.018.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente se atenderá, con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6113, prevé en la jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6 Secretaría de Salud la partida 1-1-1-1-2-153
"Regularización Adicionales Personal - Ministerio de Salud".EJERCICIOS ANTERIORES: periodo no Consolidado:
Se imputaran a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9626-E/2019.EXPTE. Nº 1056-1020-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero del 2019 a la Categoría 24
Agrupamiento Administrativo del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, al SR.
CORNELIO CASIMIRO, CUIL 20-11663118-1, Personal de Planta Permanente - Categoría 21, Agrupamiento Administrativo del Escalafón General del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto Nº 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
EJERCICIO 2019:
Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos - Ley N 6113, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "4"
Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la U. de O. "K" Obligaciones a Cargo del Tesorodenominada. 01-0101-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º Anexo I, del Decreto Nº 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el art. 100 bis. De la Ley Nº 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9777-S/2019.EXPTE. Nº 718-40/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la promoción de la Sra. Ester Nélida García CUIL 2712018130-6, a la categoría 24 c-4 del Agrupamiento Técnico, Escalafón General, en la U. de O. R.6-01-06
Hospital Nuestra Señora del Carmen, a partir del 1 de enero de 2.019.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente trámite, se imputará a la partida, que a continuación se detalla:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019 Ley N 6113, prevé para la jurisdicción "R" Ministerio de Salud U. de O.: "R6-01-06" Hospital Nuestra Señora del Carmen, la Partida de Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomara fondos de la partida de Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomara fondos de la partida 01-0101-01-01-37 Adecuación Ley Nº 4413 y Ley Nº 5502 U. de O. 6 Secretaria de Salud de la Jurisdicción R Ministerio de Salud.ARTICULO 3.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3º, Anexo I y del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley Nº 3161/74 modificada por Ley N 5748.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9779-S/2019.EXPTE. Nº 714-1024/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la promoción de la Sra. García Nilda, CUIL 27-12618332-7, al cargo categoría 24, agrupamiento administrativo, escalafón general, en la U. de O.: R6-01-02
Hospital Pablo Soria, a partir del 1 de enero de 2019.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019:

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha22/09/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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