Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 09 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 103

ARTÍCULO 6.- Dejase establecido que los adjudicatarios se encuentran excluidos, junto con su grupo familiar, de los programas de viviendas y/o loteos fiscales urbanos, que inicien o ejecuten organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, dentro del territorio de la Provincia de Jujuy, a excepción de los programas oficiales para la construcción de viviendas que requieran la utilización del terreno.ARTÍCULO 7.- Prohíbase a los adjudicatarios transferir o disponer del terreno fiscal objeto de la presente por el plazo de diez arios, conforme a lo establecido en el art. 75, inc. 3 de la Ley 3169/74 y en el art. 20 del Decreto N 5801-ISPTyV/2017.C.P.N. Jorge Raul Rizzotti Ministro de Infraestructura, Serv. Públicos, Tierra y Vivienda RESOLUCION CONJUNTA Nº 001 S-FE/2019.EXPTE. Nº 300-243-2019SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2019.EL MINISTRO DE SALUD Y EL FISCAL DE ESTADO DE LA PROVINCIA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese de la intervención del Colegio de Enfermeros de Jujuy establecida por Resolución Conjunta N 6052-S/FE-2019, por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Instruir a los miembros de la Junta Interventora del Colegio de Enfermeros que en el plazo de diez días hábiles procedan a hacer entrega bajo inventario a la actual Comisión Directiva de dicha entidad profesional, de la documentación y sumas dinerarias que hubieren sido recepcionadas con motivo del empadronamiento de matriculados llevado adelante por la misma.Dr. Gustavo Alfredo Bouhid Ministro de Salud Dr. Mariano Gabriel Miranda Fiscal de Estado RESOLUCION N 314-SCA/2019.EXPTE. N 1101- 433-U-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP 2019.VISTO:
El Expte. N 1101-433-U-2018, caratulado: Solicitud de Factibilidad Ambiental para Proyecto Tren JujuyLa Quiaca, Etapa 1: VolcánHumahuaca, Tramo 1: VolcánTilcara, presentado por la Unidad Ejecutora Provincial Tren JujuyLa Quiaca.La Ley Provincial Nº 5063 General del Medio Ambiente y sus Decretos Reglamentarios 5980/06
Evaluación de Impacto Ambiental y normas técnicas de calidad ambiental para la protección de la atmósfera, las aguas, y del suelo, su modificatorio Nº 9067/07 y N 5606/02 De las infracciones y sanciones, la Resolución N 18/19-SCA, la Resolución Nº 212/2007-S.M.AyR.N, la Ley Nº 6114
Impositiva de la Provincia de Jujuy, la Ley N 5875 Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto N
8020-A-2018; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N 18/19-SCA la Secretaría de Calidad Ambiental otorgó Pre Factibilidad ambiental al proyecto Tren JujuyLa Quiaca, Etapa 1: VolcánHumahuaca, Tramo 1: VolcánTilcara, disponiendo la inclusión de la etapa constructiva y operativa de dicho proyecto en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental EIA, y la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado EsIAD, de conformidad a las disposición es de los Decretos Reglamentarios 5980/06 y 9067/07.Que, en cumplimiento de ello la Unidad Ejecutora Provincial UEP Tren JujuyLa Quiaca presentó el Estudio de Impacto Ambiental Detallado para el Proyecto Tren JujuyLa Quiaca, Etapa 1: VolcánHumahuaca, Tramo 1: VolcánTilcara, mediante Nota N 519/19.
Que, el proyecto corresponde a la Etapa 1, Tramo VolcánTilcara que se desarrolla a lo largo de 41, 5
km desde la Estación de Volcán, pasando por 5 estaciones ferroviarias Volcán, Tumbaya, Purmamarca, Maimará y Tilcara, siguiendo el antiguo recorrido de la ex vía paralelo a la RN N 9 en la mayoría de sus tramos. Las obras consistirán en la readecuación de la antigua vía, construcción de nuevos tramos, reconstrucción de alcantarillas, terraplenes, puentes, refuncionalización de las estaciones, entre otros.Que, el área técnica de esta Secretaría evaluó la documentación presentada, la cual cumple con los requisitos del Decreto N 5980/06 en lo referente a contenidos de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado, encontrándola adecuada, recomendando el otorgamiento de la factibilidad ambiental, sin perjuicio de solicitar documentación faltante.Que, la Unidad Ejecutora Provincial Tren JujuyLa Quiaca realizó las publicaciones en el Boletín Oficial los días 10, 13 y 15 de mayo del corriente y en diarios provinciales los días 9, 10 y 13 de mayo del corriente, acorde lo establecido por el Decreto Nº 9067/07 en su artículo 3º, y no se han recibido observaciones al proyecto por parte de las comunidades.Que, la UEP declara que los inmuebles sobre los que se localizan los trabajos de obras del proyecto ferrovial pertenecen o son del Estado Nacional, destacando que no se ha modificado la traza originaria del ramal C Jujuy-La Quiaca en ningún tramo de la misma, por lo que el desarrollo del proyecto no afecta a las Comunidades Aborígenes situadas en las cercanías de la traza, no invade territorios o propiedad comunitaria de las mismas y no menoscaba ningún derecho reconocido tanto en la Constitución Nacional, Provincial ni Leyes inferiores.Que, la Ley Nº 6114 Impositiva de la Provincia de Jujuy, establece parámetros para la determinación de los montos en concepto de tasa retributiva por el servicio de evaluación de estudio de impacto ambiental en los términos del D.R. N 5980/06.Que, el decreto 9067/07 establece en el Artículo 2, que el Estado Provincial estará exento del pago de la tasa retributiva, únicamente cuando presente proyectos a ejecutar directamente por entes públicos provinciales.Que, por todo lo expuesto y en el cumplimiento de la normativa vigente, corresponde otorgar la Factibilidad Ambiental solicitada.Por ello;
EL SECRETARIO DE CALIDAD AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Otorgar Factibilidad Ambiental al Proyecto Tren JujuyLa Quiaca, Etapa 1: VolcánHumahuaca, Tramo 1: VolcánTilcara presentado por la Unidad Ejecutora Provincial Tren Jujuy La Quiaca a desarrollarse entre las localidades de Volcán y Tilcara, por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2: La Unidad Ejecutora Provincial UEP del Tren JujuyLa Quiaca deberá presentar ante esta autoridad ambiental lo siguiente: a. Plan de acción con respecto a las zonas ocupadas de la vía en las estaciones de Maimará y Tilcara.- b. Actuaciones presentadas ante la Coordinación de la Unidad de Gestión y Administración de la Quebrada de Humahuaca respecto del presente proyecto.ARTICULO 3: La presente Resolución deberá ser publicada a cargo del proponente, por una 1 vez en el Boletín Oficial de la Provincia Art. 28 Dec. 5980/06.ARTICULO 4: El incumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 2 y 3 dejará sin efecto lo establecido en el Artículo 1.ARTICULO 5: La Secretaría de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental durante el desarrollo de la obra.ARTÍCULO 6º: Se exceptúa a la Unidad Ejecutora Provincial Tren JujuyLa Quiaca, del cobro de la tasa retributiva por los servicios de evaluación ambiental, de acuerdo a lo estipulado por el Artículo 2º del DR 9067/07.-

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ARTICULO 7: Las disposiciones de la presente Resolución no eximen al Administrado por la producción de alguna contingencia y/o por la responsabilidad administrativa, penal y/o civil por cualquier daño o perjuicio que las actividades inherentes a la obra pudieran ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.ARTICULO 8: El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolución, dará lugar a que esta Secretaría aplique los procedimientos legales correspondientes estipulados en el Decreto Reglamentario N 5606/02 De las infracciones y sanciones de la Ley Provincial Nº 5063.ARTÍCULO 9º: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaría. Notifíquese a La Unidad Ejecutora Provincial Tren JujuyLa Quiaca, a la Comisión Municipal de Tumbaya, a la Municipalidad de Tilcara y a la Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización, a sus efectos. Cumplido archívese.Ing. Pablo Bergese Secretario de Calidad Ambiental
MUNICIPIOS - COMISIONES MUNICIPALES
Ref. Expte. N 01/S.G./19.- Caratulado: Llamado a Concurso Público.- Para la Realización Cultural y Explotación Comercial de la Tradicional Peña Folklórica de la Fiesta Patronal Correspondiente al 29 de Septiembre de 2.019, con Servicio Gastronómico.DECRETO N 23/19.YUTO, 27 AGO. 2019.VISTO:
La carta orgánica de municipios de la Provincia de Jujuy;
CONSIDERANDO:
Que se encuentran muy próximas las Fiestas Patronales de la ciudad de Yuto.
Que es tradicional la realización de una peña en esta ciudad en tal marco en fecha 29 de septiembre.
Que la Municipalidad de Yuto no cuenta con los recursos suficientes para llevar a cabo por sí misma la realización Cultural y Explotación Comercial de la Tradicional Peña de la Fiesta Patronal correspondiente al 29 de Septiembre de 2.019.Que para ese fin se hace necesario entonces encargar a alguien más que se ocupe de tal realización a cambio del pago de un canon.
Que si bien por los montos dinerarios involucrados en este asunto y el tiempo que falta para la llegada de las Fiestas Patronales la Municipalidad de Yuto podría hacer una adjudicación directa, sería una buena práctica tener varios oferentes y elegir la mejor propuesta.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE YUTO
DECRETA:
ARTICULO 1: Apruébese el llamado a Concurso Público referente a la realización Cultural y Explotación Comercial de la Tradicional Peña de la Fiesta Patronal correspondiente al 29 de Septiembre de 2.019, con Servicio Gastronómico.ARTICULO 2: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Concurso Público que se adjunto al presente.ARTÍCULO 3º: El Pliego de Bases y Condiciones se podrán adquirir en la Municipalidad de Yuto.ARTICULO 4º: Fíjase como fecha para el acto de apertura de sobres, el día 10 de septiembre de 2019, a horas 9:30 en el Punto Digital sito en calle Teodoro Sánchez de Bustamante s/n de esta ciudad entre calles Tucumán y Avenida Sarmiento.
ARTICULO 5º: Conformase la Comisión Evaluadora para el estudio de las ofertas, la que estará integrada por el Secretario de Obras Públicas de la Municipalidad de Yuto, el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Yuto y uno de los apoderados legales de la Municipalidad de Yuto.ARTICULO 6º: Las propuestas deberán presentarse en sobre cerrado y lacrado en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Yuto o ante alguno de los miembros de la Comisión Evaluadora, hasta las hs. 09
hs. del día de 10 de septiembre de 2019.ARTICULO 7º: La propuesta que resulte seleccionada logrará la adjudicación. La concesión está condicionada al cumplimiento de los demás requerimientos obrantes en pliego de bases y condiciones.
En caso de quedar desierto el presente concurso el Intendente Municipal podrá realizar una nueva convocatoria y/o acudir a la contratación directa.ARTICULO 8º: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy durante cinco 5 días consecutivos, invítese a los empresarios del rubro y dese publicidad por algún medio local.ARTICULO 9º: Cumplido, archívese.
Alfredo Valdiviezo Intendente 02/04/06/09/11 SEPT. S.C.

LICITACIONES - CONCURSO DE PRECIOS
AGUA POTABLE DE JUJUY S.E.
Tipo de Contratación: LICITACIÓN PÚBLICA N 05/2019
Objeto: Adquisición de Pet y Tapas Plásticas Expediente Nº 622-140/2019
Fecha y Hora de Apertura: 24/09/2019 Hs. 11:00
Valor del Pliego: $25.000,00 + iva Lugar de Recepción y Apertura de Ofertas: Agua Potable de Jujuy S.E.- Alvear 941- CP. 4600- San Salvador de Jujuy - Tel. 0388-4228099.- El acto de apertura de las ofertas se realizará en presencia de los oferentes y serán recibidas hasta una hora antes del día de apertura de cada licitación en Alvear 941
S. S. de Jujuy.Consulta de Pliego: Agua Potable de Jujuy S.E.- Alvear 941- CP. 4600- San Salvador de Jujuy. Tel.
0388-4228099 Email. compras_apsj@aguapotablejujuy.com.ar Web. www.aguapotable.jujuy.gob.ar.06/09/11/13/16 SEPT. LIQ. Nº 18672 $1.125,00.AGUA POTABLE DE JUJUY S.E.
Tipo de Contratación: LICITACIÓN PRIVADA N 05/2019
Objeto: Frente Vidriado Planta Embotelladora Expediente Nº 622-139/2019
Fecha y Hora de Apertura 17/09/2019 Hs. 10:00
Valor del Pliego: $5.000,00 + iva Lugar de Recepción y Apertura de Ofertas: Agua Potable de Jujuy S.E.- Alvear 941- CP. 4600- San Salvador de JujuyTel. 0388-4228099.- El acto de apertura de las ofertas se realizará en presencia de los oferentes y serán recibidas hasta una hora antes del día de apertura de cada licitación en Alvear 941
S. S. de Jujuy.Consulta de Pliego: Agua Potable de Jujuy S.E.- Alvear 941- CP. 4600- San Salvador de Jujuy. Tel.
0388-4228099 Email. compras_apsj@aguapotablejujuy.com.ar Web. www.aguapotable.jujuy.gob.ar.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha08/09/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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