Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 31 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 86

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9895-G/2019.EXPTE. Nº 0400-3793-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Declárese Asueto Provincial administrativo y escolar, en todos sus niveles, el día 1 de Agosto de 2019, a tenor de lo expuesto en el exordio.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Educación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 000142-MS/2019.EXPTE Nº 1402-070/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Seguridad Vial del Ministerio de Seguridad, solicita la adquisición de dos 02 camionetas cabina doble 4x4 y siete 07 automóviles tipo sedan 4 puertas, destinados a la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial y Cuerpo de Policía Caminera de la Provincia de Jujuy; y CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N 9839-MS/2019, el Gobernador de la Provincia, autoriza al Ministerio de Seguridad a efectuar el llamado a Licitación Pública N 1/2019, para la adquisición de dos 2 camionetas cabina doble 4x4 y siete 07 automóviles tipo sedan 4 puertas, destinados a la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial y Cuerpo de Policía Caminera de la Provincia de Jujuy;
Que, Fiscalía de Estado toma debida razón del Decreto emitido;
Que, el mentado Decreto autoriza expresamente al organismo licitante a continuar con el proceso, razón por la cual es necesario aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y Anexos;
Que, la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad, adjunta Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Anexos, en cumplimiento a los requerimientos efectuados por el Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;
Que, conforme Decreto Acuerdo N 3716-H/78 y su modificatorio Decreto Acuerdo N 5993-G/18, Decreto Ley N 159-H/G-57, Decreto Acuerdo N 3789H/01, Decreto Acuerdo N 8484-HF/19, Ley N 4785, y atento al estado del trámite, corresponde dictar el acto administrativo de rigor aprobando los Pliegos Licitatorios y fijando día, hora y lugar de apertura del llamado a Licitación;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Apruébese los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y Anexos, obrante a fs. 65/84, para la adquisición de dos 02
camionetas cabina doble 4x4 y siete 07 automóviles tipo sedan 4 puertas, destinados a la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial y Cuerpo de Policía Caminera de la Provincia de Jujuy.ARTICULO 2.- Fíjese el día miércoles 21 de agosto del año 2019 a horas 10:00, la presentación de las propuestas del llamado a Licitación Pública N 01/2019 para la adquisición de dos 02 camionetas cabina doble 4x4 y siete 07 automóviles tipo sedan 4 puertas, destinados a la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial y Cuerpo de Policía Caminera de la Provincia de Jujuy.ARTICULO 3.- Desígnese como lugar de apertura de las propuestas, Casa de Gobierno, Salón Blanco, calle San Martín Nº 450, piso 1, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.ARTICULO 4.- Comuníquese, regístrese en e Libro de Resoluciones, Publíquese en forma integra en el Boletín Oficial, remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas, siga a la Coordinación General del Ministerio de Seguridad, con copia de la presente a la Secretaría de Seguridad Vial. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.Crio. Gral. R Guillermo Rubén Tejerina Ministro de Seguridad Interno RESOLUCION Nº 096-SUSEPU/2019.Cde. Expte Nº 0630-337/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUL. 2019.VISTO:
Expediente de referencia caratulado NOTA Nº 272/2019 APJ S.E. S/
MODIFICACION TARIFARIA POR VARIACIONES DE COSTOS Y
REVISION ORDINARIA VIGENCIA 3º TRIMESTRE 2019.; y CONSIDERANDO:
Que, a fs. 1/3 y en fecha 04 de Julio de 2019, mediante Nota N 272, Agua Potable de Jujuy S.E. pone a consideración de este Organismo el cálculo de la Modificación Tarifaria por Variaciones de Costos, según establece el Anexo IV del
915

Marco Regulatorio aprobado por Decreto Nº 1166-ISPTyV-2016, solicitando la Revisión Técnica según determina el Artículo 16 del mismo. Adjunta Variaciones Mensuales Diciembre 2018 a Mayo 2019, Informes Técnicos INDEC ICC
Diciembre 2018 a Marzo 2019 y Cuadro Tarifario de aplicación.
Que, a fs. 42/43, la Gerencia Técnica de Agua expresa que verificó los índices de cada uno de los componentes de la estructura de costos y sus pesos relativos dentro de la fórmula polinómica para la redeterminación por Variaciones de Costos según el Presupuesto Ejecutado 2018 de la Empresa Agua Potable de Jujuy S.E. Agrega que los índices considerados para esta revisión ordinaria corresponden a las publicaciones del Indec y a la política salarial del Poder Ejecutivo Provincial; que la documentación respaldatoria está completa y es correcta.- Resume los pesos de cada componente de la ecuación polinómica y sus respectivas variaciones de costos acumuladas en el lapso Diciembre 2018-Mayo 2019, conforme se detalla a continuación:
Componente Peso Relativo Variación Acumulada Combustible 2.23%
9.89%
Productos Químicos 4.75%
16,78%
Energía Eléctrica 6.08%
34.40%
Personal 75.43%
21.00%
Materiales Plásticos 5.54%
20.28%
Bienes de Capital 5.83%
16.73%
Hierro 0.04%
14.03%
Cemento 0.10%
20.53%
Continua expresando la Gerencia Técnica de Agua que aplicada la ecuación polinómica resulta correcto el valor VCO = 21,077944%; y que al aplicar el coeficiente de actualización KVCO = 1,21077944 sobre el Cuadro Tarifario correspondiente a la Resolución N 10-SUSEPU-2019 se obtiene el nuevo cuadro tarifario.- Por otro lado, manifiesta que no se observa en la documentación presentada lo ordenado en la Resolución N 10-SUSEPU-2019 respecto de la información requerida en concepto de Obras para Mejora y Optimización, resolución que incorporó en la tarifa una componente 9,5187%. destinada a recursos para atender el mantenimiento, operación y rehabilitación de los servicios que permitan satisfacer las metas de calidad de servicio comprometidas en el Plan de Gestión y Resultados 2018-2022.- Finalmente la Gerencia Técnica de Agua, considerando cumplida la revisión técnica solicitada por la Empresa y que la misma se encuentra conforme a lo establecido por el Decreto Nº 1166ISPTyV/2016 Art. 16, sugiere proseguir con el dictado de la correspondiente Resolución.Que, remitida las actuaciones a la Gerencia Técnica de Defensa del Usuario, a fs.
48/50 analiza el pedido de redeterminación por variaciones de costos contemplada en el anexo IV del Marco Regulatorio aprobado por Decreto Nº 1166ISPTyV/2016, para el tercer trimestre 2019, realizado por la empresa Agua Potable de Jujuy S.E.- Esgrime que la Prestataria requiere a esta Superintendencia la revisión técnica prevista en el artículo 16º del Decreto Nº 1166-ISPTyV/2016 de los coeficientes que hacen a la polinómica que conforman la estructura tarifaria señalada en el decreto indicado, debiendo luego en la etapa administrativa correspondiente determinarse su vigencia tal cual lo reza el artículo 16º del mencionado acto administrativo.- Agrega que a tales efectos la Prestataria indica el coeficiente obtenido de la variación de los índices de cada uno de los componentes que hacen a la estructura de costos y sus pesos relativos dentro de la polinómica en el período comprendido entre Diciembre de 2018 y Mayo 2019, incidencia y parámetros que fueron revisados, verificados y controlados por parte de la Gerencia Técnica de Agua de esta Superintendencia, quien los considera correctos, según surge del informe agregado a fs. 42/47 al cual se remite.- Destaca, la Gerencia Técnica del Usuario, que la última variación de dichos valores fue contemplada por la actualización tarifaria aprobada por la Resolución N 10SUSEPU-2019, y puesta en vigencia por la Resolución. 74-ISPTyV/2019
Ministerial, por lo que las variaciones que se someten a consideración corresponden a periodos posteriores a los atendidos en aquella oportunidad lo que hace procedente su análisis y procedencia.- Por otro lado manifiesta que la revisión de la tarifa obliga a su contemplación integral por lo que se debe tener presente que la revisión ordinaria aprobada en Enero del 2019 incluyó en la tarifa actual un componente porcentual para atender obras de mejora y optimización del servicio.Respecto a ello menciona que: a Los porcentajes de actualización de costos analizados y controlados por la Gerencia de Agua solo pueden afectar a una parte de la tarifa, excluyendo el componente que atiende a las obras de mejora y optimización conforme lo establecido y ya indicado por esa Gerencia en la oportunidad en que se acordó dicha recomposición. El fundamento de la actualización exige el trato discriminatorio en cuanto al porcentaje de la tarifa que va a ser objeto de la aplicación del porcentaje de variación de costos.- b Se encuentra pendiente de cumplimiento por parte de la Empresa el requerimiento de informes efectuado en el art. 3 de la Resolución N 10-SUSEPU-2019. Por tal motivo solicita se emplace su cumplimiento.- Concluye la Gerencia Técnica del Usuario que, puede avanzarse con la actualización en los términos indicados, solicitando además que de manera expresa se aclare que se mantiene vigente la prohibición de mayorizar los coeficientes que se aplican a los usuarios que se les factura bajo el sistema de renta fija.
Por los argumentos antes vertidos y en uso de las facultades que otorga la Ley N
4937;
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha30/07/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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