Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 11/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 49

Lunes, 11 de marzo de 2024

Pág. 3772

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BAILÉN JAÉN
2024/983 Aprobación del Padrón Contributivo de la Tasa por asistencia y estancias en Guarderías Municipales, correspondiente al mes de febrero de 2024.

Edicto Doña Juana Zocueca Mañas Pastor, Concejala-Delegada del Área de Hacienda y Contratación, por delegación de competencias del Sr. Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Bailén Jaén P.D.19/06/23.
Hace saber:
Que por Resolución de la Alcaldía de fecha 05/03/2024 ha sido aprobado el Padrón contributivo correspondiente a la Tasa por asistencias y estancias en Guarderías municipales correspondiente al mes de febrero de 2024.
Dicho Padrón se encuentra expuesto al público en el Departamento de Recaudación del Área de Tesorería Municipal, sito en Plaza de la Constitución, 1, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas por un plazo de un mes a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 14.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estimen procedente.
De conformidad con lo establecido en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente Edicto, tendrá carácter de notificación colectiva de los recibos comprendidos en el referido Padrón, entendiéndose realizadas las notificaciones el día que termine la exposición pública del mismo.
El plazo de ingreso en periodo voluntario será de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Transcurrido el plazo de cobro en periodo voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, lo que se indica a tenor de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Los recibos se podrán abonar en la cuenta restringida que el Ayuntamiento de Bailén mantiene abierta en Cajasur nº ES89-0237-0210-30-9153742736, en horario bancario y en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de este Ayuntamiento, los días laborables de 9 a 14

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 11/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha11/03/2024

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones5608

Primera edición02/01/2003

Ultima edición10/05/2024

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