Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 23/2/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 39

Viernes, 23 de febrero de 2024

Pág. 3063

del Presupuesto General del ejercicio económico 2024, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 30 de noviembre de 2023 aprobación definitiva publicada en el BOP núm. 9, de fecha 12 de enero de 2024, y demás legislación que sea de aplicación con carácter básico o supletorio.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones son los siguientes:
2024-924-48000, denominada Subvención Asociaciones de carácter no lucrativo, y la cuantía total máxima es de 8.000 euros para esta convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta y se presentarán en el Registro General de documentos del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén.
Sexto. Otros datos.
Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
- Documentos que acrediten la personalidad del solicitante.
- Modelo de declaración responsable, junto a los certificados acreditativos Anexo II de las bases reguladoras.
- Programa detallado de las actividades a realizar deberá contener lo que se especifica en el Anexo V de las bases reguladoras.
- Presupuesto total debidamente desglosado.
- Documento acreditativo del número de socios.
- Documentos acreditativos de la capacidad económica autónoma y de las ayudas que reciban de otras instituciones públicas o privadas.
- Aceptación, por escrito, de presentar memoria justificativa de la actividad, una vez realizada la misma, dentro del plazo de justificación económica establecido en las bases de la convocatoria.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 23/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha23/02/2024

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones5617

Primera edición02/01/2003

Ultima edición23/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
2526272829