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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 22/2/2024
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 38
Jueves, 22 de febrero de 2024
Pág. 3057
anterior.
Artículo 4. Cuota tributaria.
Las cuotas tributarias a satisfacer por los servicios regulados en esta Ordenanza son las siguientes:
Grupo
Euros
Grupo A1
55
Grupo A2
50
Grupo C1
35
Grupo C2
25
Grupo E
20
Artículo 5. Exenciones y Bonificaciones.
No se concederán más exacciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes o las derivadas de la aplicación de los Tratados o Acuerdos Internacionales.
Artículo 6. Devengo.
El devengo de la tasa se producirá en el momento de la solicitud de inscripción en las pruebas selectivas o de actitud a que se refiere el artículo 2 siendo preciso el pago de la tasa para poder participar en las mismas.
La Tasa se abonará durante el periodo de tiempo en que permanezca abierto el plazo para la presentación de solicitudes de participación, que será el determinado en cada una de las bases que rijan las convocatorias para la provisión en sus distintos regímenes de las plazas que se oferten.
Artículo 7. Normas de Gestión.
1.- Los sujetos pasivos deberán realizar su ingreso en el número de cuenta ES73 2103 0379
12 0030000457 UNICAJA del que es titular esta ELA de Mures antes de presentar la correspondiente solicitud de inscripción a la que se deberá acompañar el justificante del pago de la tasa.
La falta de justificación del pago íntegro de la tasa determinará la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
Artículo 8. Infracciones y Sanciones.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, así como sus