Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 24/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 162

Lunes, 24 de agosto de 2020

Pág. 10110

los ingresos que no superen 2,5 veces IPREM, último período impositivo 18.797,97.
e El promotor de la actuación acogida a la ayuda ha de constituir la vivienda habitual del solicitante. En este caso se acreditará tal extremo previa comprobación del empadronamiento en dicho inmueble con una antigedad mínima de un año.
Requisitos de las obras y de las edificaciones.- Serán subvencionables las obras que cumplan los siguientes requisitos:
a Obras que no requieran Proyecto en los términos de la Ley 38/99 de Ordenación de la Edificación, b Obras imprescindibles para la seguridad, accesibilidad, eficiencia energética, habitabilidad o mejora de la imagen urbana, que sean promovidas por particulares y que correspondan a elementos privativos de las viviendas, y en ningún caso a elementos comunes o en régimen de Propiedad horizontal.
Se excluyen las obras en espacios exteriores o dependencias anexas cocheras, trasteros, etc., salvo que sean imprescindibles para la funcionalidad de la vivienda.
c Obras que sean permitidas por el Plan General si el inmueble es disconforme con la ordenación urbanística.
d Para edificaciones irregulares asimiladas a las edificaciones con licencia urbanística, se estará a lo recogido en la Ordenanza de regulación de edificaciones en el término municipal de Andújar. Así:
Edificaciones en suelo urbano no consolidado: cuando la obra requiera la presentación de Memoria Técnica, se acompañará a la Comunicación Previa/Declaración Responsable, además de los documentos comunes exigidos según el tipo de obras de que se trate, copia de la certificación administrativa acreditativa de la situación y régimen urbanístico aplicables.
Edificaciones en suelo urbano no consolidado, suelo urbanizable o suelo no urbanizable: a la Comunicación Previa/Declaración Responsable se acompañará, además de los documentos comunes exigidos según el tipo de obras de que se trate, copia de la certificación administrativa de la situación y régimen urbanístico aplicables.
e Para edificaciones irregulares en situación de asimilado al régimen legal de fuera de ordenación, y de acuerdo a lo recogido en la Ordenanza de regularización de edificaciones en el término municipal de Andújar, a la Comunicación Previa/Declaración Responsable se acompañará, además de los documentos comunes exigidos según el tipo de obras de que se trate, copia de la resolución de reconocimiento.
f Inmuebles con una antigedad superior a 15 años.
g Inmuebles que deberán presentar unas características de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de las obras. Tras la realización de las obras objeto de la ayuda, la vivienda debe alcanzar las condiciones básicas de uso.
h Viviendas que no hayan recibido ningún tipo de ayuda municipal para su rehabilitación en

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 24/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha24/08/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones5608

Primera edición02/01/2003

Ultima edición10/05/2024

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