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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 9/7/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 130
Jueves, 09 de julio de 2020
Pág. 8191
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
ÁREA DE CULTURA Y DEPORTES
2020/2490 Subsanación Convocatoria de subvenciones del Área de Cultura y Deportes de la Diputación Provincial de Jaén para actividades culturales a favor de personas físicas, confederaciones, federaciones, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro. Ejercicio 2020.
Anuncio Por Resolución del Diputado Delegado de Cultura y Deportes P.D. Resolución núm. 708 de 11/07/2019 núm. 106 de fecha 11 de marzo de 2020, se aprobó la convocatoria de subvenciones del Área de Cultura y Deportes de la Diputación Provincial de Jaén para actividades culturales a favor de personas físicas, confederaciones, federaciones, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro. Ejercicio 2020, publicándose el Extracto de la misma en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 51 de 16 de marzo de 2020 y cuyos plazos quedaron suspendidos por el Real decreto 463/2020 de 14 de marzo de 2020, Disposición Adicional Tercera. El cómputo de plazos se reanudó con el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo de 2020, por el que se reanuda el plazo de los trámites administrativos suspendidos por el Estado de Alarma.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes el día 22 de junio 2020 y examinadas las que han sido presentadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de las Bases de la Convocatoria, se requiere a los interesados que más adelante se indican que, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que habrá de dictarse en los términos previstos en el artículo 21 de la L.P.A.C. 39/2015 de 1 de octubre, que será objeto de publicación en el citado Boletín.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 18 de la referida convocatoria de Subvenciones se dispone la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, insertándose junto con la relación de solicitudes susceptibles de ser subsanadas para poder optar a la subvención instada en la página Web de la Diputación Provincial.
La presentación de la subsanación se realizará en la forma establecida en el artículo 9 de la Convocatoria de Subvenciones, en todo caso se recuerda que las personas jurídicas están obligadas a presentar su escrito de subsanación a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Jaén.