Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 22/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 117

Lunes, 22 de junio de 2020

Pág. 7193

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
ANDALUCÍA. SALA DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. GRANADA.
2020/2100 Notificación de Sentencia. Recurso número 354 de 2016.

Edicto Doña Rosario Fe Martin Romero, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada.
Se ha seguido en esta Sala el Recurso número 354 de 2016, a instancia de la Procuradora D. María del Mar Ramos Robles en representación de la parte actora contra la CONSEJERÍA
DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO en relación a la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 3 de febrero de 2016 por la que se dispone la publicación de la normativa urbanística de la Revisión del PGOU de Jaén aprobada definitivamente de manera parcial por la Orden de 3 de octubre de 2014; en el que se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo formulado por la representación procesal de la entidad XXXXXXX XX, XXXX contra la resolución impugnada, declarando la nulidad de la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 3 de febrero de 2016 por la que se dispone la publicación de la normativa urbanística de la Revisión del PGOU de Jaén aprobada definitivamente de manera parcial por la Orden de 3 de octubre de 2014.
Se imponen las costas a las demandadas.
Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y una vez firme remítase testimonio de la misma junto con el expediente administrativo al lugar de procedencia de éste.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con las prevenciones del artículo 248.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, limitado exclusivamente a las cuestiones de derecho, siempre y cuando el recurso pretenda fundarse en la infracción de normas de Derecho estatal o de la Unión Europea que sea relevante y determinante del fallo impugnado, y hubieran sido invocadas oportunamente en el proceso o consideradas por la Sala sentenciadora. Para la admisión del recurso será necesario que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estime que el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 22/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha22/06/2020

Nro. de páginas45

Nro. de ediciones5609

Primera edición02/01/2003

Ultima edición13/05/2024

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