Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 14/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 70

Martes, 14 de abril de 2020

Pág. 4693

El artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 9.13 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía atribuyen a los municipios como competencia propia la promoción, protección y defensa de la salud pública.
Por cuanto antecede, y en virtud de la competencia propia de la Diputación provincial de asistencia a los municipios de la provincia contenida en el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 11 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y en ejercicio de las atribuciones que me corresponden conforme a lo dispuesto en el artículo 34.1 o de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO:

Primero.- Poner a disposición de los municipios de la provincia 100.000 mascarillas equiparables a las quirúrgicas tipo II con destino a las pequeñas empresas que realizan servicios calificados como esenciales por el Anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, según el reparto que se incorpora como Anexo de esta Resolución.
Segundo.- Tendrá la consideración de pequeña empresa a efectos de lo dispuesto en la presente Resolución aquellas empresas y autónomos que empleen a menos de 10
trabajadores. Cada empresa o autónomo podrá solicitar al Ayuntamiento donde radique su domicilio social un máximo de 10 mascarillas.
Tercero.- Los municipios que estén interesados en percibir las mascarillas con este destino deberán solicitarlo mediante escrito de su Alcalde o Alcaldesa dirigido al Presidente de la Diputación provincial. Este escrito se presentará en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial. Se incorpora modelo de solicitud en el Anexo II.
Cuarto.- Notifíquese la presente Resolución a todos municipios de la provincia y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Contra esta Resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, previo a la jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación, ante el Presidente de esta Corporación, o plantear Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la Provincia de Jaén, sin que puedan simultanearse ambos recursos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en concordancia con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 14/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha14/04/2020

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones5603

Primera edición02/01/2003

Ultima edición03/05/2024

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