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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 30/3/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 61
Lunes, 30 de marzo de 2020
Pág. 4354
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
ÁREA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ASISTENCIA A
MUNICIPIOS
2020/1295 Reanudación de plazos de los expedientes de modificación de crédito: 1/2020
de crédito extraordinario; 3/2020 de suplemento de crédito, en el presupuesto de la Diputación Provincial y 1/2020, de suplemento de crédito, en los presupuestos del Instituto de Estudios Giennenses y del Servicio Provincial de Gestión y Recaudación.
Anuncio El Sr. Presidente ha dictado la Resolución número 196, de 27 de marzo, del siguiente tenor literal:
El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 2 de marzo de 2020, aprobó inicialmente los expedientes de modificación de crédito a continuación detallados:
NÚMERO
EXPEDIENTE
TIPO
DIPUTACIÓN PROVINCIAL
1/2020
CRÉDITO EXTRAORDINARIO
7.323.371,53
DIPUTACIÓN PROVINCIAL
3/2020
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
8.777.081,15
SERVICIO PROVINCIAL GESTIÓN Y RECAUDACIÓN
1/2020
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
67.148,56
INSTITUTO DE ESTUDIOS GIENNENSES
1/2020
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
16.923,87
ORGANISMO
IMPORTE
TOTAL 16.184.525,11
El objetivo fundamental de todos estos expedientes era la atención de necesidades que no admitían demora hasta el ejercicio siguiente, puesto que básicamente se van destinan a cubrir las demandas municipales relativas a planes económicos de apoyo de diversos ejercicios, así como al plan de cooperación municipal, en su vertiente de servicios, tan fundamental para que los distintos Ayuntamientos de la provincia puedan desarrollar las competencias que legalmente tienen atribuidas.
A tal efecto, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia núm. 44, de fecha 5 de marzo de 2020, la aprobación inicial de los expedientes aludidos, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 177.2, en conexión con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por un plazo de 15 días hábiles para que los legítimos interesados puedan formular las reclamaciones oportunas ante el Pleno de la Corporación, computándose a partir del día 6 de marzo.
No obstante lo anterior, la declaración del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19 ha supuesto la suspensión de todos los plazos administrativos por mor de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de