Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 9/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 5

Jueves, 09 de enero de 2020

Pág. 220

tampoco respecto de los que, habiendo aportado la documentación exigida, no han reunido los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.
Cuarto: En el informe emitido por este Órgano Instructor, de fecha 11 de diciembre de 2019, constan las solicitudes que reúnen los requisitos establecidos en la normativa reguladora y que han sido admitidas a la fase de evaluación 9; aquellas que han sido excluidas 4, así como aquellas que se les tiene por desistidas de su petición por no subsanar las deficiencias señaladas en el anuncio de subsanación 4, de conformidad con el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto: Por el Órgano Colegiado se ha elevado informe de las solicitudes admitidas 9, en el que se contienen la relación de solicitudes, ordenadas por número de expediente, y las cuantías que procede asignar a cada una de ellas, dentro del importe total previsto en la Convocatoria para esta línea 2 30.000,00 €. Habida cuenta que el total de la subvención solicitada 23.528,65 € es inferior al crédito consignado para ella en el artículo 6 de la Convocatoria 30.000,00 €, no es preciso observar orden de prelación alguno ya que el crédito consignado en la Convocatoria es suficiente para atender las solicitudes presentadas que reúnen los requisitos. En cualquier caso, el Órgano Colegiado de Valoración ha procedido a evaluar las solicitudes que han sido sometidas a su consideración, con arreglo a los criterios de valoración establecidos en el artículo 15 de la Convocatoria, obteniendo todas ellas una puntuación superior a 50 puntos, pudiendo optar por tanto a la subvención solicitada, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Convocatoria.
Sexto: Con fecha 11 de diciembre de 2019 se ha dictado Propuesta de Resolución Provisional, en la que se contiene la relación de solicitantes propuestos como beneficiarios para la concesión de subvención, aquellos que han sido excluidos, así como aquellos a los que se propone tenerlos por desistidos de su solicitud.
Séptimo: Dicha Propuesta de Resolución Provisional fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL
de la Provincia número 236, de fecha 12 de diciembre de 2019, y en la página web. A partir del día siguiente al de su publicación, los interesados han dispuesto de un plazo de diez días hábiles para formular las alegaciones que contra la misma hayan considerado oportunas.
Octavo: Transcurrido el plazo citado en el apartado anterior, no se ha presentado ninguna alegación en relación con la Propuesta de Resolución Provisional.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero: La legislación, en lo esencial, está constituida por las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año 2019, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la normativa contemplada en la Convocatoria.
Segundo: Según el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha de formularse por el órgano Instructor la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se notificará a los beneficiarios para que puedan formular las alegaciones que estimen convenientes durante un plazo de diez días hábiles.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 9/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha09/01/2020

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones5629

Primera edición02/01/2003

Ultima edición07/06/2024

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