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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 12/12/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 236
Jueves, 12 de diciembre de 2019
Pág. 16829
deficiencias señaladas en el anuncio de subsanación 4, de conformidad con el artículo.
23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto: Por el Órgano Colegiado se ha elevado informe de las solicitudes admitidas 9, en el que se contienen la relación de solicitudes, ordenadas por número de expediente, y las cuantías que procede asignar a cada una de ellas, dentro del importe total previsto en la Convocatoria para esta línea 2 30.000,00 €. Habida cuenta que el total de la subvención solicitada 23.528,65 € es inferior al crédito consignado para ella en el artículo 6 de la Convocatoria 30.000,00 €, no es preciso observar orden de prelación alguno ya que el crédito consignado en la Convocatoria es suficiente para atender las solicitudes presentadas que reúnen los requisitos. En cualquier caso, el Órgano Colegiado de Valoración ha procedido a evaluar las solicitudes que han sido sometidas a su consideración, con arreglo a los criterios de valoración establecidos en el artículo 15 de la Convocatoria, obteniendo todas ellas una puntuación superior a 50 puntos, pudiendo optar por tanto a la subvención solicitada, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Convocatoria.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero: La legislación, en lo esencial, está constituida por las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año 2019, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la normativa contemplada en la Convocatoria.
Segundo: Según el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha de formularse por el órgano Instructor la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se notificará a los beneficiarios para que puedan formular las alegaciones que estimen convenientes durante un plazo de diez días hábiles.
La notificación se realizará mediante publicación en la página web de la Diputación Provincial y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Convocatoria.
Tercero: Existe consignación presupuestaria en la aplicación del Presupuesto de Gastos de la Diputación Provincial que se ha previsto en el Artículo 6 de la Convocatoria, para hacer frente a la concesión de las subvenciones.
Según lo anteriormente expuesto se formula la siguiente propuesta de resolución provisional:
Primero: Conceder a las empresas que se relacionan a continuación las subvenciones que se señalan.
Núm.
Expte.
2019
Puntuación
Cuantía €
DISEÑO Y EDICIÓN DE MATERIAL PROMOCIONAL, VÍDEOS Y FOLLETOS
100
4.000,00
3663 OLEOCAMPO S.C.A.
GASTO CORRIENTE. PROMOCIÓN OLEOTURÍSTICA
100
2.452,00
S.C.A. VIRGEN DEL
3664
PERPETUO SOCORRO
MATERIAL DIVULGATIVO PAR SERVICIOS
TURÍSTCOS Y VIDEO
100
4.000,00
3657
Empresa ACEITES ORO BAILÉN
GALGÓN 99 S.L.U
Objeto