Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 19/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 157

Lunes, 19 de agosto de 2019

Pág. 11679

desmontaje habrán de estar finalizadas a las 15,00 horas.
Con motivo de la Feria podrá suspenderse el Mercadillo mediante decisión municipal. El día de Mercadillo en la Aldea de El Molar será los jueves.
El día de Mercadillo en la Aldea de Valdecazorla será los domingos.
Segundo. Someter dicha modificación de la Ordenanza Municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.
Tercero. Dar traslado, siguiendo las indicaciones de la Consejería de Turismo y Comercio, de la presente modificación a la Dirección General de Comercio, a fin de una ulterior comunicación al Consejo Andaluz de Comercio, no precisándose informe del precitado órgano, habida cuenta de que la presente modificación solo afecta al Mercadillo en El Molar y Valdecazorla.
Cuarto. Facultar al Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
/ Finalizado el debate, por el Alcalde-Presidente, se somete a votación el anterior Dictamen, el cual queda aprobado por unanimidad de los miembros asistentes que representan la Mayoría Absoluta de la Corporación, 12 votos favorables, correspondiendo a D. AntonioJosé Rodríguez Viñas, D. Rocío Bello Molina, D. Manuel Gómez González, D. Rocío González Prieto, D. Consuelo Madrid Martos, D. José-Luis Olivares Melero y D. Nuria Serrano Vázquez, pertenecientes al Grupo del P.S.O.E. 7, a D. Juan-Alberto Adán Guirado, D. José Fábrega Marín, D. María-José Lara Serrano y D. María del Pilar Montesinos Berzosa, pertenecientes al Grupo del Partido Popular 4 y a D. Francisco Amores Cuesta, perteneciente al Grupo de I.U.L.V.C.A, 1.
Lo que se público, haciéndose saber que contra dicha Ordenanza, cuyo texto íntegro se inserta a continuación, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada artículos 10.1. b y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO
ORDENANZA REGULADORA DE COMERCIO AMBULANTE EN CAZORLA

Título Preliminar Artículo 1.- De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se prueba el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante, para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 19/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha19/08/2019

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones5605

Primera edición02/01/2003

Ultima edición07/05/2024

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