Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Jaén » Boletín Oficial de la Provincia de Jaén » 16/02/2018
Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 16/2/2018
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 34
Viernes, 16 de Febrero de 2018
Pág. 2594
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE CÓRDOBA
2018/424 Notificación de Auto. Procedimiento: 771/2016. Ejecución núm. 241/2017.
Edicto N.I.G.: 1402100420160002835.
Procedimiento: 771/2016. Ejecución núm.: 241/2017.
Negociado: A.
De: José Israel Fernández Barroso.
Abogado: Manuel Jesús Ceballos Jiménez.
Contra: Sabino Domingo Risueño González.
Fogasa
Doña Dolores de la Rubia Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba.
Hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 241/2017 a instancia de la parte actora D. José Israel Fernández Barroso contra Sabino Domingo Risueño González sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 17/01/2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se Acuerda:
1.- Declarar extinguida, con efectos de hoy, a 17/01/18, la relación laboral que ha vinculado a D. José Israel Fernández Barroso y D. Sabino Domingo Risueño González.
2.- Condenar al empresario-ejecutado a pagar al que fue su trabajador -hoy ejecutanteuna indemnización de 2.854,94 € dos mil ochocientos cincuenta y cuatro euros con noventa y cuatro céntimos; salarios de trámite por importe de 29.396,32 € veintinueve mil trescientos noventa y seis euros con treinta y dos céntimos; salarios impagados constante la relación laboral e intereses por mora, la suma de 1.284,44 € mil doscientos ochenta y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos; así como las costas devengadas en este incidente de ejecución.
3º.- El Fogasa responderán de las deudas derivadas de la relación laboral en los términos legalmente determinados.
Notifíquese esta resolución a las partes intervinientes, advirtiéndoles que no es firme, que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días desde la notificación de la presente, previo al de suplicación previsto en el art. 191.4.2.d LRJS.
Y para que sirva de notificación al ejecutado Sabino Domingo Risueño actualmente en