Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 3/1/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Núm. 2 / 3 de Enero de 2003

BOLETÍN

BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, ante el Jefe de la Dependencia del Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria, pudiendo interponer, no obstante, cualquier otro recurso que estime procedente en mejor defensa de sus derechos.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, no se suspenderá sino en los casos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.
En La Carolina, a 27 de noviembre de 2002.El Jefe de la Unidad, ALFONSO LENDÍNEZ OSUNA.
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Diputación Provincial de Jaén. Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria. Unidad Territorial de La Carolina.
Edicto.
El Jefe de la Unidad Territorial de La Carolina del Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria de la Diputación Provincial de Jaén, Hace saber:
Que en el expediente administrativo de apremio que contra el deudor Antonio Martínez Navío, se sigue en esta Unidad de Recaudación, por débitos al Ayuntamiento de Bailén, se procedió con fecha 6 de noviembre de 2002, al embargo de los bienes de su propiedad, dictándose la siguiente Diligencia: Tramitándose en esta Unidad Territorial expediente administrativo de apremio número 2001/9246, contra el sujeto pasivo don Antonio Martínez Navío, provisto de D.N.I/C.I.F. 26.231.609-V, con domicilio en C/. Carolina, 4, de Bailén, por débitos al Ayuntamiento de Bailén en concepto de Impuesto de vehículos de tracción mecánica y Certificación del Ayuntamiento, ejercicios 2000 y 2001, por un importe principal de 305,37 euros, 61,07 euros del 20% del recargo de apremio, 45,57 euros de intereses de demora devengados al día de la fecha, y 500 en concepto de costas presupuestadas, lo que hace un total hasta el día de la fecha de 912,01 euros, quedando pendiente la posterior liquidación definitiva de intereses de demora hasta la ejecución del bien embargado, y desconociéndose la existencia de otros bienes que pudiesen figurar con prelación a los inmuebles en los artículos 131 de la Ley General Tributaria y 112 del Reglamento General de Recaudación, Declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor, que ostenta derechos sobre los mismos como propietario, y que a continuación se describe, por los descubiertos que asimismo se indican:
Descripción de los inmuebles embargados:
Finca urbana: Edificio de dos plantas de tipo unifamiliar, situado en la calle Carolina, 4, con una superficie de terreno de 101,0800 metros cuadrados, y construidos de 101,9000 metros cuadrados. Linderos: frente, Hermanos Choza Merino; fondo, Hermanos Choza Merino; izquierda, casa de Pascuala Rusillo; derecha, Hermanos Choza Merino. Finca registral 19.120 de Bailén. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Carolina, al tmo 1.695, libro 585, folio 168.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de La Carolina a favor del Ayuntamiento de Bailén.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento General de Recaudación, notifíquese al deudor y, en su caso, a su cónyuge, requiriéndoseles en este acto para que aporten los títulos de propiedad en un plazo de tres días, si residen en la propia localidad, o de quince días en el caso contrario, apercibiéndoles que se suplirán a su costa en caso de no presentarlos.
Notifíquese igualmente esta diligencia a los acreedores hipotecarios, terceros poseedores y demás que proceda. Expídase, conforme establece el artículo 125 del mencionado texto reglamentario, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y propuesta de autorización de subasta en su momento, para dar cumplimiento a cuanto dispone el art. 145
del citado Reglamento.
Mediante el presente, y en virtud de lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 105 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General
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Tributaria, en su nueva redacción dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, se cita a los sujetos pasivos, obligados tributarios, representantes y demás interesados que se citan, en las dependencias de la Unidad Territorial de La Carolina del S.G.R.T. de la Diputación Provincial de Jaén, sitas en Avenida de Madrid, 12, bajo, de La Carolina, cuyo horario de oficina es de lunes a viernes, de 8 a 14,30
horas, para la notificación por comparecencia del acto dictado en el procedimiento que también se especifica, y toda vez que se ha intentado por dos veces llevar a cabo la notificación y no se ha podido efectuar por causas no imputables a esta Administración.
El plazo para comparece ante esta oficina es de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Se advierte que la no comparecencia en el plazo indicado implica que la notificación se entiende producida a todos los efectos legales y desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Contra el acto notificado, que no es definitivo en la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, ante el Jefe de la Dependencia del Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria, pudiendo interponer, no obstante, cualquier otro recurso que estime procedente en mejor defensa de sus derechos.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, no se suspenderá sino en los casos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.
En La Carolina, a 28 de noviembre de 2002.El Jefe de la Unidad, ALFONSO LENDÍNEZ OSUNA.
78658
Diputación Provincial de Jaén. Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria. Unidad Territorial de La Carolina.
Edicto.
El Jefe de la Unidad Territorial de La Carolina del Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria de la Diputación Provincial de Jaén, Hace saber:
Que en el expediente administrativo de apremio que contra el deudor Cooperativa Purísima Concepción, se sigue en esta Unidad de Recaudación, por débitos al Ayuntamiento de Guarromán, se procedió con fecha 11 de octubre de 2002, al embargo de los bienes de su propiedad, dictándose la siguiente Diligencia: Tramitándose en esta Unidad Territorial expediente administrativo de apremio número 2000/39670, contra el sujeto pasivo Cooperativa Purísima Concepción, con domicilio en C/.
Virgen de la Cabeza, 3, de Guarromán, por débitos al Ayuntamiento de Guarromán en concepto de Impuesto bienes inmuebles de naturaleza Urbana, ejercicio 1999, por un importe principal de 285,40 euros, 103,98 euros del 20% del recargo de apremio, 59,54
euros de intereses de demora devengados al día de la fecha, y 800
en concepto de costas presupuestadas, lo que hace un total hasta el día de la fecha de 1.248,92 euros, quedando pendiente la posterior liquidación definitiva de intereses de demora hasta la ejecución del bien embargado, y desconociéndose la existencia de otros bienes que pudiesen figurar con prelación a los inmuebles en los artículos 131 de la Ley General Tributaria y 112 del Reglamento General de Recaudación, Declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor, que ostenta derechos sobre los mismos como propietario, y que a continuación se describe, por los descubiertos que asimismo se indican:
Descripción de los inmuebles embargados:
Finca urbana: Fábrica de harina y molino aceitero, situado en C/.
Iglesia, s/n., de Guarromán. Ocupa una superficie construida de 20
áreas y 27 centiáreas. Linderos: norte, casa de Ramón Palacios; sur, calle de la Iglesia; este, Egido de Guarromán; oeste, casa de Francisco Bermúdez. Finca registral número 76 de Guarromán. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Carolina, al tomo 832, libro 48, folio 141.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 3/1/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha03/01/2003

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones5608

Primera edición02/01/2003

Ultima edición10/05/2024

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