Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 50

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Granada, miércoles, 20 de marzo de 2024

Cuota por Consumos para el Primer Semestre y Segundo Semestre Ejercicio 2024 de la Comunidad de Regantes Cuevas de Melero; se exponen al público por espacio de 20 días en la Secretaría de la misma, así como en las Oficinas Recaudatorias sita en C/ Alcalá de Henares, 4 bajo 1 de Granada para audiencia de reclamaciones, haciéndose saber que de no producirse estas los referidos padrones se entenderán elevados a definitivos.
Contra la inclusión, exclusión o alteración de cualquiera de los datos del padrón cobratorio, cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el Presidente de la Comunidad, en el plazo de un mes contado desde el día inmediato siguiente al del término de exposición pública, o presentar recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación del acto que pone fin a la vía administrativa ante el tribunal competente de dicha jurisdicción.
Asimismo y de conformidad con lo establecido en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace saber a todos los partícipes de la Comunidad de Regantes y por los conceptos Cuota Fija Gastos de Oficina, Cuota Obras y Mantenimiento y Cuota por Consumos para el Primer Semestre del Ejercicio 2024, que el plazo de ingreso será único y comprenderá desde el día 01/04/2024 al 30/06/2024, ambos inclusive o inmediato hábil posterior y para el Segundo Semestre del Ejercicio 2024, el plazo de ingreso será único y comprenderá desde el día 31/10/2024 al 30/12/2024, ambos inclusive o inmediato hábil posterior.
El pago de los recibos se podrá efectuar mediante el juego de recibos facilitados al efecto y abonando su importe en las entidades financieras colaboradoras indicadas en el propio recibo repartido y en horario bancario.
En el caso de no recibirse el citado recibo, se facilitará copia del mismo en las oficinas recaudatorias, sita en C/. Alcalá de Henares, 4 local 1 de Granada.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, los recibos serán recargados con el 10% mensual y hasta el 30% máximo según lo establece el art. 10 y siguientes de las Ordenanzas de la Comunidad;
El inicio del periodo ejecutivo determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28
de la Ley General Tributaria 58/2003 de 17 de diciembre y en su caso de las costas que se produzcan.
Aprobación de los repartos y cuantificación de los mismos en junta general ordinaria de 23 de febrero de 2024, para el mes de enero 2024:
- Cuota Fija Gastos de Oficina: 8 euros/Contador y Mes - Cuota Obras y Mantenimiento: 1 euros/Marjal de Agua y Mes - Cuota por Consumos: El precio del consumo se calculará en función de la factura comercializadora eléctrica mensual de la siguiente manera:
P=F/CT x CC
P=Precio CT= m Consumo Total CC = m consumo contador
n
B.O.P. número 55

F = Factura de comercializadora eléctrica.
Con una Dotación de 1 m por Marjal de Agua y Día El precio por exceso de dotación se estable por tramos según el % de desvío:
30% de incremento en precio si el exceso no supera el 20% de la dotación 60% de incremento en precio si el exceso está entre 21% y 30% de la dotación.
100% de incremento en precio si el exceso supera el 30% de la dotación.
A partir del mes de febrero y hasta diciembre del 2024 los precios quedarían de la siguiente forma:
- Cuota Fija Gastos de Oficina: 11 euros/Contador y Mes - Cuota Obras y Mantenimiento: 1,10 euros/Marjal de Agua y Mes - Cuota por Consumos: El precio del consumo se calculará en función de la factura comercializadora eléctrica mensual de la siguiente manera:
P=F/CT x CC
P=Precio CT= m Consumo Total CC = m consumo contador F = Factura de comercializadora eléctrica.
Con una Dotación de 1 m por Marjal de Agua y Día El precio por exceso de dotación se estable por tramos según el % de desvío:
30% de incremento en precio si el exceso no supera el 20% de la dotación 60% de incremento en precio si el exceso está entre 21% y 30% de la dotación.
100% de incremento en precio si el exceso supera el 30% de la dotación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Granada, 14 de marzo de 2024.-El Recaudador, fdo.:
Abén Rodríguez López.

NÚMERO 1.528

COMUNIDAD DE REGANTES DE RÍO VERDE DE JETE
Y ALMUÑÉCAR

Cuotas de acequiaje ordinarias y de riego aprobados EDICTO
Se pone en conocimiento de los usuarios, regantes y demás interesados de ésta Comunidad, que confeccionado el padrón de los recibos que tiene que pagar cada partícipe o usuario en su periodo VOLUNTARIO, de conformidad con las cuotas de acequiaje ordinarias y de riego aprobados en las Asambleas SIGUIENTES:
Acequiaje y riegos de 2024 y extra para el pago del proyecto de modernización de regadío, aprobado en Asamblea de fecha 19/12/2023, siendo los importes los siguientes:
FINCAS UBICADAS EN TÉRMINO MUNICIPAL DE
ALMUÑÉCAR
- Acequiaje 2024: 50 euros x marjal, siendo el plazo de pago hasta el 30/04/2024

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 20/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha20/03/2024

Nro. de páginas51

Nro. de ediciones5528

Primera edición01/06/2002

Ultima edición12/06/2024

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