Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 7/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 46

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Granada, jueves, 7 de marzo de 2024

NÚMERO 1.138

AYUNTAMIENTO DE VALDERRUBIO Granada
Convocatoria para la concesión de ayudas a la adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública EDICTO
BDNS Identif.: 745662
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/745662
Extracto Convocatoria para la concesión de ayudas a la adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios, siempre y cuando no concurran en alguna de las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las personas físicas mayores de edad que estén en condiciones de suscribir una escritura pública de adquisición y que cumplan los requisitos regulados en estas bases.
Segundo. Requisitos:
Las personas físicas solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
a Ser persona física mayor de edad y tener hasta treinta y cinco años, incluidos, en el momento de solicitar la ayuda.
b Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias, deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España c Estar empadronado en el Municipio de Valderrubio con fecha anterior a la publicación de la convocatoria.
d No haber percibido unos ingresos anuales, superiores a 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM correspondiente al periodo a que se refieren dichos ingresos, considerando 14 pagas anuales e La persona solicitante, o cualquier otro miembro de la familia o unidad de convivencia a Ayuntamiento de Valderrubio a efectos de la declaración de IRPF que resida en la vivienda, no podrá ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España. A estos efectos no se considerará que se es persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae únicamente sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de esta por causa de separación o divorcio, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de la persona titular o alguna otra persona de la unidad de convivencia.
f No podrán obtener la condición de persona beneficiaria de estas ayudas quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

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Página 61

Tercero. Gastos Subvencionables:
La convocatoria regulada en las presentes bases tiene por objeto regular ayudas para las actuaciones de adquisición de parcelas de suelo urbano residencial de titularidad pública, así como la construcción de viviendas en dichas parcelas en régimen de concurrencia competitiva y mediante convocatoria abierta y permanente, durante el ejercicio 2024.
Cuarto. Crédito presupuestario y partida:
Se establecen los siguientes apartados y líneas de subvención, con cargo a la aplicación presupuestaria 152/78000 del Presupuesto Municipal de 2024 con una cuantía total máxima a otorgar de 39.000,00 euros:
- Adquisición de parcelas municipales de suelo urbano de uso residencial.
Quinto. Plazo de solicitud:
El plazo para la presentación de solicitudes se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y finalizará el día 31 de diciembre de 2024.
Valderrubio, 26 de febrero de 2024.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Antonio García Ramos.

NÚMERO 1.181

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA MESÍA Granada
Convocatoria para puesto de Juez de Paz Expte.:
51/2024
EDICTO
José Antonio Durán Ortiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva Mesía Granada, HACE SABER:
Expte.: 51/2024
Habiendo concluido el mandato de cuatro años del actual cargo de Juez de Paz Titular y Sustituto, de este término municipal, y a fin de que el Ayuntamiento de mi Presidencia pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se anuncia convocatoria pública para la presentación de instancias conforme a lo siguiente:
- Requisitos: Ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la ley Orgánica del Poder Judicial.
- Plazo de presentación de instancia: Quince días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Lugar de presentación de instancia: En el Registro General del Ayuntamiento en horario de oficinas, o por cualquiera de los medios que señala el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Lo que se hace público para general conocimiento.
Villanueva Mesía, 29 de febrero de 2024.-El Alcalde, fdo.: José Antonio Durán Ortiz.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 7/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha07/03/2024

Nro. de páginas62

Nro. de ediciones5525

Primera edición01/06/2002

Ultima edición07/06/2024

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