Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 44

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Granada, martes, 5 de marzo de 2024

caciones presupuestarias que a continuación se detallan del presupuesto de la Mancomunidad del ejercicio 2024.
0101/3340/46200 SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS CONCURRENCIA COMPETITIVA LÍNEA CULTURAL 3.000,00
0101/3410/46200 SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS CONCURRENCIA COMPETITIVA LÍNEA DEPORTES 4.000,00
0101/3381/46200 SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS CONCURRENCIA COMPETITIVA LÍNEA FESTEJOS 3.000,00
0101/2310/46200 SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS CONCURRENCIA COMPETITIVA LÍNEA SOCIAL
3.000,00
0101/4320/46200 SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS CONCURRENCIA COMPETITIVA LÍNEA TURISMO
2.000,00
Las ayudas que se concedan al amparo de las presentes Bases, en régimen de concurrencia competitiva, se financiarán con cargo a los fondos propios de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical.
Las subvenciones que otorgue la Mancomunidad en base a esta Convocatoria no podrán superar el 75% del coste de la actividad subvencionada.
Están expresamente excluidos de esta convocatoria y no se subvencionarán los siguientes gastos:
1. Los gastos relacionados con catering, comidas o cenas motivados por días de convivencia, fiestas fin de talleres, tertulias, apertura o clausura de jornadas y congresos, campus, etc..
2. Gastos tributarios ni financieros.
3. Gratificaciones al personal.
3. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES.
a Podrán solicitar subvenciones Entidades Locales mancomunadas que tengan la condición de beneficiarios de conformidad con lo establecido en el artículo 11
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b En la solicitud se quedará específicamente determinado el objeto de la subvención solicitada, como la valoración económica de la acción o proyecto solicitado, desglosado por conceptos solicitados.
c Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como Anexo I y se presentarán telemáticamente través de la sede electrónica https costatropical.sedelectronica.es o cualquier otro medio electrónico. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
d El plazo de presentación de solicitudes será de 20
días hábiles desde el día siguiente de la fecha de la publicación del presente acuerdo en extracto y por conducto de la BDNS, en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
e Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
- Proyecto exhaustivo de las actividades a realizar conforme al modelo de Anexo I. Se acreditará la reper-

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cusión que la ejecución del proyecto tiene en la actividad de la Mancomunidad que desarrolla cada Área, y por consiguiente persigue los objetivos de interés público y social. Es fundamental exponer y describir en el proyecto aquellos datos que inciden en los criterios de valoración establecidos en el Anexo correspondiente, ya que lo que no se manifieste en este documento no será tenido en cuenta en la valoración.
- Presupuesto detallado indicando los gastos, así como los ingresos previstos para financiar las actividades Anexo II. Cuando no se prevean ingresos, se deberá acompañar una declaración responsable en la que se haga constar esta circunstancia. Es fundamental exponer y describir en el proyecto aquellos datos que inciden en los criterios de valoración establecidos en el Anexo correspondiente, ya que lo que no se manifieste no será tenido en cuenta en la valoración.
- DNI de la persona que ostente la Presidencia de la Entidad Local.
- Certificado de la Secretaría General de la Entidad Local acreditando la persona que ostenta la Presidencia.
- CIF de la Entidad Local solicitante.
- Acreditación de no estar incursa la Entidad Local en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, en la forma prevista en la base quinta Anexo III.
- Línea de subvenciones a la que se opta.
4. OTROS APARTADOS.
aLos modelos y anexos de la solicitud estarán disponibles en la web de Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada en https www.costatropical.es y en su Sede Electrónica en https costatropical.sedelectronica.es.
b El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, computados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el tablón de anuncios.
c De conformidad con el art. 34 de la Ley General de Subvenciones, el pago de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario, de la realización TOTAL DE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, OBJETIVO O
ADOPCIÓN DEL COMPORTAMIENTO PARA EL QUE SE
CONCEDIÓ LA SUBVENCIÓN, AUNQUE EL IMPORTE
DE LA MISMA SEA INFERIOR.
d Los gastos se han de realizar durante el año 2024.
Se considerará gasto efectivamente realizado el que ha sido pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación que se establece en la presente convocatoria 31 de marzo de 2025.
e La justificación de las ayudas se realizará mediante instancia suscrita por el beneficiario, dirigida al Presidente solicitando el pago de la subvención a través de la Sede Electrónica https costatropical.sedelectronica.es o cualquier otro medio electrónico. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
f La documentación justificativa deberá presentarse en el plazo de tres meses desde la finalización de la actividad subvencionada:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha05/03/2024

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones5525

Primera edición01/06/2002

Ultima edición07/06/2024

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