Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 17/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 4

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Granada, viernes, 17 de abril de 2020

contar desde el día siguiente a la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, previo al contencioso-administrativo ante el Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Granada, en la forma y plazos previstos en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, estando a tales efectos a disposición de los legítimos interesados en las oficinas de este Ayuntamiento.
La interposición de recurso en ningún caso detendrá la acción administrativa para la cobranza a menos que el interesado solicite la suspensión de la ejecución del acto impugnado, en los términos del artículo 14.2.i del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Arenas del Rey, 20 de febrero de 2020.-El Alcalde, fdo.: Antonio Luján Oliva.

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B.O.P. número 66

ordinario será del 20 por ciento y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores.
Armilla, 6 de abril de 2020.-La Concejala Delegada del Área de Economía y Hacienda, Decreto 2019/901ALC de fecha 24 de junio.

NÚMERO 1.445

AYUNTAMIENTO DE BAZA Granada
Modificación plazo de cobro tasa por vados permanentes y entrada de vehículos EDICTO
D. Manuel Gavilán García, Alcalde-Presidente acctal.
del Excmo. Ayuntamiento de la Ciudad de Baza,
NÚMERO 1.442

AYUNTAMIENTO DE ARMILLA Granada
Tasa ayuda a domicilio correspondiente al primer trimestre 2020
EDICTO
Confeccionados el padrón cobratorio por la tasa de ayuda a domicilio correspondiente al primer trimestre del ejercicio 2020, se exponen al público por espacio de quince días para audiencia de reclamaciones.
Asimismo y de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación en referencia al art. 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace saber a todos los contribuyentes por los conceptos indicados, que el plazo de cobro en período voluntario será único y comprenderá desde el 22 de abril hasta el 26 de junio de 2020.
El pago de los recibos se podrá efectuar en cualquier entidad bancaria colaboradora.
Contra el acto de aprobación de los padrones y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante la Alcaldesa-Presidenta en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente hábil al de la finalización del período de exposición pública de los padrones correspondientes.
Transcurrido el período voluntario de pago, se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria. El recargo ejecutivo será del cinco por ciento y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio. El recargo de apremio reducido será del 10 por ciento y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto en el apartado 5 del artículo 62 de esta ley para las deudas apremiadas. El recargo de apremio
HACE SABER: Que mediante Decreto de Alcaldía nº 2020/611 de fecha 01.04.2020, ha sido modificado los plazos de cobro en periodo voluntario para el padrón sobre la tasa por entrada de vehículo y/o vados correspondiente al presente ejercicio 2020, que fue aprobado mediante Decreto nº 2020/505 y publicado el anuncio de cobranza en el BOP nº 53 de fecha 19.03.2020.
Estableciéndose lo siguiente:
- Plazo de ingreso: desde el día 1 de junio al 31 de julio del presente año 2020.
- Modalidad de ingreso:
- Mediante cargo en cuenta de aquellos recibos domiciliados que tendrá lugar el día 1 de junio, por lo que se recuerda la provisión de fondos para tal fin o mediante presentación de la comunicación que se envía individualizada en cualquiera de las entidades colaboradoras.
- Se advierte de que, transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria, las deudas serán exigibles por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan.
Baza, 7 de abril de 2020.-El Alcalde acctal., fdo.: Manuel Gavilán García.

NÚMERO 1.431

AYUNTAMIENTO DE CAPILEIRA Granada
Aprobación padrón fiscal de agua y basura relativo al ejercicio 2019
EDICTO
D. José Castillo Vázquez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Capileira Granada, HACE SABER: Aprobado por Resolución de esta Alcaldía n.º 2020-0148 dictada con fecha de 2 de abril de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 17/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha17/04/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones5516

Primera edición01/06/2002

Ultima edición24/05/2024

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