Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/11/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, viernes 11 de noviembre de 2022

conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de la causante y/o a quiénes se consideren con derecho a los bienes dejados por la misma, bajo apercibimiento de ley art. 728 inc. 2º CPCC y art. 2340 CCC Ley 26.994 Firmado: Julio C. Marcogiuseppe Juez Civil y Comercial.
Concordia, 24 de octubre de 2022 José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00034993 3 v./11/11/2022

-- -- -El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº2 de ésta ciudad de Concordia a cargo del Dr. Belen Gabriel, Secretaría a cargo de la Dra. Bordoli Gimena, sito en la calle Mitre Nº28 1º Pisode Concordia en autos caratulados Mecca, Ana Crescencia s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº9845; cita y emplaza por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejado por el mismo, bajo apercibimiento de ley-art. 728 inc. 2º CPCC y art. 2340 C.C.C. Ley 26.994 a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANA CRESCENCIA MECCA D.N.I. Nº01.759.639, vecina que fuera de esta ciudad y cuyo fallecimiento ocurriera en esta ciudad de Concordia, el día 15 de Mayo del año 2019.Como recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena en su parte pertinente: Concordia, 13 de octubre de 2022. Visto: El escrito promocional presentado el 30.09.2022, documentación adjunta el mismo día, comprobante de pago de Tasa de Justicia agregado al proceso el 11.10.2022, proveyendo conforme lo dispuesto por los arts.
2340, 2424, 2425, 2426, 2433 y ss. del C.C. y C. y 718, 728 y ccs. del C.P.C. y C. y, Resuelvo: 1.- Tener presente el comprobante de pago de Tasa de Justicia acompañado y por cumplimentado lo requerido mediante resolución de fecha 4.10.2022. 2.- Tener por presentados a Jorge Horacio, Gabriel Horacio y Silvina Andrea Bonomi, en ejercicio de sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. Nicolás Lagadari, con el domicilio denunciado por constituido, por parte, déseles intervención. 3.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Ana Crescencia Mecca, D.N.I. N 1.759.639, vecina que fuera de esta ciudad de Concordia. 4.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten. 5.- Dar intervención al Ministerio Público Fiscal y dar noticia a la Administradora Tributaria de Entre Ríos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 6.- Librar Oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos de la Provincia, con sede en la ciudad de Paraná. 7.- Tener presente la declaración efectuada por los promotores del presente proceso sucesorio acerca del desconocimiento de la existencia de otros herederos de la causante, conforme lo manifestado al Capítulo VIII.-. 8.- Hacer saber.. 9.- Tener.. Notifíquese, conforme los arts. 1 y 4
del Acuerdo General STJ Nº 15/18 SNE. Fdo: Gabriel Belen Juez.
Concordia, 19 de octubre de 2022 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 04-00035009 3 v./11/11/2022

-- -- -En los autos caratulados: Romero, Alejo y Romero, Juana Felisa s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 9841/22, jdocyc2-con@jusentrerios.gov.ar, en trámite por ante el Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de esta ciudad de Concordia E.R., a cargo del Dr. Gabriel Belen, Secretaría Nº 3 de la Dra. Gimena Bordoli, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a todos los herederos, acreedores o legatarios y a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ALEJO ROMERO, D.N.I. Nº 1.800.065, fallecido el 02.08.1976, y JUANA FELISA ROMERO, D.N.I. N 3.556.492, fallecida el 12.06.2018, vecinos que fueran de esta ciudad, bajo apercibimiento de ley.Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena: Concordia, 26 de octubre de 2022. Visto: Resuelvo: 1.- 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Alejo Romero, D.N.I. Nº 1.800.065, y de Juana Felisa Romero, D.N.I. N 3.556.492, vecinos que fueran de esta ciudad.3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten. 4.- Dar intervención al Ministerio Fiscal y noticia a la Administradora Tributaria de Entre Ríos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 5.- Librar Oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha11/11/2022

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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