Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 31 de julio de 2020

BOLETIN OFICIAL

Art. 2º Transfiérase a la planta de personal permanente de la Jurisdicción 10: Gobernación, Unidad Ejecutora: Ente de Control y Regulación de Telecomunicaciones, a la agente Susana Beatriz Salas, M.I. Nº 14.830.101, en un cargo categoría 6, Administrativo y Técnico B Ejecución, siendo éste idéntico al ostentado por la agente en el Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Impútase el gasto a: D.A. 990, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 18, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 4, Función 20, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 1, Partida Principal 1, Partida Parcial 1/3/4/6, Subparcial 1001/1100/1102/1105/1181/10/1051 - Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 4º Autorízase a la Dirección Gfeneral del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y hacer efectivos los importes correspondientes, conforme lo establecido por el presente decreto.
Art. 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Comuníquese a la agente Salas, al Ente de Control y Regulación de Telecomunicaciones, al Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y a la Dirección General de Recursos Humanos; con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Raúl M. Richard Rosario M. Romero
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 960 MPIyS
DECLARANDO DE INTERÉS PROVINCIAL OBRA
Paraná, 26 de junio de 2020
VISTO:
El Decreto Nº 2.855/10 GOB, de fecha 26 de agosto de 2010; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2.855/10 GOB mencionado en el visto se declaró de interés provincial y se aprobó el plan de desarrollo gasífero provincial, consistente en la realización de obras necesarias para completar y ampliar las redes básicas de distribución de gas natural por gasoducto que fueron oportunamente ejecutadas por la Provincia de Entre Ríos, encuadrando la gestión en el punto 1 inciso II del acta acuerdo aprobado por la Ley Nº 9.295 y en el artículo 2º de la Ley Nº 8.916, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 9.289 y artículo 78º, primer apartado de la Ley Nº 8.916, modificado por el artículo 3º de la Ley Nº 9.289; y Que en mérito a ello, resulta necesario continuar con la construcción de obra, razón por la cual la Provincia ha decidido encarar la ejecución de la obra denominada Ampliación de la Red de Distribución de Gas Natural - etapa 1 - localidad Federal;
Que en fecha 3 de junio de 2020 se suscribió entre la Secretaría Ministerial de Energía y el Municipio de la Ciudad de Federal un convenio específico en el cual se acuerda llevar adelante la ejecución de la obra objeto del presente, fijándose asimismo la forma de contratación, monto de la obra y plazo de iniciación y ejecución de los trabajos; y Que los pliegos técnicos fueron realizados conforme a las normas técnicas dictadas por el ENARGAS, los planos de anteproyecto de obra de extensión SKR-133-FAL-S01 Rev.0 y demás especificaciones técnicas aportadas por la distribuidora Gas NEA S.A.; y Que la presente obra se ejecutará conforme al Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificada por Ley Nº 7.495 y su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y en el marco de la Ley Nacional Nº 24.076 Marco Regulatorio de la Industria del Gas y su reglamentación, según Decreto Nº 1.738/92 PEN, y de acuerdo a la Resolución del ENARGAS Nº I 910/09; y Que la Resolución del ENARGAS Nº I 910/09 definió la magnitud de las obras, en los términos del artículo 16º, párrafo primero, de la Ley Nacional Nº 24.076 y su reglamentación según Decreto Nº 1.738/92 PEN; y Que la Dirección de Desarrollo Gasífero de la Secretaría Ministerial de Energía informa a fojas 02 que, teniendo en cuenta las características de la obra y según artículo 4º de la Resolución del ENARGAS
Nº I 910/09, la presente no es una obra de magnitud, por lo cual no es necesaria la autorización previa del ENARGAS para tramitar la obra; y Que, sin perjuicio de lo anterior, fijada la fecha de suscripción del contrato y notificado al adjudicatario, deberá estar agregada a las
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actuaciones la correspondiente autorización para la construcción de la obra del ENARGAS. En caso de ser necesaria dicha autorización, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº I 910/2009
ENARGAS, se acompañará nota de la distribuidora donde conste que la presente no es una obra de magnitud. En caso de no contar con ningunas de las dos, la Administración dejará sin efecto la adjudicación de la obra; y Que conforme lo establecido en la Ley Nacional Nº 24.076 y su reglamentación según Decreto Nº 1.738/92 PEN y las normas que rigen el funcionamiento de la licenciataria Gas NEA S.A. y en mérito a lo dispuesto en la cláusula primera del Acuerdo para la Reactivación del Desarrollo Gasífero de la Provincia de Entre Ríos, la distribuidora se obliga a recibir, operar y mantener los gasoductos de aproximación así como también la operación, mantenimiento y operación comercial de las redes de distribución, con los derechos y obligaciones propios de la licenciataria; y Que, por ello, una vez finalizada la construcción de la obra, la misma será entregada para su tenencia y uso a la licenciataria Gas NEA S.A.; y Que en el marco del artículo 78º de la Ley Nº 8.916, en cuanto reemplaza los artículos 24º y 30º del Decreto Ley Nº 6.879, ratificado por la Ley Nº 7.512, texto conforme Ley Nº 9.289 y artículo 2º inciso 4 de la Ley Nº 10.153 y Decreto Nº 2.855/10 GOB, corresponde declarar de interés provincial la obra denominada Ampliación de la Red de Distribución de la Red de Gas Natural - etapa 1 localidad Federal; y Que por Decreto Nº 27/06 GOB y su modificatorio Nº 3.181/06
GOB, la Resolución Nº 85/06 S.E., texto único y ordenado y el Decreto Nº 3.264/16 MPIyS, fueron aprobadas las modificaciones de los pliegos general y complementario para regir en todo procedimiento de contratación de obra de gas natural a realizar por el Estado Provincial en licitaciones públicas; y Que mediante Resolución Nº 485/16 S.E. se estableció la estructura de ponderación de los insumos principales que regirá la obra, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5º del Régimen Provincial de Redeterminación de Precios aprobado por Decreto Nº 27/16 MPIyS; y Que en la presente licitación la Provincia no pagará anticipo financiero; y Que, a fin de incluir en un solo cuerpo normativo la documentación que integra el legajo licitatorio, la Secretaría Ministerial de Energía, mediante Resolución Nº 069/2020, aprobó el pliego general de condiciones, el pliego complementario de condiciones, sus anexos, la memoria descriptiva, pliego de especificaciones técnicas generales, pliego de especificaciones técnicas particulares, anexos correspondientes y planos, que forman parte de la licitación en relación a la obra Ampliación de la Red de Distribución de Gas Natural - etapa 1 - localidad Federal, y ratificó la Resolución Nº 03/20 DDG, por la que se aprueba el presupuesto oficial de la obra con precios al mes de marzo/20, por un monto de pesos treinta y seis millones trescientos cincuenta y seis mil trescientos siete con setenta y nueve centavos $ 36.356.307,79 y un plazo de ejecución de los trabajos de ciento cincuenta 150 días corridos;
Que la erogación que demanda le ejecución de la obra será atendida con recursos provenientes del Fondo de Desarrollo Energético de Entre Ríos; y Que la obra Ampliación de la Red de Distribución de Gas Natural - etapa 1 - localidad Federal se encuentra incorporada en el presupuesto vigente, con un crédito reservado de pesos diez millones novecientos seis mil ochocientos noventa y dos con treinta y cuatro centavos $ 10.906.892,34, monto considerado suficiente, teniendo en cuenta lo avanzado del ejercicio presupuestario y los plazos mínimos que permitirán el llamado a licitación, adjudicación de obra y firma de contrato, correspondiendo estimar no más del treinta por ciento 30% del presupuesto oficial para invertir en el presente ejercicio presupuestario; y Que la Dirección de Administración de la Secretaría Ministerial de Energía, en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto, del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, adoptarán las medidas pertinentes a los fines de priorizar en el ejercicio presupuestario el crédito necesario para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la ejecución de la misma; y Que, por otra parte, resulta necesario designar la Comisión de Evaluación de Propuestas que se presenten a la Licitación Pública Nº 03/2019 SME-GAS y facultar a la señora Secretaria Ministerial de Energía para que por resolución designe los integrantes de dicha comisión; y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha31/07/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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